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Vacunación obligatoria o recomendada: acotaciones desde el Derecho
Compulsory or recommended vaccination: dimensions from the legal perspective
C. Cierco Seira
Área de Derecho Administrativo, Universidad de Lleida, Lleida, España
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incluidos pa&#237;ses desarrollados que gozaban hasta hace pocos a&#241;os de coberturas vacunales &#243;ptimas&#44; o las dificultades que atraviesen algunos pa&#237;ses tan pr&#243;ximos como Francia o Italia constituyen motivos sobrados para parar mientes&#46; Por otra parte&#44; es un hecho que tambi&#233;n entre nosotros se advierten signos de la influencia de ciertas corrientes o posicionamientos contrarios a la vacunaci&#243;n y&#44; lo que es m&#225;s inquietante a&#250;n&#44; muestras de debilidades en la imagen social de las vacunas y al cabo en la confianza ciudadana en los programas de vacunaci&#243;n sistem&#225;tica&#46; Los fen&#243;menos de la &#171;antivacunaci&#243;n&#187; &#40;<span class="elsevierStyleItalic">anti-vaccine</span>&#41; y&#44; sobre todo&#44; de la &#171;duda vacunal&#187; &#40;<span class="elsevierStyleItalic">vaccine-hesitance</span>&#41; no nos resultan en este sentido extra&#241;os&#46;</p><p id="par0010" class="elsevierStylePara elsevierViewall">No hay que despreciar&#44; pues&#44; la influencia real&#44; <span class="elsevierStyleItalic">hic et nunc</span>&#44; de las corrientes antivacunaci&#243;n e importa&#44; en la misma l&#237;nea&#44; prestar atenci&#243;n a algunos indicadores sociales que salen a relucir en los estudios sociol&#243;gicos que buscan pulsar la opini&#243;n de los ciudadanos sobre la vacunaci&#243;n&#46; Por ejemplo&#44; en el informe publicado por la Comisi&#243;n Europea en el <span class="elsevierStyleItalic">Eurobar&#243;metro especial 488 de la Uni&#243;n Europea sobre actitudes de los europeos en relaci&#243;n con la vacunaci&#243;n</span> &#40;marzo-abril de 2019&#41;<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0080"><span class="elsevierStyleSup">1</span></a> se advierte que los espa&#241;oles&#44; aunque nos vacunamos masivamente&#44; mostramos una cierta inseguridad al responder sobre el significado y efectividad de la vacunaci&#243;n&#46; Choca en este sentido que solamente el 8 por 100 de los encuestados tengan como fuente m&#225;s fiable de informaci&#243;n en materia de vacunaci&#243;n a las autoridades sanitarias&#46; A pesar de lo llamativo de este tipo de respuestas&#44; no descubren algo realmente nuevo&#46; Otros estudios anteriores apuntaban ya en la l&#237;nea de la presencia de algunos recelos y de una impresi&#243;n de falta de informaci&#243;n por parte de los ciudadanos&#46; Cumple referir la consulta al <span class="elsevierStyleItalic">Bar&#243;metro Sanitario</span> &#40;2016&#41; del Centro de Investigaciones Sociol&#243;gicas o a la <span class="elsevierStyleItalic">Encuesta de Percepci&#243;n Social de la Ciencia</span> &#40;2018&#41; de la Fundaci&#243;n Espa&#241;ola para la Ciencia y la Tecnolog&#237;a<a class="elsevierStyleCrossRefs" href="#bib0085"><span class="elsevierStyleSup">2&#44;3</span></a>&#46; Entre otras ense&#241;anzas puntuales que cabe extraer en torno a la concepci&#243;n de nuestro sistema de vacunaci&#243;n&#44; estos documentos alertan de que&#44; por m&#225;s que las tasas de vacunaci&#243;n en Espa&#241;a se muevan en una franja &#243;ptima&#44; un porcentaje significativo de la poblaci&#243;n vacunada muestra que&#44; en vez de por convicci&#243;n &#237;ntima&#44; ha acudido a la consulta fi&#225;ndose del consejo de su pediatra o del profesional sanitario de turno&#46; Eso que&#44; <span class="elsevierStyleItalic">grosso modo</span>&#44; podr&#237;amos definir como &#171;inercia&#187; genera en el fondo una profunda dependencia de la imagen transmitida en cada momento por el conjunto de los servicios sanitarios y de sus profesionales y por la confianza que acaben inspirando en los ciudadanos su calidad y competencia respectivamente&#46; De modo que&#44; si bien no se ve peligrar el rumbo de un modelo que conserva su velocidad de crucero&#44; algunos claroscuros se ciernen en el horizonte&#46; Por eso mismo&#44; importa mucho cavilar y tratar de descifrar cu&#225;les son los <span class="elsevierStyleItalic">inputs</span> que sobre las vacunas est&#225;n recibiendo los ciudadanos y qu&#233; patrones de conducta se est&#225;n modelando en consecuencia&#44; e interiorizar&#44; por otro lado&#44; que el &#233;xito de nuestro modelo descansa hoy fundamentalmente en la fortaleza del servicio p&#250;blico sanitario y en el compromiso y la labor de los profesionales sanitarios&#46; Esa es la cara&#59; la cruz es que esos profesionales soportan una carga muy importante de trabajo y&#44; por lo general&#44; disponen de un tiempo muy limitado para insistir en la persuasi&#243;n y en el uso de nuevas f&#243;rmulas tendentes a combatir la desinformaci&#243;n&#46;</p><p id="par0015" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Regular el hecho de la vacunaci&#243;n dif&#237;cilmente puede llevarse a cabo usando sin m&#225;s un tiral&#237;neas&#46; La b&#250;squeda de respuestas a los retos que plantea la ideaci&#243;n y puesta en pr&#225;ctica de un programa de vacunaci&#243;n moderno exige&#44; se quiera o no&#44; de soluciones matizadas y de un engranaje complejo&#44; con muchas piezas&#44; dispuestas con la precisi&#243;n que el equilibrio &#8212;o&#44; si se prefiere&#44; la proporci&#243;n&#8212; reclama en el balance de intereses&#46; Por eso mismo&#44; resulta fundamental que el debate jur&#237;dico acerca del papel que ha de desempe&#241;ar la ley y de su concreci&#243;n en este singular escenario se despoje sin falta de los ropajes artificiosos y de las distorsiones e incluso deformaciones que son producto del simplismo&#44; de la desinformaci&#243;n y&#44; sobre todo&#44; del manique&#237;smo&#46;</p><p id="par0020" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Una de esas distorsiones puede aparecer&#44; a mi modo de ver&#44; cuando la elecci&#243;n del modelo de regulaci&#243;n de la vacunaci&#243;n se presenta a la manera de dos posibilidades antag&#243;nicas que conforman una disyuntiva&#58; vacunaci&#243;n obligatoria <span