La Comunidad de Madrid ha sido la comunidad más castigada por la pandemia por la COVID-19. La reciente puesta en funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid ha obligado a que con su precaria estructura gestionara esta situación, mediante el establecimiento de acuerdos e instrucciones que han impedido que este se colapsara. Especialmente las medidas adoptadas por el Servicio de Patología han impedido este colapso y a permitido disponer de personal necesario para hacer frente a las contingencias que pudieran producirse. Se han tenido que adoptar medidas especiales para el tratamiento de cadáveres en la Comunidad de Madrid, con la apertura de depósitos temporales, que hicieran frente al elevado número de fallecidos. Se ha realizado un estudio comparativo del número de fallecidos, según etiología médico-legal, entre los años 2019 y 2020 en el periodo comprendido entre el 9 de marzo y el 20 de abril.
The Community or Madrid has been the Community hardest hit by the COVID-19 pandemic. The recent star up of the Madrid's Institute of Legal Medicine and Forensic Sciences, has forced to manage this situation, with its precarious structure, through the establishment of Accords and operational guidelines, which have prevented the collapse of its functioning. These measures, also promoted by the different Services, but in particular, those adopted by the Pathology Service, have contributed to avoid this situation. In this sense, special measures had to be adopted for the treatment of corpses in Madrid Community, with the opening of temporary deposits, which would face the high number of deaths. A comparative study of the number of deaths, according to forensic medical etiology, has been carried out from 2019 with the year 2020, in the period between March 9 to April 20 of this year.
Mediante el Decreto 37/2006, de 4 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid1, se creó el Instituto de Medicina Legal de la Comunidad de Madrid, y se aprobó su Reglamento, una vez asumido, en virtud de los RD 1429/2002, de 27 de diciembre y 600/2002, de 1 de julio, el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid. El Decreto 50/2015 de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno2, modifica el anterior en aspectos relativos a la estructura de determinados Servicios y Secciones.
La preceptiva aprobación de la RPT (Relación de Puestos de Trabajo) del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid (en adelante IMLCFCM), publicada en la Orden 123/2019, de 27 de septiembre, de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas3, supone el paso previo necesario para que en el BOCM número 36 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid), se publique la Orden 12/2020, de 21 de enero4, por la que se dispone la entrada en funcionamiento del Instituto del IMLCFCM, a partir del 1 de febrero de este año.
La toma de posesión en la Dirección y Subdirección el día 2 de febrero, junto con la designación en sus funciones de la Secretaría General, constituyó el inicio para completar la estructura contemplada en el Decreto 50/2015. La convocatoria de concurso específico para varios puestos de trabajo singularizados de Jefes de Servicio en fecha 15.10.2019, y su Resolución, mediante publicación de los nombramientos en el BOE de fecha 22 de enero, y las posteriores tomas de posesión, completan el primer escalón de responsabilidad organizativo, que constituye el IMLCFCM.
Para completar el organigrama del IMLCFCM, la convocatoria para la provisión de las plazas de las Jefaturas de Sección se realizó mediante convocatoria plasmada en la Resolución de 2 de octubre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia (DGRHRAJ) de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid. Hasta la fecha, y dada la suspensión de plazos para la toma de posesión en las mismas, la estructura no se ha podido completar en este segundo escalón.
Actuación ante la situación de alerta sanitaria en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de MadridLa Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional, y mediante el RD 463/2020, de 14 de marzo5, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
En este escenario, la Comunidad de Madrid está siendo la comunidad más afectada de todo el territorio nacional con unos índices de contagio, ingresos hospitalarios (incluyendo UCI) y fallecidos, por encima de cualquier otra comunidad autónoma.
La situación de emergencia sanitaria coincide con una estructura del IMLCFCM todavía incompleta, constituida únicamente por la Dirección, Subdirección y Jefaturas de Servicio, y que también incluye una Secretaría General, sin dotación con respecto a las previsiones iniciales. De igual forma, quedó suspendida la constitución del Consejo de Dirección al no haber podido conformarse con los vocales electos, tal y como exige la normativa. A ello se une la imposibilidad para constituir formalmente los diferentes Servicios y Secciones, como paso previo necesario para iniciar un funcionamiento, acorde con dicha estructura.
Desde este punto de partida, la Dirección del IMLCFCM estableció una serie de medidas encaminadas a hacer frente a la situación de emergencia, siendo Madrid la comunidad autónoma con más casos registrados y por tanto necesitando adoptar de forma urgente medidas para evitar el colapso de los servicios, principalmente en relación con la dotación de las guardias y al mantenimiento de un Servicio de Patología operativo y adaptado a las actuales circunstancias.
