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También es necesario atender a la valoración pericial de las posibles lesiones y a la obtención de las evidencias médico-legales que contribuyan al esclarecimiento de los hechos y a la identificación de los autores<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bb0015"><span class="elsevierStyleSup">3</span></a>.</p><p id="p0020" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La existencia de protocolos de actuación supone una evidente mejora de la calidad de la respuesta pericial y reduce el tiempo necesario para hacerla efectiva. En nuestro país, las diferentes Comunidades Autónomas y los propios Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses han venido estableciendo sus guías de actuación o han desarrollado protocolos internos para la intervención en estos casos. Al respecto, el Primer informe de evaluación en España del Grupo de Expertos Contra la Violencia Contra la Mujer y la Violencia Doméstica (GREVIO)<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bb0020"><span class="elsevierStyleSup">4</span></a> destaca como deficiencia en la atención a las víctimas de violencia sexual las diferencias en las respuestas y en las prácticas institucionales, y la existencia de enfoques no centrados en las víctimas y en la colaboración entre profesionales. Por otra parte, el Informe Nacional de España del proyecto RE-TREAT publicado en 2021, pone de manifiesto que las inercias y prácticas arraigadas en ámbitos como el policial o judicial hacen de lo institucional un espacio poco amable para quien ha sufrido un delito de este tipo. Para este estudio, los cambios necesarios para modificar la dinámica y la experiencia revictimizadora pasan por poner la reparación personalizada a la víctima en el centro del proceso, y que para ello es preciso elaborar protocolos de actuación conjunta y de coordinación entre servicios asistenciales y forenses, dirigidos a asegurar la validez y la cadena de custodia de las muestras obtenidas en la primera asistencia<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bb0025"><span class="elsevierStyleSup">5</span></a>.</p><p id="p0025" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El Comité Científico Técnico del Consejo Médico Forense inició los trabajos para la elaboración de un «Protocolo de actuación ante la violencia sexual» en la primavera de 2021, analizando la bibliografía y la última evidencia científica, con el objetivo de dotar a los profesionales forenses de herramientas que permitan asegurar la calidad de la investigación pericial, prestando al mismo tiempo una asistencia centrada en la víctima y en sus necesidades. El documento fue enriquecido con las aportaciones del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en cuestiones de su competencia relativas a los análisis genéticos, toxicológicos y microbiológicos.</p><p id="p0030" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Entre sus objetivos específicos, este nuevo protocolo de actuación<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bb0030"><span class="elsevierStyleSup">6</span></a> pretende servir como guía para mejorar la coordinación con los otros estamentos implicados en la respuesta ante la violencia sexual, sobre todo policial y sanitario, y para fortalecer la relación con los laboratorios forenses encargados del estudio de los indicios de estos delitos.</p><p id="p0035" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Como novedad destacable, el protocolo establece mecanismos para que la actuación médico-forense se realice de manera inmediata y sin que haya lugar a una posible demora por la ausencia de interposición de denuncia. En este principio se siguen las recientes propuestas que abogan por nuevas formas de atención basadas en procesos graduales elegidos libremente por la víctima en relación con los tiempos de denuncia del hecho delictivo<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bb0035"><span class="elsevierStyleSup">7</span></a>, sin que esta decisión comprometa la constatación de las lesiones o la recogida de indicios que permitan acreditar los hechos. Para la actuación forense, en cualquier caso, debe contarse siempre con el consentimiento de la víctima, obtenido previa explicación, en un lenguaje comprensible, del alcance del reconocimiento, de la toma de muestras y de la posibilidad de divulgación de los datos obtenidos a través del informe pericial. Este consentimiento, que deberá recogerse por escrito e incorporarse al expediente, incluirá también los aspectos relativos a la toma y el archivo de imágenes.</p><p id="p0040" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El protocolo mantiene el principio de evaluación conjunta asistencial y forense, comúnmente aceptado, con el objetivo de evitar la repetición de exploraciones. Se actualizan los plazos para la toma de muestras de acuerdo con las últimas evidencias científicas y los avances de la genética forense, y con base en ello se propone considerar como agresión sexual reciente o aguda (aquella en la que se recomienda una actuación médico forense inmediata) la ocurrida hasta 7 o 10 días antes de la exploración, según las circunstancias.</p><p id="p0045" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Entre otras cuestiones el documento contemplala posibilidad de que una persona de la confianza de la víctima la acompañe a lo largo del proceso pericial, si es ese su deseo, y con ello prestar atención a su situación emocional, evitar su incomodidad y reducir al mínimo las causas generadoras de victimización secundaria, siguiendo las recomendaciones establecidas por la Organización Mundial de la Salud<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bb0005"><span class="elsevierStyleSup">1</span></a>.</p><p id="p0050" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El seguimiento de las víctimas ante la posible aparición de un daño diferido es objeto de especial atención, para lo que se recomienda la programación de nuevos reconocimientos, evitando la exposición reiterada de los hechos y centrándose en las consecuencias que pueda generar el hecho lesivo sobre la salud de la víctima, especialmente en el ámbito de la detección de enfermedades infecciosas y trastornos de la salud mental.</p><p id="p0055" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Finalmente, se establecen los mecanismos de control de calidad dirigidos a asegurar la integridad y la validez científica y legal del procedimiento. Y se recoge la importancia de atender los aspectos relativos a la formación, la docencia y la investigación que permitan desarrollar conocimientos orientados a implantar una mejor estrategia de prevención.</p><p id="p0060" class="elsevierStylePara elsevierViewall">En definitiva, el nuevo «Protocolo de actuación médico-forense ante la violencia sexual» en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses aspira a convertirse en una herramienta que armonice una atención pericial centrada en las víctimas en el marco de una adecuada coordinación con otras instituciones implicadas, garantizando un examen forense precoz, de calidad y estandarizado que minimice el trauma de la víctima y aumente la eficacia de la investigación para facilitar el esclarecimiento de los hechos.</p></span>" "pdfFichero" => "main.pdf" "tienePdf" => true "bibliografia" => array:2 [ "titulo" => "Bibliografía" "seccion" => array:1 [ 0 => array:2 [ "identificador" => "bs0005" "bibliografiaReferencia" => array:7 [ 0 => array:3 [ "identificador" => "bb0005" "etiqueta" => "1." 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