covid
Buscar en
Revista Colombiana de Ortopedia y Traumatología
Toda la web
Inicio Revista Colombiana de Ortopedia y Traumatología Tres niños y una flauta: la idea global de la justicia
Información de la revista
Vol. 30. Núm. 3.
Páginas 81-83 (septiembre 2016)
Compartir
Compartir
Descargar PDF
Más opciones de artículo
Vol. 30. Núm. 3.
Páginas 81-83 (septiembre 2016)
Editorial
Acceso a texto completo
Tres niños y una flauta: la idea global de la justicia
Three children and a flute: the global idea of justice
Visitas
4634
Juan Manuel Herrera A.
Director Editor, Revista Colombiana de Ortopedia y Traumatología, Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología
Este artículo ha recibido
Información del artículo
Texto completo
Bibliografía
Descargar PDF
Estadísticas
Texto completo

El desacuerdo no tiene que ser necesariamente superado. Puede permanecer como un importante aspecto constitutivo de nuestras relaciones con los otros y también como algo simplemente previsible a la luz de las mejores explicaciones de que disponemos sobre cómo surgen tales desacuerdos.

Bernard Williams1

Las relaciones entre seres humanos son difíciles de entender, explicar y analizar. En ellas participan elementos objetivos, marcados por el conocimiento, y subjetivos, marcados por las emociones individuales y los contextos geopolíticos del momento. Al final, el desempeño individual en las relaciones con otros congéneres es lo que denominamos conducta. La conducta no es nada más que la intersección entre los conceptos individuales de ley, ética y moral (y las buenas conductas nos permiten vivir en armonía en comunidad)2. Nuestra conducta, por tanto, está influida por una normativa institucional trascendental (ley), una normativa no necesariamente trascendental (ética) y una normativa no trascendental que en realidad podría ser definida como emocional (moral). El término trascendental hace referencia a aquello que está más allá de los límites naturales, que se deriva del ser y se aplica a otros seres. En el kantismo, dicho de un conocimiento, que no se ocupa tanto de los objetos como de nuestro modo de conocerlos, en cuanto es posible a priori. A eso se refiere la ley.

La ley es el instrumento mediante el cual se aplica justicia en todo sistema social, pero no necesariamente implica la existencia de equidad. Se puede tener una ley, pero esta puede no ser equitativa. Por ejemplo, la esclavitud fue legal durante mucho tiempo. Sin embargo, si se es afrodescendiente, evidentemente, cumplir con la ley sería absolutamente inequitativo. Cuando la esclavitud era legal, aquellos no afrodescendientes que consideraban la ley como injusta para el afrodescendiente eran considerados fuera de la legalidad. A pesar de ello, el hecho de estar fuera de la legalidad no necesariamente implica que no se tengan principios morales o éticos. Hoy día, en cualquier lugar del mundo, aquel que quiera ejercer la esclavitud está fuera de la legalidad porque ahora la esclavitud está prohibida universalmente. En muchas ocasiones, la ley genera inequidad y, cuando esta inequidad es demasiado grande, se generan movilizaciones de las personas para tratar de hacer algo más equitativa dicha ley. El sistema en que vivimos los seres humanos no es perfecto ni jamás será perfecto, porque los diagnósticos trascendentales establecidos por la ley para determinar procedimientos de aplicación de la ley no necesariamente son correctos o simplemente en ocasiones no son aplicables a los cambios contextuales en el entorno del ser humano. Una cosa eran las leyes antes de internet y las comunicaciones inalámbricas, y otra diferente es la ley en el contexto de la existencia de internet y las comunicaciones.

Si tratamos de escoger entre un Picasso y un Dalí, de nada sirve invocar un diagnóstico trascendental (aun si tal diagnóstico trascendental fuese factible), según el cual la pintura ideal en el mundo es la Mona Lisa. La idea es interesante, pero no tiene relevancia para la decisión.

Uno puede, por supuesto, dejarse tentar por la idea de una jerarquización de las alternativas desde el punto de vista de su respectiva cercanía a la elección perfecta, de tal suerte que una identificación trascendental pueda implicar también de manera indirecta una clasificación de las opciones que pueden elegirse. Dicho enfoque no es conducente; al contrario, nos lleva a un camino sin salida. Existen diferentes dimensiones, en las cuales difieren los objetos y las situaciones cotidianas, de modo que existe la cuestión adicional de evaluar la importancia relativa de las distancias entre las diferentes dimensiones en que dichos objetos o situaciones cotidianas existen.

Por ejemplo, una persona que prefiere el vino tinto al vino blanco puede preferir cualquiera de los dos en lugar de una mezcla de ambos aunque la mezcla de ambos vinos esté en un obvio sentido descriptivo más cerca del vino tinto que del vino blanco puro. Por ello, la identificación de una alternativa trascendental en realidad no ofrece solución al problema de comparar dos alternativas no trascendentales3.

