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Vol. 8. Núm. 4.
Páginas 250-251 (octubre - diciembre 2015)
Vol. 8. Núm. 4.
Páginas 250-251 (octubre - diciembre 2015)
Carta al Director
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Necesidad de mejora en la gestión estadística y proceso de comunicación de los casos de suicidio identificados
The necessity of Improvement Statistical Management and Communication of identified suicides
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Lucas Ginera,
Autor para correspondencia
lginer@us.es

Autor para correspondencia.
, Julio A. Guijaa,b
a Departamento de Psiquiatría, Facultad de Medicina, Universidad de Sevilla, Sevilla, España
b Instituto de Medicina Legal de Sevilla, Consejería de Justicia de Andalucía, Departamento de Psiquiatría, Facultad de Medicina, Universidad de Sevilla, Sevilla, España
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Sr. Director:

Se han publicado recientemente dos cartas1,2 sobre el artículo que elaboramos y se publicó en su revista3, queríamos aclarar una serie de aspectos a los que alude.

Lo primero que queremos expresar es que las discrepancias encontradas no indican que los suicidios diagnosticados en los Institutos de Medicina Legal (IML) sean poco fiables, en ningún caso ponemos esa labor en tela de juicio. Otra cuestión es la gestión de los datos en los distintos IML. Nos consta la profesionalidad de los forenses y entendemos las dificultades médicas para llegar a un diagnóstico, y más en España, donde no se contempla el registro de la muerte como indeterminada. Lo que sí queremos resaltar es que la dificultad de conocer la magnitud del problema del suicidio debería ser la propia del diagnóstico de suicidio, como indicaba Farmer4 y en la que se prima una mayor especificidad a pesar de sacrificar algo de sensibilidad. Resulta que a esa dificultad intrínseca del diagnóstico se añaden problemas burocráticos, de comunicación y gestión.

En ambas cartas1,2 se señalan varias opciones, no excluyentes, para explicar esta discrepancia. En primer lugar, indican el periodo de tiempo que transcurre entre la parte inicial del proceso (complejidad documental y de circuito, primeros resultados de la autopsia, la inscripción de la defunción en el registro civil y la formalización del documento estadístico) y la última, con el informe definitivo de autopsia. Hay casos en los que el diagnóstico etiológico no será definitivo hasta que así lo indique el médico forense. Por tanto, entendemos que es fundamental que exista una comunicación bidireccional entre los IML y el Instituto Nacional de Estadística (INE) con idea de que estos casos, e incluso otros en que se haya modificado la etiología de muerte, no queden registrados de forma definitiva y que puedan modificarse a petición del forense. Este proceso no implicaría un retraso en el acceso a los datos ofrecidos por el INE, que los presenta tras un periodo de 2 años5. Este error se advierte y asume en la sección de limitaciones, donde se indica «que las cifras mayores por provincia y año sean de casos existentes».

En segundo lugar, se señala que la información del INE sobre mortalidad viene recogida por lugar de residencia del fallecido. A este respecto, debemos advertir que el INE ofrece la opción de obtener las cifras de suicidio por provincia de defunción (opciones 8.4, 8.5 y 8.6)5 y fue la usada para el artículo original. Además de esto, se comenta que el incluir a los no residentes puede alterar la tasa de suicidio calculada. Sin embargo, las tasas de suicidio publicadas por el INE5 y por organismos oficiales de países de nuestro entorno, como Reino Unido6, así como en estudios epidemiológicos españoles7 y extranjeros8, incluyen los suicidios de no residentes en el numerador. Esto tiene sentido al querer identificar el problema en un lugar, tal y como ocurre en los accidentes de tráfico.

Por otro lado, el trabajo que reseñan —sobre cambios en la causa de muerte definitiva frente a la indicada inicialmente9— viene a confirmar la necesidad de que el boletín estadístico de defunción con intervención judicial sea rellenado por el forense que realiza el informe de la autopsia, tal y como señalábamos como posible solución, ya que es el forense quien tiene «la capacidad y los conocimientos necesarios acerca de todo lo acontecido en la muerte de una persona» y se transmitirían «desde el origen (IML) al INE, a través del Juzgado de instrucción o directamente».

En definitiva, el objeto del artículo era poner de manifiesto que las cifras oficiales del INE infravaloran la cifra real de suicidios y son estas cifras las que se usan habitualmente para comprobar la magnitud del problema. En teoría, el número de suicidios obtenido por el INE debía ser idéntico al de los IML al tratarse en ambos casos de los suicidios ocurridos en una provincia y tras un tiempo razonable para que se comuniquen los casos de forma definitiva. En cada año del periodo estudiado (2006-2010) se observó un mayor número de casos en los datos de los IML frente a los del INE en todos los años (específicamente: 233, 410, 349, 245 y 445 casos). Sin embargo, y al contrario de lo esperado, este mayor número de suicidios de los IML no estaba en todos los casos y en muchas provincias las diferencias eran abultadas. Por tanto, se trató de explicar esa situación e incluir los datos que podían resultar más fiables. Entendemos que la primera explicación, en la que muertes sin informe definitivo eran inscritas, podía explicar algunos casos. No obstante, pensamos que también puede influir en gran medida la gestión de los datos (no de la identificación de los forenses en ningún caso) por parte de los IML, dado que a pesar de haberles solicitado a todos las cifras del periodo estudiado, algunos no pudieron facilitarlas por no disponer de la misma.

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Estadístiques de mortalitat a Catalunya i l’Estat español. Impacte del canvi de documents i circuits per comunicar les defuncions.
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