A las medidas adoptadas, en forma de comunicaciones, acuerdos, instrucciones y recomendaciones, intrainstitucionales e interinstitucionales, vinculadas con el inicio del funcionamiento del IMLCFCM, se han sumado otras, relacionadas con la situación de pandemia, motivadas por la necesidad de dar una respuesta ante diferentes situaciones que se han ido generando, en el contexto de un panorama cambiante día a día.
Es posible distinguir 3 áreas de actuación fundamentales en las decisiones adoptadas por el IMLCFCM en relación con la pandemia COVID-19:
- 1.
Acuerdos, comunicaciones, recomendaciones e instrucciones para el personal del IMLCFCM:
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Protocolo de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus, de fecha 13 de febrero de 2020. En el que se establecían las medidas a adoptar en relación con el tratamiento de cadáveres, establecido con la colaboración del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y revisado por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias.
- –
Reorganización de las actividades del Servicio de Clínica Médico-Forense, con supresión de las consultas programadas a partir del 11 de marzo, manteniendo únicamente aquellas actuaciones derivadas de necesidades urgentes, sin posibilidad de demora.
- –
Reorganización de las actividades del Servicio de Especialidades Médico-Forenses, con supresión de las consultas programadas a partir del 11 de marzo, manteniendo únicamente aquellas actuaciones derivadas de necesidades urgentes, sin posibilidad de demora.
- –
Recomendaciones para la prevención de la infección por coronavirus COVID-19 de los médicos forenses, en actividades de Clínica y de Guardia, en relación con el sujeto vivo (10.03.20).
- –
Instrucciones relativas a la conducta idónea ante un levantamiento de cadáver (10.03.20) y centralización de las autopsias forenses sospechosas de COVID-19 en el Servicio de Patología del IMLCFCM.
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Normas de actuación del Laboratorio Forense en relación con la gestión de muestras a analizar con finalidad toxicológica y bioquímica de urgencia (11.03.20).
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Instrucción por la que se establecen los servicios mínimos en el IMLCFCM (13.03.20).
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Acuerdo de modificación del sistema de guardias en el IMLCFCM que afecta al Área II (periferia de la Comunidad), con la creación de 7 sectores territoriales e implantación de guardias de 24horas en la totalidad de la Comunidad de Madrid, previa autorización de la DGRHRAJ y con comunicación al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) (19.03.20).
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Recomendaciones en la actuación en las Delegaciones y Sede Central de la Clínica Médico-Forense (Plan de contingencia del IMLCFCM por COVID-19; 23.03.20).
- –
Modificación de las normas relativas a los estudios toxicológicos y bioquímicos a realizar por el Servicio de Laboratorio Forense (25.03.20).
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Acuerdo para el refuerzo y modificación del turno de verificación de los certificados médicos de defunción a la normativa existente en el Área I, concretamente Madrid capital (26.03.20), en el que se incluye a la médico forense del Registro Civil y al médico forense de guardia de Juicios Rápidos, por el amplio volumen de visados de certificados de defunción.
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Recomendaciones para la actuación médico-forense a propósito del estado de alarma por COVID-19 y para la cumplimentación de los dictámenes de defunción (06.04.20).
- –
Elaboración de modelos de dictámenes médico-forenses de defunción de acuerdo con la LO 7/1992 (06.04.20).
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Instrucción para el refuerzo de la Guardia de Diligencias en Madrid (Área I) (14.04.20) con el médico forense de guardia de Juicios Rápidos.
- –
Comunicaciones relativas a la gestión de las muestras en el Servicio de Laboratorio (13.04.20).
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Recopilación de datos estadísticos relativos a posibles casos COVID-19 en Área II.
- 2.
Gestión intrainstitucional:
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Asunción del control del cumplimiento del horario y de la tramitación de solicitudes de vacaciones, permisos y licencias a través de la aplicación informática para control horario «Fichajes y Vacaciones» (FIVA).
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Control de bajas laborales y exenciones para determinadas actividades médico-forenses como consecuencia de la pandemia COVID-19.
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Regulación de sustituciones y aprobación de acuerdos intrasectoriales en los partidos judiciales como consecuencia de la Sectorialización del Área II e implantación del sistema de guardia de 24horas.