Esta situación ocurre con frecuencia en una sociedad, cualquiera que esta sea: la sociedad colombiana en general, la Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología, el sector sanitario colombiano, etc. Surge entonces un ejemplo altamente ilustrativo de cómo deben manejarse tanto la justicia como la equidad, las cuales en realidad representan dos dimensiones diferentes de posibles situaciones cotidianas reales o hipotéticas que pueden vivir a diario las personas que forman parte de cualquier tipo de sociedad: tres niños y solamente una flauta4. El corazón de la resolución de cualquier problema (situación cotidiana) reside en la búsqueda de una solución imparcial única. Dicha solución imparcial única en una sociedad perfectamente justa usualmente no es sostenible, dadas las razones plurales y rivales que afronta la justicia misma de acuerdo con todas las posibles aspiraciones a la imparcialidad que no obstante difieren unas de otras y a menudo compiten entre sí. El ejemplo sencillo de tener tres niños: Jorge, Pablo y Alberto, y solo tener una flauta, y deber decidir quién debe quedársela es más que ilustrativo. Jorge es el único de los 3 niños que sabe tocar la flauta, es un intérprete consumado y él sostiene que precisamente por eso debe ser él quien conserve la flauta; los otros dos niños están de acuerdo en que Jorge es un intérprete consumado de flauta. Pablo es un artesano consumado y fue quien fabricó la flauta y, por tanto, piensa que es él quien tiene que conservarla; los otros dos niños confirman que, en efecto, Pablo fabricó la flauta. Alberto es un niño pobre, no tiene ningún juguete y la flauta sería para él su única posibilidad de tener algún tipo de diversión en el infernal mundo de pobreza en el cual le ha tocado nacer y vivir; los otros dos niños confirman que, en efecto, ellos tienen muchos otros juguetes y que Alberto es realmente pobre y no tiene ningún juguete. En cualquier sociedad organizada, los utilitaristas, los igualitaristas económicos, los teóricos de los derechos laborales o los libertarios pragmáticos opinarán que existe una sola solución justa y fácilmente detectable. Sin embargo, cada uno argumentará en favor de respuestas distintas y al tiempo obviamente correctas. En este caso en particular, no existirá ningún esquema social perfectamente justo e identificable del cual pudiere surgir un acuerdo imparcial. Un niño recibirá la flauta y los otros dos percibirán emocionalmente que la decisión legal no fue justa (inequidad).

¿Cómo resolver el problema entonces? Se creará una sola solución al conflicto (porque solo hay una flauta), la cual quedará determinada en la ley y la justicia, y se deberán aceptar socialmente dos diferentes inequidades (las de los dos niños sin flauta). No hay otra forma de resolver el conflicto. Se derivan de nuestro ejemplo dos conceptos diferentes: justicia y equidad. La justicia es, en sí misma, una serie de normas impuestas institucionalmente a la sociedad de manera trascendental como resultado de un pacto social aun cuando la sociedad misma no lo perciba como tal.

De alguna forma, la sociedad tendrá que entregar la flauta del ejemplo a alguno de los tres niños y en adelante quedará normativizado cómo resolver dicho conflicto u otros similares. Con el tiempo cambiarán las condiciones y las situaciones o contextos (alternativas trascendentales) y, por tanto, deberá modificarse también la normativa de la justicia desde el punto de vista institucional. En realidad, la necesidad de la comprensión de una justicia basada en los logros sociales, que tienen que ver con el argumento de que la Justicia no puede ser indiferente a las vidas que las personas realmente pueden vivir, genera una justicia misma mucho más equitativa, pero además también dinámica.

Es difícil entender que la justicia pueda ser dinámica, al igual que la política, pero, en efecto, debe serlo. Claro está que, a diferencia de la política, la justicia deberá propender altruistamente a generar equidad. Si se le entrega la flauta a Jorge (flautista consumado), muchos otros niños querrán también tocar flauta y, de esta forma, Pablo podrá crear una industria de flautas y con los impuestos que se le cobren a Pablo se le podrá regalar una flauta a Alberto.

En cambio, podría dejársele la flauta a Pablo, quien, al venderla, podría fabricar dos flautas, vender una y darle la otra a Jorge, y nuevamente podría fabricar otras dos, vender una y entregarle la otra a Alberto, y así sucesivamente. O finalmente, podría entregársele la flauta a Alberto, hacerlo feliz, y eliminar de esta manera la infelicidad del ambiente de los 3 niños; Pablo construiría así otras dos flautas, Alberto aprendería a tocar la flauta y podría salir de la pobreza gracias a ese oficio, y al final todos tendrían flauta y serían felices. O, por supuesto, podría dividirse la flauta en tres partes y entregar una parte a cada niño (solución salomónica), lo cual con seguridad haría infelices a los tres niños. Cobra entonces importancia la experiencia humana y sus realizaciones para tratar de resolver situaciones de conflicto.