class="elsevierStyleItalic">versus</span> vacunaci&#243;n recomendada&#46; Tratar&#233; de rebatir este argumento disyuntivo a partir de la defensa de dos ideas&#58;</p><p id="par0025" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleItalic">Primera</span>&#58; lo que separa a los sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria y recomendada es bastante menos de lo que aparentemente se supone y habitualmente se da a entender&#44; aunque para apreciarlo sea necesario descender al detalle de la norma&#44; situarla en contexto y confrontarla en la pr&#225;ctica&#46;</p><p id="par0030" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleItalic">Segunda</span>&#58; la juridificaci&#243;n de la vacunaci&#243;n&#44; esto es&#44; su regulaci&#243;n con vocaci&#243;n de completitud&#44; resulta conveniente en ambos modelos&#44; por m&#225;s que la base del sistema descanse en la adhesi&#243;n voluntaria de los ciudadanos&#46;</p></span><span id="sec0010" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0030">La coincidencia en la misi&#243;n de los sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria y recomendada y el riesgo de valoraci&#243;n precipitada de la dureza y claridad de las respectivas estrategias</span><p id="par0035" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La primera idea nos lleva a reparar en la existencia de una comuni&#243;n sustancial entre los sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria y recomendada&#46; Esta comuni&#243;n arranca con su <span class="elsevierStyleItalic">misi&#243;n</span> que es&#44; en ambos casos&#44; la <span class="elsevierStyleItalic">misma</span>&#58; la lucha contra la enfermedad a partir de la generalizaci&#243;n de la inmunizaci&#243;n individual y su repercusi&#243;n colectiva en forma de inmunidad de grupo&#46; En lo esencial&#44; que es el fin&#44; no hay&#44; pues&#44; divergencia entre los sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria y recomendada&#46;</p><p id="par0040" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La dicotom&#237;a entre obligaci&#243;n y recomendaci&#243;n constituye&#44; por consiguiente&#44; y hay que subrayarlo las veces que haga falta&#44; una <span class="elsevierStyleItalic">elecci&#243;n instrumental</span> sobre la mejor manera de alcanzar un mismo fin&#46; Lo que cambia es la estrategia&#58; mientras que para unos es mejor que la generalizaci&#243;n se asegure mediante el establecimiento de un deber legal que pese sobre todos los ciudadanos por igual&#59; para otros&#44; en cambio&#44; es preferible confiar en el concurso voluntario de los mismos sobre la base de una buena educaci&#243;n e informaci&#243;n en grado de convencer de las ventajas&#44; individuales&#44; sociales y solidarias&#44; de la vacunaci&#243;n&#46; Ciertamente&#44; desde un punto de vista dogm&#225;tico&#44; pensando en el ideal de la salud p&#250;blica y en el esp&#237;ritu m&#225;s profundo de los derechos humanos&#44; se dir&#225; que aquello que pueda alcanzarse gracias a la colaboraci&#243;n parte con ventaja ontol&#243;gica&#46; As&#237; es&#46; Ahora bien&#44; importa tener presente que esta premisa no invalida en modo alguno la legitimidad de la alternativa obligatoria&#44; que tiene encaje igualmente dentro de los par&#225;metros de la Ciencia de la salud p&#250;blica y del respeto a los derechos humanos&#46;</p><p id="par0045" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La vacunaci&#243;n obligatoria tiene tras de s&#237;&#44; en lo que a su encaje jur&#237;dico se refiere&#44; un s&#243;lido y dilatado aval&#46; La admisibilidad de un deber de vacunaci&#243;n ha pasado por el tamiz de muchos garantes constitucionales y sigue haci&#233;ndolo en la actualidad&#46; Existe&#44; pues&#44; un <span class="elsevierStyleItalic">corpus</span> jurisprudencial muy asentado que ampara la legitimidad de la restricci&#243;n de los derechos individuales en beneficio de los programas de vacunaci&#243;n sistem&#225;tica&#46; Ese corpus jurisprudencial tiene&#44; en efecto&#44; ra&#237;ces profundas&#46; Se suelen traer a colaci&#243;n en este sentido los hist&#243;ricos asuntos <span class="elsevierStyleItalic">Jacobson vs&#46; Massachusetts</span> &#40;1905&#41; y <span class="elsevierStyleItalic">Zucht vs&#46; King</span> &#40;1922&#41; de la Corte Suprema estadounidense&#46; Insisto&#44; no obstante&#44; en que la constitucionalidad del deber de vacunaci&#243;n ha sido refrendada en muchos Estados y no solo en el pasado&#44; sino tambi&#233;n en &#233;poca reciente<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0095"><span class="elsevierStyleSup">4</span></a>&#46; As&#237;&#44; volviendo al continente europeo y a nuestros d&#237;as&#44; pueden referirse las decisiones de las Cortes Constitucionales de la Rep&#250;blica Checa &#40;27 de enero de 2015&#41;&#59; Francia &#40;20 de marzo de 2015&#41;&#59; Serbia &#40;26 de octubre de 2017&#41;&#59; Italia &#40;18 de enero de 2018&#41;&#59; o Moldavia &#40;30 de octubre de 2018&#41;<span class="elsevierStyleSup">a</span><a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0095"><span class="elsevierStyleSup">4</span></a>&#46;</p><p id="par0050" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Siendo&#44; fundamentalmente&#44; una cuesti&#243;n de estrategia&#44; es claro que va a pesar el examen circunstanciado de cada lugar y momento&#46; Quiero decir con todo ello&#44; en definitiva&#44; que&#44; al margen de que se defienda con m&#225;s &#233;nfasis uno u otro sistema en t&#233;rminos conceptuales&#44; conviene tenerlos ambos en cuenta puesto que es la realidad la que al final puede acabar albergando la llave<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0100"><span class="elsevierStyleSup">5</span></a>&#46; Es habitual que en el discurso en contra de la vacunaci&#243;n obligatoria se apele a la experiencia de pa&#237;ses que&#44; sin necesidad de estatuir un deber&#44; gozan de excelentes tasas de cobertura &#8212;Espa&#241;a&#44; por cierto&#44; suele estar en el candelero&#8212;&#46; Se pretende&#44; de este modo&#44; cuestionar la proporcionalidad de la obligaci&#243;n toda vez que existir&#237;a una v&#237;a menos incisiva pero igualmente eficaz y contrastada para preservar la inmunidad de grupo&#46; Este argumento resulta s&#243;lido