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Interrupción del proceso electoral convocado mediante Resolución de 31 de enero de 2020, de la DGRHRAJ, por la que se convoca y se regula el proceso de elección de 3 médicos forenses como miembros del Consejo de Dirección del IMLCFCM.
- –
Gestión de la certificación de las guardias de 24horas en Área II establecidas mediante Acuerdo de 19 de marzo.
- –
Gestión de los medios de desplazamiento necesarios para el traslado del médico forense en las guardias de 24horas establecidas mediante Acuerdo de 19 de marzo.
- –
Gestión de los medios materiales, desde su petición hasta su remisión a las diferentes sedes, específicamente: equipos de protección individual (guantes, mascarillas, batas desechables, gafas de protección, delantales impermeables, calzas de protección), mamparas de protección y geles desinfectantes. Se incluye la obtención de test de detección rápida para su empleo en el Laboratorio Forense.
- 3.
Gestión interinstitucional:
- –
Acuerdos con la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad Madrid, SUMMA y SAMUR, en estos dos últimos casos, dirigidos fomentar la emisión de certificados médicos de defunción en casos de muerte natural relacionados o potencialmente relacionados con COVID-19.
- –
Elaboración de un modelo de certificado de defunción a emplear por SAMUR con el aval de la Dirección del IML.
- –
Integración en la Comisión de Seguimiento COVID-19, presidida por el Presidente del TSJM conformada por el Fiscal Jefe de Madrid, los Jueces Decanos de Madrid, Secretario Coordinador Provincial de Madrid, Director General de DGRHRAJ, Secretario de Gobierno del TSJM y Gabinete de Comunicación del TSJM.
- –
Traslado de los acuerdos, recomendaciones e instrucciones emitidos por el IMLCFCM a la DGRHRAJ, TSJM y Decanatos dependientes del mismo.
Muchas de las medidas anteriores, relacionadas con el estado de emergencia suscitado por la pandemia COVID-19, adoptadas inicialmente por la Dirección y alguna de ellas consensuadas por las Jefaturas de Servicio del IMLCFCM han estado encaminadas a evitar el colapso en la capacidad de respuesta institucional médico-forense, y al mismo tiempo, a proteger a los médicos forenses integrados en el IMLCFCM.
Como ejemplo de la primera, cabe mencionar el mencionado Acuerdo para el refuerzo y modificación del turno de verificación y adecuación de los certificados médicos de defunción a la normativa existente en el Área I (Madrid capital), aprobado en fecha del 26 de marzo.
El aumento progresivo de la presión en el número de incidencias derivadas de fallecimientos relacionados con la COVID-19, que solamente en el Área I (Madrid), obligó a gestionar, junto con otras instituciones, la existencia y destino de hasta 51 cadáveres diarios, también tuvo su reflejo en el enorme incremento del número de certificados de defunción que se emitieron y que posteriormente trataremos.
La obligación diaria de su visado médico-forense, derivado de un mandato judicial, permitió realizar un seguimiento cuantitativo del número de certificados médicos sometidos a examen que, como consecuencia, motivó la adopción de un Acuerdo específico relativo al turno de verificación. Cuando en la ciudad de Madrid, se venían visando diariamente en torno a 90-100 certificados de defunción en esta época del año, se produjo un incremento claro y progresivo en este número desde el 23 de marzo, fecha en la que se superan los 324 certificados, alcanzándose cifras máximas de 391 en la primera semana de abril y con una evolución sostenida posterior, que se prolonga hasta el 10 de abril, fecha en que se vuelven a visar cifras inferiores a los 300 certificados (fig. 1). Desde entonces, y hasta el día de hoy, se siguen verificando/visando el doble de certificados de defunción que antes de declararse la pandemia COVID-19.
Gestión del Servicio de Patología del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de MadridEl Servicio de Patología Forense del IMLCFCM tiene asignadas, entre sus funciones, la práctica de las autopsias en los casos de muerte violenta y sospechosa de criminalidad y la identificación de cadáveres.
Este Servicio está operativo durante las 24horas del día, todos los días del año. En el mismo están destinados en la actualidad, a falta del nombramiento de los respectivos Jefes de Sección de Antropología, Histopatología y Prosectorado, 15 técnicos especialistas de autopistas, 3 trabajadores sociales, 3 fotógrafos y personal administrativo de los cuerpos generales de la Administración de Justicia.
Debido a la situación creada por el estado de alarma por la COVID-19, en este Servicio hubo que establecer algunas modificaciones para evitar el colapso producido por el gran número de fallecimientos y, por otro lado, gestionar el personal disponible para evitar poner en riesgo y disponer de suficiente personal para cubrir posibles contingencias por incapacidad temporal (IT), exenciones por razón de edad o enfermedades crónica o cuidado de familiares, tal y como preveía la situación de alarma sanitaria (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19).