Cuando se observa la naturaleza humana no solo hay que centrarse en las libertades que tiene el ser humano para escoger entre diferentes clases de vida. Ser capaz de razonar y escoger es un aspecto definitivo en la vida humana; por tanto, la libertad y las capacidades que tenemos para elegir y su correspondiente uso depende única y exclusivamente de nosotros, los seres humanos. Con todo, la libertad nos hace responsables por lo que hacemos. La capacidad, que es el poder de hacer algo, en este caso obliga a un deber, a una responsabilidad sobre nuestras acciones. De esta forma, la autonomía definida como la libertad y la capacidad de elegir nos hacen directamente responsables de aquello que elegimos. La autonomía nos lleva a buscar libremente la justicia sobre nosotros mismos, pero la justicia no consiste tan solo en soñar con conseguir o tratar de conseguir una sociedad o unos esquemas sociales perfectamente justos, sino también en evitar la injusticia manifiesta. Una forma fácil de imaginar la autonomía y sus relaciones con la justicia sería el ejemplo de: «no viajes bien, pero seguid adelante viajeros». Este ejemplo es especialmente relevante cuando se considera a la justicia en una dimensión diferente a la de la equidad; se puede impartir justicia, pero lo realmente importante es que esta justicia sea lo menos inequitativa posible.

Actualmente, las ideas de justicia, autonomía y mínima moralidad humanitaria cursan definidas mediante el institucionalismo trascendental. Si se quiere un mundo mejor, se tendría que reformar de manera global la idea de la justicia. Por ejemplo, reformar las leyes sobre patentes para hacer que medicamentos fiables y baratos estén disponibles para enfermedades crónicas en pacientes necesitados pero pobres constituye una cuestión clara de justicia global. Sin embargo, cuando las personas se agitan para exigir más justicia global, no están reclamando un humanitarismo mínimo ni se movilizan en favor de una sociedad mundial perfectamente justa, sino tan solo por la supresión de algunos arreglos escandalosamente injustos y por el avance de la justicia global. En otras palabras, las personas se movilizan para disminuir la inequidad y no para administrar mejor la justicia.

Esta reflexión es muy importante para nuestro futuro como colombianos y como médicos. Acabamos de recibir constitucionalmente una autonomía médica, pero ¿realmente sabemos qué significa? Significa una enorme responsabilidad. Debemos votar un referendo o plebiscito por la paz o por la guerra, pero ¿realmente sabemos qué estamos votando? En el caso de la paz, corresponde a mandatarios definir qué hacer o no. En el caso de la autonomía médica consagrada en la ley estatutaria en salud (Ley 1751 de 2015) nos corresponde directamente a nosotros los médicos: Arti¿culo 17. Autonomía profesional. Se garantiza la autonomía de los profesionales de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento de los pacientes que tienen a su cargo. Esta autonomía será ejercida en el marco de esquemas de autorregulación, la ética, la racionalidad y la evidencia científica.

Se prohíbe todo constreñimiento, presión o restriccio¿n del ejercicio profesional que atente contra la autonomía de los profesionales de la salud, así como cualquier abuso en el ejercicio profesional que atente contra la seguridad del paciente.

La vulneración de esta disposición¿ será sancionada por los tribunales u organismos profesionales competentes y por los organismos de inspección, vigilancia y control en el ámbito de sus competencias.

Parágrafo. Queda expresamente prohibida la promoción u otorgamiento de cualquier tipo de prebendas o dádivas a profesionales y trabajadores de la salud en el marco de su ejercicio laboral, sean estas en dinero o en especie por parte de proveedores, empresas farmacéuticas, productoras, distribuidoras o comercializadoras de medicamentos o de insumos, dispositivos y/o equipos médicos o similares.

¿Realmente estamos preparados los médicos para asumir la responsabilidad que se deriva de nuestras capacidades individuales y grupales para autorregularnos? La respuesta siempre va a ser individual, pero su aplicación será siempre social o, en este caso en particular, gremial, razón por la cual habrá acuerdos y desacuerdos entre los individuos que conforman el gremio. Al final, tendremos que definir nuestra conducta individual mediante una regulación ética, ajustada a una ley y a una moral que cada vez más se define a partir de principios económicos. Sin embargo, el desacuerdo no tiene que ser necesariamente superado. Puede permanecer como un importante aspecto constitutivo de nuestras relaciones con los otros y también, como algo simplemente previsible a la luz de las mejores explicaciones de que disponemos sobre cómo surgen estos desacuerdos.

Bibliografía
[1]
B. Williams.
Ethics and the limits of Philosophy.
Fontana, (1985), pp. 133
[2]
G. Ochoa Del Portillo.
Ética, moral y ley en medicina: la conducta médica.
Rev Colomb Ortop Trau, 27 (2013), pp. 8-10
[3]
J. Rawls.
La Justicia como equidad: una reformulación.
Paidós, (2002), pp. 132-134
[4]
A. Senn.
La idea de la Justicia.
Taurus, (2011), pp. 44-47
Descargar PDF
Opciones de artículo