en abstracto pero pierde consistencia en concreto&#46; Y lo concreto&#44; como ya se ha insistido aqu&#237;&#44; pesa mucho en la vacunaci&#243;n&#46; Quiero decir con ello que es imprescindible a la hora de emitir un juicio sobre el empleo de la vacunaci&#243;n obligatoria valorar la pol&#237;tica vacunal de cada pa&#237;s a la luz de su singular realidad circunstancial&#44; contando no solo con la situaci&#243;n epidemiol&#243;gica del momento y la imagen social de la vacunaci&#243;n&#44; sino&#44; tambi&#233;n&#44; con sus capacidades de servicio p&#250;blico sanitario&#46; Y lo mismo ocurre cuando valoramos el &#233;xito de la recomendaci&#243;n&#46; No todo es atribuible a una supuesta adhesi&#243;n ideal de los ciudadanos a la causa mayor de la inmunizaci&#243;n colectiva&#46; Quiz&#225;s todo se explique al cabo por la calidad y confianza en su modelo sanitario y en la formaci&#243;n de los profesionales sanitarios que all&#237; sirven y se desempe&#241;an&#46;</p><p id="par0055" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Discrepo&#44; en otras palabras&#44; del descarte categ&#243;rico de cualquiera de los dos modelos&#46; Es m&#225;s&#44; considero que&#44; antes que la visi&#243;n antag&#243;nica&#44; el pragmatismo aconseja una visi&#243;n complementaria de los mismos que deje la puerta abierta a planteamientos graduales y a f&#243;rmulas de hibridaci&#243;n&#46;</p><p id="par0060" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La opci&#243;n de la vacunaci&#243;n recomendada no puede anular radicalmente la necesidad de echar mano de la vacunaci&#243;n obligatoria&#46; Desde luego&#44; porque puntualmente puede irrumpir una amenaza sanitaria que exija una reacci&#243;n contundente &#8212;vacunaci&#243;n <span class="elsevierStyleItalic">extra ordinem</span>&#8212;&#44; pero&#44; adem&#225;s&#44; es prudente contemplarla como &#171;plan b&#187;&#44; no sea que coyunturalmente la recomendaci&#243;n se revele incapaz de mantener las tasas &#243;ptimas de vacunaci&#243;n &#8212;<span class="elsevierStyleItalic">ratione temporis</span>&#8212; o convenga reforzarla aqu&#237; &#8212;<span class="elsevierStyleItalic">ratione materiae</span>&#58; para ciertas enfermedades&#8212; o all&#237; &#8212;<span class="elsevierStyleItalic">ratione personae</span>&#58; para ciertos colectivos o profesionales&#8212;&#46; El recorrido de la pol&#237;tica de vacunaci&#243;n en Francia nos ha dejado en estos a&#241;os valiosas reflexiones a este respecto&#46; En enero de 2016&#44; la Ministra de Sanidad francesa emprendi&#243; un plan de acci&#243;n para la renovaci&#243;n de la pol&#237;tica de vacunaci&#243;n&#46; Uno de los ejes de ese plan requer&#237;a identificar las claves del deterioro de la imagen social de la vacunaci&#243;n en Francia&#46; A tal efecto se cre&#243; el <span class="elsevierStyleItalic">Comit&#233; d&#8217;orientation de la concertation citoyenne sur la vaccination</span> cuya labor cristaliz&#243; en el <span class="elsevierStyleItalic">Rapport sur la vaccination</span>&#44; de 30 de noviembre de 2016<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0100"><span class="elsevierStyleSup">5</span></a>&#46; Pues bien&#44; la conclusi&#243;n alcanzada en dicho informe no era otra que la conveniencia de fortalecer la vacunaci&#243;n obligatoria durante un tiempo&#44; arropada por un plan de acci&#243;n vacunal muy ambicioso y con una cl&#225;usula de exenci&#243;n por convicciones personales&#59; este ser&#237;a el paso intermedio para poder llegar a un escenario ideal de vacunaci&#243;n basado en la adhesi&#243;n social voluntaria&#46;</p><p id="par0065" class="elsevierStylePara elsevierViewall">De igual forma&#44; la opci&#243;n de la vacunaci&#243;n obligatoria no puede dejar de lado sin m&#225;s la educaci&#243;n y la informaci&#243;n a la hora de estimular el cumplimiento voluntario del deber de vacunarse&#46; Y es que&#44; como se ver&#225;&#44; la reacci&#243;n frente al incumplimiento no va a parar a un terreno sencillo de manejar&#44; por lo que la pura invocaci&#243;n del mandato legal ante un objetivo que necesariamente requiere el concurso masivo de los ciudadanos tampoco garantiza un discurrir sereno y despejado&#46; La observaci&#243;n de lo ocurrido en Italia&#44; que es&#44; junto con Francia&#44; otro de los pa&#237;ses europeos de referencia en la materia&#44; habida cuenta de las dificultades atravesadas en estos &#250;ltimos a&#241;os&#44; ilustra a la perfecci&#243;n a este respecto&#46; Dificultades que&#44; en efecto&#44; llevaron en 2017 a la adopci&#243;n de un sistema de vacunaci&#243;n obligatoria&#59; un sistema&#44; eso s&#237;&#44; provisto de un gran n&#250;mero de matices dispuestos con la voluntad de rebajar la dureza y reducir la conflictividad&#46; As&#237;&#44; por ejemplo&#44; detectado el incumplimiento&#44; se prev&#233; como primera respuesta la convocatoria a los padres o tutores a un &#171;colloquio al fine di fornire ulteriori informazioni sulle vaccinazioni e di sollecitarne l&#8217;effettuazione&#187;&#59; la voluntad de persuadir&#44; pues&#44; no se borra sin m&#225;s del mapa por el hecho de obligar<span class="elsevierStyleSup">b</span><a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0105"><span class="elsevierStyleSup">6</span></a>&#46;</p><p id="par0070" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Sin olvidar&#44; en fin&#44; que entre los dos hipot&#233;ticos polos se extiende una rica gama de colores intermedios y de opciones ecl&#233;cticas&#44; es decir&#44; que cabe combinar obligaci&#243;n y recomendaci&#243;n a la vez&#44; m&#225;xime teniendo en cuenta que el cat&#225;logo actual de vacunas es plural y heterog&#233;neo&#46;</p><p id="par0075" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Por otra parte&#44; las estrategias de la obligaci&#243;n y de la recomendaci&#243;n no tienen moldes universales&#46; No hay en el mundo un &#250;nico modelo de vacunaci&#243;n obligatoria&#46; Como tampoco lo hay de vacunaci&#243;n recomendada&#46; No existen patrones predefinidos a los que sea dado acogerse de tal manera que &#250;nicamente haya que decidir si activar tal o cual opci&#243;n escogiendo el tomo correspondiente de la biblioteca&#46; Basta echar un vistazo al Derecho comparado para advertir que bajo