Por este motivo se establecieron entre otras, las siguientes actuaciones:
- 1.
Trasladar a los depósitos temporales que se habían establecido, 36 cadáveres de las cámaras de refrigeración del Servicio de Patología, auxiliados por la Unidad Militar de Emergencias (UME), con la finalidad de disponer de cámaras suficientes, en previsión de una afluencia masiva de cadáveres al Servicio. Este traslado fue gestionado por la Viceconsejería de Justicia. Dicho traslado se realizó guardando las debidas garantías sanitarias (en doble saco, desinfectado y enferetrados).
- 2.
Desinfección de los Servicios de Patología Forense y de Laboratorio Forense por la UME.
- 3.
Distribuir los efectivos de medios personales con el fin de preservar al personal de riesgos innecesarios:
- -
Hacer dos grupos de técnicos que cubran la mañana y la tarde.
- -
Preservar personal aislado convenientemente para cubrir contingencias tanto de técnicos de autopsias como de personal administrativo, disponiendo de un retén de personal que cubra las contingencias.
- -
- 4.
Mantener el contacto diario del Jefe de Servicio con los médicos forenses de guardia para funciones de asesoramiento y recopilación de datos de las guardias de Madrid capital y periferia.
- 5.
Control diario de casos de COVID-19 que ingresan en el Servicio de Patología Forense.
- 6.
Organizar, mantener y coordinar el stock de medios de protección para el personal del Servicio de Patología y suministrar diariamente dicho material entre los trabajadores.
- 7.
Coordinar y suministrar, junto con la Subdirección, la dotación de medios de protección necesarios para todos los médicos forenses de la Comunidad de Madrid.
- 8.
Establecer nuevos turnos entre los técnicos especialistas de autopsias para evitar, por un lado, que los equipos se vieran mermados por las contingencias que se iban produciendo y, por otro lado, evitar la exposición a un número elevado de trabajadores. Para ello, se redujeron los 3 equipos que habitualmente se tiene establecido, por 2 equipos reforzados para poder asumir IT y exenciones por cualquier otra circunstancia, limitando la asistencia de algún miembro de los equipos por turnos. Esta gestión permitió mantener siempre operativos técnicos suficientes para poder cubrir el servicio adecuadamente.
Con estas medidas se pretendía evitar los dos problemas fundamentales:
- 1.
El colapso del Servicio de Patología, por no disponer de medios personales y materiales necesarios que pudieran cubrir las contingencias de personal que fueran produciéndose y que de hecho se produjeron (30% de bajas entre los técnicos especialistas de autopsias y 40% de personal administrativo en situación de IT o exención de trabajo).
- 2.
Evitar el riesgo de exposición innecesaria entre dicho personal y cumplir con las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria en la fase de alarma y confinamiento.
Debido a la situación del estado de alarma sanitaria se requirió que, de forma urgente, se posibilitara el establecimiento de depósitos temporales para dar destino al elevado número de fallecidos que se estaban produciendo en la Comunidad de Madrid (casi un 30% del total de las muertes declaradas en toda España). Por este motivo, se reunió un gabinete de crisis conformado por la DGRHRAJ (en su representación asistió el Director del IMLCFCM), Consejería de Sanidad (en su presentación asistió la Dirección General de Sanidad Mortuoria), Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Justicia e Infraestructuras, Dirección General de Protección Civil (en su representación asistió la Dirección General de Seguridad, Bomberos de la Comunidad de Madrid) y el Ministerio de Defensa (representado por un mando de la UME) y representantes de las empresas funerarias que operan en Madrid.
En esta reunión se estableció:
- •
El programa informático para registrar y clasificar las entradas y salidas de cadáveres de los depósitos temporales.
- •
El personal responsable del control de entradas y salidas, evitando por razones obvias la asistencia de voluntarios.
- •
Control de seguridad en los recintos.
Dada la normativa existente en relación con la manipulación de cadáveres por las empresas funerarias, hubo que modificar la que corresponde al Reglamento de Policía Sanitarita Mortuoria que determina que, en exclusiva, serán los servicios funerarios los que se puedan hacer cargo de los traslados de fallecidos, ampliando esta actuación a los efectivos de la UME y el cuerpo de bomberos de la Comunidad de Madrid para que estos pudieran colaborar en la realización de dichos traslados.