las etiquetas de vacunaci&#243;n obligatoria o recomendada es dado hallar modelaciones muy diversas entre s&#237;&#46;</p><p id="par0080" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Habr&#225; que prestar atenci&#243;n&#44; as&#237; pues&#44; a c&#243;mo se concreta la estrategia en cada caso&#44; huyendo de apriorismos&#46; Comenzar&#233; por uno de los m&#225;s extendidos&#58; el que da por supuesto que la obligaci&#243;n constituye una opci&#243;n m&#225;s <span class="elsevierStyleItalic">dura</span> que la recomendaci&#243;n&#46;</p><p id="par0085" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Pues bien&#44; no siempre es as&#237;&#46; Seg&#250;n c&#243;mo se concrete&#44; la obligaci&#243;n puede ser&#44; de facto&#44; m&#225;s blanda que la recomendaci&#243;n&#46; Tratar&#233; de explicarlo&#46;</p><p id="par0090" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El deber legal de vacunarse representa&#44; <span class="elsevierStyleItalic">in abstracto</span>&#44; una opci&#243;n m&#225;s dura desde el momento en que impone una limitaci&#243;n al ejercicio de los derechos fundamentales &#8211;y ello conecta con la visi&#243;n &#233;tica igualmente&#8211; <a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0110"><span class="elsevierStyleSup">7</span></a>&#46; Lo que ocurre es que&#44; en funci&#243;n de su concreci&#243;n&#44; su grado de rigor puede ser diverso y condicionar&#44; por ende&#44; de una manera muy distinta la libertad de cada cual&#46; Bastar&#225; reparar para ello en dos elementos&#46;</p><p id="par0095" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El primero&#58; las consecuencias del incumplimiento&#46; Muchas veces&#44; la respuesta ante el incumplimiento del deber de vacunaci&#243;n no se vehicula a trav&#233;s de la compulsi&#243;n sobre las personas&#44; sino que se reconduce al terreno de la sanci&#243;n&#46; De modo que la dureza del sistema depender&#225; en &#250;ltima instancia de la configuraci&#243;n de dicha sanci&#243;n &#8212;de su naturaleza&#44; penal o administrativa&#44; y de su contenido&#8212;&#46; Si la consecuencia por incumplir el deber de vacunarse es&#44; pongamos por caso&#44; el pago de una multa monetaria baja&#44; es llano que la afecci&#243;n a la libertad&#44; <span class="elsevierStyleItalic">in concreto</span>&#44; puede ser poco trascendente &#8212;descontando&#44; sobre ello&#44; la relatividad del impacto seg&#250;n la capacidad econ&#243;mica del afectado&#8212;&#46; A&#241;adamos un segundo elemento&#58; en ocasiones&#44; el deber legal de vacunarse viene acompa&#241;ado por una serie de excepciones o exenciones que pueden ser de diversa &#237;ndole&#46; Cuando esto ocurre&#44; la dureza del deber pasa a depender tambi&#233;n de la amplitud de la cobertura eximente&#58; si&#44; por ejemplo&#44; se permite objetar a la vacunaci&#243;n apelando a las convicciones personales&#44; se desvanece en buena medida la severidad inicial&#46; Sin olvidar&#44; en fin&#44; el inter&#233;s real en perseguir el incumplimiento&#46; La lenidad a la hora de exigir el cumplimiento del deber de vacunaci&#243;n ha de ser tenida en cuenta puesto que cabe que exista un&#160;<span class="elsevierStyleItalic">gap</span>&#160;entre lo que dictan las normas y la tolerancia de la Administraci&#243;n respecto de su incumplimiento&#44; especialmente cuando no peligran las tasas de cobertura comunitaria&#46; Por todo ello&#44; el estudio comparado de los sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria en el mundo ha puesto de manifiesto que no hay un modelo universal uniforme&#44; sino que existen importantes diferencias en el dise&#241;o&#44; lo que&#44; a la postre&#44; determina la aparici&#243;n de una &#171;escala de dureza&#187;&#46; Un interesante ensayo tendente a aislar los elementos o signos de dureza y ofrecer a su trav&#233;s una clasificaci&#243;n de los sistemas obligatorios puede verse en MacDonald et al&#46;<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0115"><span class="elsevierStyleSup">8</span></a>&#46;</p><p id="par0100" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleItalic">A priori</span>&#44; en cambio&#44; un sistema de vacunaci&#243;n recomendada se antoja una opci&#243;n m&#225;s blanda&#46; Sin embargo&#44; puede ocurrir que la recomendaci&#243;n se impulse a partir de est&#237;mulos &#8212;ayudas familiares&#44; por ejemplo&#8212; y que el acceso a esos est&#237;mulos represente econ&#243;micamente&#44; para todos o para los segmentos de la poblaci&#243;n con menos recursos&#44; una raz&#243;n importante y aun determinante de la conducta adoptada&#46; &#191;Puede decirse que la imposibilidad de acceder a una ayuda de <span class="elsevierStyleItalic">x</span> euros es m&#225;s blanda que el pago de una sanci&#243;n de <span class="elsevierStyleItalic">y</span> euros&#63; Es evidente que la respuesta depender&#225; de las cantidades que se escondan detr&#225;s de la <span class="elsevierStyleItalic">x</span> y de la <span class="elsevierStyleItalic">y</span>&#46;</p><p id="par0105" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El de la dureza de la obligaci&#243;n no es el &#250;nico apriorismo&#46; Otro que tambi&#233;n es com&#250;n apela a la <span class="elsevierStyleItalic">claridad</span>&#46; Se da por supuesto que el modelo obligatorio proporciona un tablero donde se conoce de antemano c&#243;mo pueden moverse las distintas piezas&#59; que es f&#225;cil adecuar la conducta de cada cual porque las reglas de juego est&#225;n claras&#46; Algo que no ocurre en el modelo recomendado&#44; que se presta por su propia idiosincrasia a la disparidad en las reacciones de los ciudadanos y a la consecuente dificultad de ofrecer respuestas y pautas uniformes&#46;</p><p id="par0110" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Convengo en que la indefinici&#243;n es el tal&#243;n de Aquiles de la recomendaci&#243;n<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0115"><span class="elsevierStyleSup">8</span></a>&#46; No en vano&#44; carecemos de un desarrollo doctrinal de esta figura y de su encaje dentro de las formas de acci&#243;n de la Administraci&#243;n&#58; &#191;qu&#233; es recomendar&#63; &#191;C&#243;mo se vehicula la recomendaci&#243;n&#63; &#191;Son todas iguales o pueden graduarse en raz&#243;n de su intensidad&#63; &#191;Qu&#233; responsabilidades se derivan por brindar una recomendaci&#243;n inexacta&#63; &#191;Y por no seguir una recomendaci&#243;n cuando desemboca en un da&#241;o prevenible&#63; Abundan interrogantes como estos hu&#233;rfanos de una respuesta clara en t&#233;rminos jur&#237;dicos&#46; Con todo&#44; me parece igual de discutible que el deber legal de vacunaci&#243;n sea&#44; por s&#237; mismo&#44; sin&#243;nimo de <span class="elsevierStyleItalic">lex certa</span>&#46;</p><p id="par0115" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Por de pronto&#44; conviene se&#241;alar que&#44; no pocas veces&#44; pa&#237;ses que adscribimos al modelo obligatorio carecen de una cl&#225;usula de obligatoriedad directa&#59; su car&#225;cter viene a deducirse de forma indirecta a partir de previsiones que hacen de la vacunaci&#243;n una condici&#243;n <span class="elsevierStyleItalic">sine qua non</span> en el acceso a servicios p&#250;blicos o comunitarios&#46; Y no solo eso&#46; Ya se ha se&#241;alado que el deber legal de vacunaci&#243;n puede venir acompa&#241;ado de alg&#250;n tipo de excepci&#243;n en la l&#237;nea de moderar o suavizar la obligaci&#243;n por razones de orden ideol&#243;gico o religioso &#8212;dejo aparte la excepci&#243;n por razones m&#233;dicas que entronca <span class="elsevierStyleItalic">in via recta</span> con la dignidad humana y resulta&#44; por ende&#44; indispensable&#8212;&#46; Excepciones que traen consigo la necesidad de ajustar el alcance y de trillar la seriedad del prop&#243;sito en su puesta en pr&#225;ctica&#44; lo cual&#44; huelga explicarlo&#44; puede causar roces y al cabo convertirse en fuente de incertidumbres&#46;</p></span><span id="sec0015" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0035">La juridificaci&#243;n de la vacunaci&#243;n en tanto que hecho complejo y m&#250;ltiple m&#225;s all&#225; de la obligaci&#243;n y&#47;o recomendaci&#243;n</span><p id="par0120" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La segunda idea que sostiene mi parecer es que la diferencia entre los sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria y recomendada no radica en la &#171;cantidad&#187; conveniente de ley&#46;</p><p id="par0125" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Est&#225; bastante extendida la representaci&#243;n seg&#250;n la cual el sistema obligatorio ser&#237;a por definici&#243;n un sistema f&#233;rreamente y profusamente legislado&#46; En contraste&#44; el sistema recomendado discurrir&#237;a en un terreno menos formal y con menor presencia de la ley&#46; Discrepo&#44; como ya he avanzado&#44; de una tal formulaci&#243;n&#46;</p><p id="par0130" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Ciertamente&#44; la interiorizaci&#243;n de la conveniencia de la ley resulta m&#225;s sencilla de asimilar bajo el signo de la obligaci&#243;n&#46; Al estatuir un deber legal de vacunaci&#243;n va a establecerse un l&#237;mite a una libertad&#44; algo que solo puede llevarse a t&#233;rmino en virtud de una ley&#44; seg&#250;n ense&#241;a la doctrina cl&#225;sica de los derechos fundamentales&#46; Siendo esto as&#237;&#44; dada la necesidad de interposici&#243;n del legislador&#44; digamos que se asume con naturalidad que&#44; en el texto legal correspondiente&#44; adem&#225;s de establecerse el deber de vacunaci&#243;n&#44; se entre a regular otro tipo de cuestiones conexas como la confecci&#243;n del calendario o la reparaci&#243;n solidaria de los da&#241;os vacunales&#46; Por esta raz&#243;n&#44; los pa&#237;ses provistos de un sistema de vacunaci&#243;n obligatoria acostumbran a tener una regulaci&#243;n m&#225;s acabada del hecho de la vacunaci&#243;n&#46; Podr&#237;amos decir que el postulado de la libertad como materia reservada a la Ley tiende a facilitar&#44; as&#237; sea por la propia inercia de tener que dar forma a un texto normativo&#44; la juridificaci&#243;n de la vacunaci&#243;n&#46;</p><p id="par0135" class="elsevierStylePara elsevierViewall">No ocurre lo mismo&#44; sin embargo&#44; all&#237; donde manda la recomendaci&#243;n&#46; Tiende a considerarse&#44; por el contrario&#44; que el discurrir de la vacunaci&#243;n no requiere de un cauce legal detallado en la medida en que descansa&#44; b&#225;sicamente&#44; en la adhesi&#243;n voluntaria de los ciudadanos&#46; Incluso llega a estimarse contraproducente la juridificaci&#243;n a causa del efecto disuasorio que se le achaca convencionalmente &#8212;aunque sea <span class="elsevierStyleItalic">sottovoce</span>&#8212; a la intromisi&#243;n de la ley por parte de otras disciplinas no jur&#237;dicas&#46;</p><p id="par0140" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Huelga explicar que&#44; con las lentes de un jurista puestas&#44; este discurso responde a una visi&#243;n sesgada y estereotipada de la ley &#8212;muy habitual&#44; por desgracia&#8212;&#46; Pero no es solo eso&#46; Sostener que la vacunaci&#243;n recomendada no requiere de atenci&#243;n legislativa puede traer consigo graves disfunciones&#46; Me limitar&#233; a esbozar los cinco desacordes que me parecen m&#225;s estridentes&#46;</p><span id="sec0020" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0040">La indefinici&#243;n de los roles de los distintos actores de la vacunaci&#243;n y&#44; se&#241;aladamente&#44; de la funci&#243;n promotora de las Administraciones sanitarias</span><p id="par0145" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El relegamiento de la ley a un segundo plano dificulta que se aclaren los roles de los distintos actores que intervienen en la vacunaci&#243;n&#44; contando con las propias Administraciones P&#250;blicas&#44; generando en ocasiones la impresi&#243;n de que el cariz del sistema debe simplemente contemplarse desde fuera&#44; sin interferir&#46; En otras palabras&#44; que la voluntariedad de la vacunaci&#243;n comporta una suerte de neutralidad del poder p&#250;blico&#44; lo cual es&#44; lisa y llanamente&#44; falso&#46; Interiorizar la funci&#243;n social de la inmunizaci&#243;n comunitaria implica adoptar una posici&#243;n a favor del hecho de la vacunaci&#243;n por parte de los poderes p&#250;blicos&#46; De entrada&#44; porque la vacunaci&#243;n exige de la organizaci&#243;n de un servicio p&#250;blico en