Dentro de este dispositivo, se estableció el criterio de que las empresas funerarias fueran las que se harían cargo de los traslados a los depósitos temporales de los fallecidos en domicilios y en actuaciones judiciales donde hubiera dictamen de defunción. El traslado del resto de cadáveres (procedentes de hospitales de la Comunidad), se realizaría a través de las solicitudes que se hicieran a la UME que coordinaría dichos traslados.
Dentro de esta actuación se enmarcó la que se realizó en el Servicio de Patología con el traslado de 36 cadáveres, todo ellos identificados y numerados adecuadamente.
Se estableció el criterio de que todos los cadáveres deberían ingresar en los depósitos temporales con la siguiente documentación y acondicionamiento:
- •
certificado de defunción o
- •
dictamen de defunción
- •
enferetrados y desinfectados en doble sudario y con féretro precintado.
Finalmente se requirió habilitar 3 depósitos temporales:
- •
Palacio de Hielo de Hortaleza con capacidad para 440 cadáveres.
- •
Edificio del futuro IMLCFCM en Valdebebas, que dispuso de espacio para alojar 240 cadáveres.
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Palacio de Hielo de Majadahonda, con capacidad para 162 cadáveres.
Actualmente y a la fecha de este artículo, solo está abierto y operativo el correspondiente al futuro edificio del IMLCFCM.
Estudio comparativo de fallecimientos en la situación de alerta sanitariaEn el periodo comprendido del 9 de marzo al 20 de abril se produjo un incremento de fallecimientos en la Comunidad de Madrid, motivado por la COVID-19, que se refleja en las estadísticas de los organismos que recogen estas defunciones.
Para valorar este incremento se han recogido los datos del mismo periodo en este año y el pasado 2019 para hacer una comparativa que nos pueda definir el impacto de la enfermedad en la población madrileña. Para obtener los datos del año 2019 se ha acudido a la información que proporciona el Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), concretamente a la información recogida sobre mortalidad diaria por todas las causas, que se obtiene del Registro General de Registros Civiles y Notariados del Ministerio de Justicia, distribuidos entre todas las comunidades autónomas y que incluye las 52 capitales de provincia, a través del Sistema de Monitorización de la Mortalidad diaria (MoMo)6. Incluye las defunciones por todas las causas procedentes de 3.929 registros civiles informatizados, que representan el 92% de la población española. En la figura 2 se aprecia que la curva sufrió un incremento desde el comienzo del mes de marzo hasta llegar al pico de fallecimientos que se produjo el 28 de marzo, con 591 fallecimientos. Posteriormente la curva comenzó a decrecer progresivamente.
En este periodo, en el Servicio de Patología ingresaron 152 cadáveres, de los que 96 correspondieron a muertes naturales (63,1%), lo que representa un dato semejante a periodos anteriores (66,20%). De estas muertes, 15 de ellas fueron certificadas, lo que representa un 15,62%, siendo un porcentaje manifiestamente alto en relación con otras fechas. Del total de las muertes naturales, 58 resultaron como «sospechosas de COVID-19», lo que representa el 60,4% del total de las muertes naturales.
Por otro lado, las muertes violentas corresponden a 55 ingresos, más una indeterminada. La comparativa entre estas fechas y las del pasado 2019 (tabla 1) en relación con la etiología médico-legal establece que el porcentaje por etiología médico-legal se mantiene, pero bajan de forma evidente las muertes accidentales. Esto hace que en números relativos, el porcentaje de muertes de etiología suicida se incremente.
Número de muertes violentas por etiología médico-legal correspondientes a los meses de marzo y abril de los años 2019 y 2020 en el Servicio de Patología Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid
Fecha | Etiología médico-legal | |||
---|---|---|---|---|
Accidental | Suicida | Homicida | ||
2019 | Marzo | 30 | 24 | 3 |
Abril | 38 | 15 | 2 | |
2020 | 9-31 Marzo | 13 | 23 | 2 |
1-22 Abril | 7 | 10 | 1 |
Los autores de este artículo quieren agradecer a todos los profesionales sanitarios y personal auxiliar de todos los centros asistenciales de España la actuación generosa, profesional y humanitaria que están desarrollando y el reconocimiento a su labor, a costa del sacrificio personal y familiar que les está generando.
También quieren reconocer la labor en su actividad y el esfuerzo de todos los profesionales que integran el IML de la Comunidad de Madrid en las difíciles condiciones de trabajo en las que están desarrollando su labor.