grado de proporcionar acceso a las vacunas&#59; un acceso que&#44; en el ideal&#44; ha de tender a la universalidad&#44; equidad y gratuidad&#44; de manera que tocar&#225; a la Administraci&#243;n&#44; adem&#225;s de una labor prestacional&#44; marcada por las notas definitorias de todo servicio p&#250;blico&#44; incluida la regularidad y la adaptaci&#243;n&#44; despejar los posibles obst&#225;culos que entorpezcan dicho acceso en clave de igualdad&#46; Sin un servicio de vacunaci&#243;n potente&#44; sin vacunas p&#250;blicas gratuitas&#44; sin un cuerpo de profesionales sanitarios comprometidos con la inmunizaci&#243;n&#44; dif&#237;cilmente se abrir&#225; paso con &#233;xito un sistema de vacunaci&#243;n no obligatoria&#46; Pero no es solo eso&#46; A la Administraci&#243;n&#44; habida cuenta de la funci&#243;n social de la vacunaci&#243;n p&#250;blica&#44; que preserva el inter&#233;s general de evitar la propagaci&#243;n de enfermedades infecciosas&#44; le corresponde igualmente promover el uso de las vacunas&#46; Se sigue&#44; pues&#44; que en los sistemas de vacunaci&#243;n recomendada&#44; la Administraci&#243;n no debe estar nunca de brazos cruzados&#59; su papel es el de promotora&#44; fomentadora de la vacunaci&#243;n p&#250;blica<span class="elsevierStyleSup">c</span>&#46;</p></span><span id="sec0025" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0045">Las lagunas en la regulaci&#243;n de aspectos significativos de la vacunaci&#243;n</span><p id="par0150" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Tiende a olvidarse que la regulaci&#243;n de la vacunaci&#243;n no se ci&#241;e al establecimiento o no de una cl&#225;usula de obligatoriedad&#46; Hay muchas cosas que despejar fuera del debate sobre el deber legal&#46; El riesgo que se corre es precisamente desatender la regulaci&#243;n de esas otras cuestiones&#44; dej&#225;ndolas hu&#233;rfanas de un marco legal claro de referencia y abandon&#225;ndolas muchas veces en brazos del <span class="elsevierStyleItalic">Soft Law</span>&#44; de la jurisprudencia o&#44; en fin&#44; de la improvisaci&#243;n&#46; Como no hay que aprobar una ley formal para establecer un deber de vacunaci&#243;n&#44; no hay que preocuparse por legislar al respecto&#46; Este parecer es el que explica en &#250;ltima instancia que en Espa&#241;a&#44; sin ir m&#225;s lejos&#44; carezcamos de una regulaci&#243;n legal b&#225;sica acerca de la naturaleza&#44; contenido y procedimiento de confecci&#243;n del calendario de vacunaci&#243;n&#46; Cuestiones&#44; entre otras&#44; que&#44; como es f&#225;cil intuir&#44; no son menores y menos a&#250;n exclusivas del sistema obligatorio&#46; Despu&#233;s de todo&#44; medie un deber o un consejo&#44; hace falta un calendario de vacunaci&#243;n y&#44; por tanto&#44; bien habr&#225; que tomar decisiones al respecto&#44; algunas tan importantes como la determinaci&#243;n de qu&#233; vacunas se publifican<span class="elsevierStyleSup">d</span> y&#44; en consecuencia&#44; se integran en la correspondiente cartera de prestaciones sanitarias&#46; Solo interiorizando la profundidad de la vacunaci&#243;n en nuestros d&#237;as como servicio p&#250;blico podremos hacernos una idea de la cantidad de cuestiones que aguardan en su dise&#241;o&#58; &#191;Qu&#233; vacunas se adquieren&#63; &#191;A trav&#233;s de qu&#233; procedimiento&#63; &#191;Qui&#233;n las financia&#63; &#191;Qu&#233; profesionales pueden administrarlas&#63; &#191;D&#243;nde y c&#243;mo&#63; &#191;Qui&#233;n registra los datos&#63; Y as&#237; siguiendo&#46;</p><p id="par0155" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Aspectos relevantes que no se regulan expresamente y que crean vac&#237;os que no siempre se colman claramente mediante el auxilio del <span class="elsevierStyleItalic">Soft Law</span> o de la jurisprudencia&#44; lo cual crea zonas de incerteza y al cabo alimenta cierto tipo de posiciones que se sirven del desorden para atacar sin contemplaciones a la vacunaci&#243;n en su conjunto apuntando &#8212;como est&#225; cantado&#8212; a los d&#233;ficits de transparencia y a las eventuales contradicciones en el seno de la justicia&#46; Interesa notar que la regulaci&#243;n del hecho de la vacunaci&#243;n&#44; de hacerse cabalmente&#44; puede traer consigo un reforzamiento de la instituci&#243;n por efecto de los principios de buena regulaci&#243;n que hoy reclama el Derecho en la aprobaci&#243;n de las normas&#46; Y no solo de aquellos que tienen que ver con el fondo de la regulaci&#243;n &#8212;caso de la proporcionalidad&#8212; sino tambi&#233;n de los atinentes al procedimiento de elaboraci&#243;n&#44; entre los que encontramos a la participaci&#243;n y a la transparencia&#46; La transparencia es&#44; sencillamente&#44; crucial en la gesti&#243;n de la polic&#237;a de vacunaci&#243;n&#46; Con frecuencia&#44; los pa&#237;ses que han experimentado crisis en este orden han tenido en su origen alg&#250;n episodio de lesiones o efectos adversos cuya comunicaci&#243;n al p&#250;blico no ha sido bien gestionada<a class="elsevierStyleCrossRefs" href="#bib0120"><span class="elsevierStyleSup">9&#44;10</span></a>&#46;</p></span><span id="sec0030" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0050">La desatenci&#243;n a los contrapesos y&#44; se&#241;aladamente&#44; a la instauraci&#243;n de un sistema de responsabilidad patrimonial objetivo para los accidentes vacunales graves</span><p id="par0160" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Aun pesando indiscutiblemente m&#225;s lo bueno&#44; no podemos pasar por alto que la generalizaci&#243;n de los programas de vacunaci&#243;n trae consigo una serie de riesgos&#46; El m&#225;s visible viene conformado por los accidentes vacunales graves&#59; un fen&#243;meno que&#44; aun siendo rar&#237;simo&#44; dif&#237;cilmente podr&#225; eliminarse por completo de la ecuaci&#243;n&#58; las vacunas&#44; como cualquier otro medicamento&#44; no son inocuas y tampoco puede exigirse infalibilidad a los servicios de vacunaci&#243;n&#46; El caso es que&#44; a la luz de la obligaci&#243;n&#44; se tiende a comprender m&#225;s f&#225;cilmente que este tipo de lesiones deben resarcirse sobre la base de un canon objetivo basado en la redistribuci&#243;n de las cargas sociales&#46; Ciertamente&#44; la cristalizaci&#243;n de este postulado admite despu&#233;s muchas versiones&#44; cada una con sus pros y sus contras&#44; pero el resarcimiento objetivo se antoja en todo caso un <span class="elsevierStyleItalic">correlato naturaliter</span> de la obligaci&#243;n de vacunaci&#243;n&#46; Te&#243;ricamente&#44; as&#237; es&#44; pero en la pr&#225;ctica&#44; en cambio&#44; seg&#250;n evidencia el reciente estudio de Attwell et al&#46;<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0130"><span class="elsevierStyleSup">11</span></a>&#44; no todos los pa&#237;ses que cuentan con sistemas de vacunaci&#243;n obligatoria se han provisto de un r&#233;gimen legal acorde de responsabilidad objetiva&#46;</p><p id="par0165" class="elsevierStylePara elsevierViewall">No ocurre lo mismo&#44; desafortunadamente&#44; bajo el signo de la recomendaci&#243;n&#46; Desafortunadamente por cuanto que las razones que justifican la aplicaci&#243;n de un canon objetivo son&#44; ni m&#225;s ni menos&#44; las mismas&#58; la utilidad social del acto individual de vacunarse no experimenta ninguna rebaja por el hecho de que sea voluntario&#46; Pocas dudas plantea en t&#233;rminos te&#243;ricos que la reparaci&#243;n de las lesiones producidas en el marco de los programas de vacunaci&#243;n sistem&#225;tica debe abordarse aplicando un canon objetivo de responsabilidad<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0135"><span class="elsevierStyleSup">12</span></a>&#46; Se dan todos los presupuestos que reclama la teor&#237;a de la redistribuci&#243;n equitativa de las cargas p&#250;blicas y no es casual que se tome como ejemplo de libro para ilustrar en qu&#233; situaciones resulta procedente abrir paso a la responsabilidad objetiva de la Administraci&#243;n &#8212;recientemente&#44; resulta muy gr&#225;fico el trabajo de Rodr&#237;guez Fern&#225;ndez<a class="elsevierStyleCrossRefs" href="#bib0140"><span class="elsevierStyleSup">13&#44;14</span></a>&#8212;&#46; La cuesti&#243;n es que este consenso doctrinal carece en Espa&#241;a de un amarre normativo espec&#237;fico y&#44; hoy por hoy&#44; se sujeta gracias a la jurisprudencia &#8212; El <span class="elsevierStyleItalic">leading case</span> lo constituye a estos efectos la STS de 9 de octubre de 2012 &#40;recurso 6878&#47;2010&#41;&#8212;&#46; Como en otro lugar he defendido&#44; no es este un cabo suelto cualquiera&#59; la determinaci&#243;n del r&#233;gimen de indemnizaci&#243;n de los accidentes vacunales pasa por ser&#44; en mi opini&#243;n&#44; una de las bases del modelo de vacunaci&#243;n y es de fuerza&#44; por importancia y por mor de la claridad &#8212;tan relevante en este contexto&#8212;&#44; proveerle de una plaza legal<a class="elsevierStyleCrossRefs" href="#bib0145"><span class="elsevierStyleSup">14&#44;15</span></a>&#46;</p></span><span id="sec0035" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0055">La falta de vertebraci&#243;n de las distintas manifestaciones sectoriales del hecho de la vacunaci&#243;n</span><p id="par0170" class="elsevierStylePara elsevierViewall">La ausencia de un texto legal que se ocupe de regular la vacunaci&#243;n como objeto central sirve en bandeja el tratamiento disperso de los distintos apartados de la misma all&#237; donde&#44; sectorialmente&#44; la variable vacunal revista suficiente peso espec&#237;fico&#58; medicamentos&#44; profesiones sanitarias&#44; salud internacional&#44; etc&#233;tera&#46; Los riesgos de una tal dispersi&#243;n pueden intuirse con facilidad aunque el m&#225;s inquietante de todos estriba&#44; seg&#250;n lo veo yo&#44; en la ausencia de una idea com&#250;n compartida del hecho de la vacunaci&#243;n&#44; del inter&#233;s general que con ella se persigue y de los principios b&#225;sicos que han de informar su comprensi&#243;n&#46; Cabe&#44; esto es&#44; que se ofrezca una imagen de la vacunaci&#243;n que no sea enteramente coincidente en las distintas ramas del ordenamiento jur&#237;dico&#46;</p></span><span id="sec0040" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0060">El deslizamiento hacia el tratamiento puramente reglamentista de la vacunaci&#243;n</span><p id="par0175" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Hist&#243;ricamente&#44; en Espa&#241;a y en otros muchos pa&#237;ses&#44; la vacunaci&#243;n&#44; supuesto su perfil t&#233;cnico y cotidiano&#44; se conoce que es propensa a buscar el acomodo reglamentario&#44; que se antoja m&#225;s a la mano y adaptable&#46; Tan es as&#237; que&#44; en mi opini&#243;n&#44; se ha ido decantando&#44; as&#237; sea inconscientemente&#44; una idea resbaladiza&#44; todav&#237;a presente&#44; que no se corresponde con la entidad de la vacunaci&#243;n&#58; que es un tema a despachar en el marco de la reglamentaci&#243;n administrativa en sentido estricto&#44; aquella que identificamos con las cosas burocr&#225;ticas sin la enjundia necesaria para ser objeto de atenci&#243;n legislativa&#46; El riesgo de una tal inclinaci&#243;n salta a la vista y no es otro que pasar por alto que&#44; incluso en los sistemas en los que rige la recomendaci&#243;n&#44; existen elementos y engranajes capaces de provocar desajustes graves y fricciones con las libertades individuales&#59; contingencias todas ellas que solo de manera muy forzada pueden despejarse sin salir del plano reglamentario y que agradecer&#237;an&#44; por eso mismo&#44; de la presencia de amarres expresos en una Ley&#46;</p><p id="par0180" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Demostrativo de ello es lo que ocurre en Espa&#241;a a prop&#243;sito de las guarder&#237;as infantiles y la exigencia del certificado de estar vacunado como condici&#243;n para matricularse&#46; Esta instrumentalizaci&#243;n de la vacuna no se est&#225; haciendo efectiva por medio de ley formal&#46; A lo m&#225;s&#44; se establece por v&#237;a reglamentaria y&#44; en todo caso&#44; de manera muy discreta en el sentido de que no se concibe como un requisito cualificado que precise de desarrollos particulares sino como una exigencia m&#225;s de cara a cumplimentar la matr&#237;cula&#46; Acudir&#233; como muestra al caso gallego&#46; La supeditaci&#243;n del acceso a las escuelas infantiles a la previa acreditaci&#243;n de estar al corriente de la vacunaci&#243;n pedi&#225;trica se lleva a efecto por medio de una Orden<span class="elsevierStyleSup">e</span> &#40;Orden que se expresa en los siguientes t&#233;rminos&#58;</p><p id="par0185" class="elsevierStylePara elsevierViewall">&#171;El cumplimiento del calendario de vacunaci&#243;n infantil del Programa gallego de vacunaci&#243;n as&#237; como la formalizaci&#243;n de la matr&#237;cula es imprescindible para confirmar la plaza&#46; Si no se realizara la persona interesada decaer&#225; de su solicitud&#187; &#40;art&#46; 12&#46;2 <span class="elsevierStyleItalic">in fine</span>&#41;&#46;</p><p id="par0190" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Luego es de ver que el asunto se despacha en el terreno de la pura reglamentaci&#243;n procedimental&#46;</p><p id="par0195" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Como resultado tenemos que la relaci&#243;n entre la vacunaci&#243;n y la escolarizaci&#243;n en la etapa preescolar &#8212;aun siendo algo de la m&#225;xima relevancia&#8212; se resuelve en Espa&#241;a de una forma deslavazada&#46;</p><p id="par0200" class="elsevierStylePara elsevierViewall">No estoy censurando&#44; en cuanto al fondo&#44; la exigencia de vacunaci&#243;n en este contexto&#46; Los tribunales&#44; de hecho&#44; han avalado esta supeditaci&#243;n sobre la base de considerar que se busca preservar un fin leg&#237;timo como es la inmunidad de grupo &#8212;y la salud de los ni&#241;os m&#225;s expuestos al riesgo de contagio&#8212;&#46; El &#250;ltimo&#44; sin ir m&#225;s lejos&#44; la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n&#250;m&#46; 16 de Barcelona&#44; 445&#47;2018&#44; de 28 de diciembre&#44; confirmando la legalidad de la resoluci&#243;n de un Ayuntamiento que hab&#237;a denegado la inscripci&#243;n de un ni&#241;o no vacunado en una guarder&#237;a infantil municipal&#46; Interesa&#44; por lo que aqu&#237; se est&#225; tratando&#44; comprobar que el requisito de la vacunaci&#243;n ven&#237;a establecido en un Reglamento de R&#233;gimen interno&#46; No se hace cuesti&#243;n en la sentencia del rango que deber&#237;a ser preciso con vistas a fijar una limitaci&#243;n de este tenor&#46;</p><p id="par0205" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Pretendo&#44; eso s&#237;&#44; llamar la atenci&#243;n sobre la vertiente formal&#46; Me parece que una medida de este tenor es lo suficientemente relevante como para exigir una cierta cohesi&#243;n a nivel nacional pues ata&#241;e a las bases de la pol&#237;tica de vacunaci&#243;n y puede friccionar con el ejercicio de las responsabilidades parentales&#46; Argumentos que aconsejan sin falta la <span class="elsevierStyleItalic">interpositio legislatoris</span>&#46;</p></span></span><span id="sec0045" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0065">Final</span><p id="par0210" class="elsevierStylePara elsevierViewall">Despu&#233;s de todo lo dicho&#44; no es mi intenci&#243;n preconizar la necesidad de regular por regular y mucho menos sugerir que la calidad de un sistema de vacunaci&#243;n se mide por el peso de sus normas&#46; Ahora bien&#44; me parece indiscutible que la vacunaci&#243;n&#44; en raz&#243;n de su propia envergadura y dimensiones&#44; requiere de un cuerpo normativo con la densidad suficiente como para proporcionar previsibilidad&#44; cuando menos&#44; en las cuestiones capitales&#46; De ah&#237; la conveniencia&#44; a mi juicio&#44; de una ley de vacunaci&#243;n que&#44; poniendo en valor nuestro modelo recomendado y sus fortalezas&#44; est&#233; en grado de compensar los d&#233;ficits a los que acaba de hacerse menci&#243;n a fin de robustecer nuestro sistema frente a los embates actuales y futuros&#46;</p></span><span id="sec0050" class="elsevierStyleSection elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSectionTitle" id="sect0070">Conflicto de intereses</span><p id="par0215" class="elsevierStylePara elsevierViewall">El autor declara no tener ning&#250;n conflicto de intereses&#46;</p><p id="par0220" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSup">a</span> En la localizaci&#243;n de los pronunciamientos a los que a continuaci&#243;n se har&#225; menci&#243;n me ha resultado de gran ayuda la consulta a la base de datos en materia de jurisprudencia constitucional de la Comisi&#243;n de Venecia del Consejo de Europa<a class="elsevierStyleCrossRef" href="#bib0085"><span class="elsevierStyleSup">2</span></a>&#46;</p><p id="par0225" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSup">b</span> V&#233;ase el art&#46; 1&#46;4 del <span class="elsevierStyleItalic">Decreto-legge</span>&#44; de 7 de junio de 2017&#44; n&#46; 73&#44; y su conversi&#243;n en ley&#44; con modificaciones&#44; por la Recante disposizioni urgenti in materia di prevenzione vaccinale&#46; Legge de 31 de julio de 2017&#44; n&#46; 119&#46; Una medida que&#44; adem&#225;s&#44; fue valorada positivamente a los efectos de justificar la racionalidad de la reforma del sistema de vacunaci&#243;n llevada a cabo &#40;8&#46;2&#46;4 de la Sentenza Corte Costituzionale 5&#47;2018&#44; de 18 de enero&#41;&#46;</p><p id="par0230" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSup">c</span> De ah&#237; que&#44; en vez del sintagma &#171;vacunaci&#243;n voluntaria&#187;&#44; prefiera emplear el de &#171;vacunaci&#243;n recomendada&#187;&#44; que juzgo sem&#225;nticamente m&#225;s envolvente&#46;</p><p id="par0235" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSup">d</span> Publificar&#58; t&#233;rmino que en Derecho significa hacer algo de responsabilidad p&#250;blica&#46;</p><p id="par0240" class="elsevierStylePara elsevierViewall"><span class="elsevierStyleSup">e</span> Orden de la Conselleria de Pol&#237;tica Social de 8 de marzo de 2019&#44; por la que se convoca y establece el procedimiento de adjudicaci&#243;n de plazas del servicio de educaci&#243;n infantil para ni&#241;os y ni&#241;as de 0 a 3 a&#241;os en escuelas infantiles 0-3 de titularidad privada para el curso 2019&#47;20&#46;</p><p id="par0245" class="elsevierStylePara elsevierViewall">https&#58;&#47;&#47;www&#46;xunta&#46;gal&#47;dog&#47;Publicados&#47;2019&#47;20190315&#47;AnuncioG0425-080319-0002&#95;es&#46;pdf</p></span></span>"
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Información del artículo
ISSN: 15769887
Idioma original: Español
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