0 - Áreas de Capacitación Específica y Radiología
Hospital Universitario Miguel Servet, Zaragoza, España.
Objetivo docente: Definir el concepto de área de capacitación específica, sus características generales, funcionamiento y vías de acceso, estableciendo el estado actual del tema y en el caso de nuestra especialidad evaluando las posibles situaciones en que sería interesante considerar este concepto.
Discusión: Las áreas de capacitación específica abarcan el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes, añadidos en profundidad o en extensión, a los exigidos por el programa oficial de una o varias especialidades en Ciencias de la Salud, siempre y cuando este conjunto de competencias sea objeto de un interés asistencial, científico, social y organizativo relevante. La formación en estas áreas se debe desarrollar en una unidad docente acreditada, a través de un ejercicio profesional programado, tutelado y evaluado, llevándose a cabo por el sistema de residencia. De un modo global, el acceso al diploma podrá producirse mediante una formación programada, o a través del ejercicio profesional específicamente orientado al área correspondiente. Para la creación de un área de capacitación específica deberán concurrir los siguientes requisitos: Que represente un incremento significativo de las competencias profesionales exigidas por los programas oficiales de las especialidades implicadas en su creación. Que exista un interés asistencial, científico y social relevante sobre el área correspondiente, que requiera la dedicación de un número significativo de profesionales y que exija un alto nivel de competencia vinculado a la alta especialización de la atención sanitaria. Que las competencias de los especialistas con diploma de capacitación específica no puedan ser satisfechas a través de la formación de otras especialidades o de otros diplomas de capacitación específica. En la actualidad se reconocen las siguientes áreas de capacitación específica: Enfermedades Infecciosas (podrían acceder especialistas en Medicina Interna, Microbiología, Neumología y Pediatría). Hepatología Avanzada (acceso desde las especialidades de Aparato Digestivo y Medicina Interna). Neonatología (acceso desde Pediatría y sus Áreas Específicas). Urgencias y Emergencias (acceso desde las especialidades de Medicina Interna, Medicina Intensiva, Medicina Familiar, Anestesiología y Reanimación). En el caso de Radiodiagnóstico desde hace años se intenta el reconocimiento de las áreas de Radiología Vascular e Intervencionista, Neurorradiología y Radiología Pediátrica, en cuanto que se considera cumplen los requisitos anteriormente expresados.
Referencias bibliográficas
Real Decreto 639/2014. BOE 6 de agosto de 2014.
Del Campo L, Gómez León N. Comisión Nacional de la especialidad de Radiodiagnóstico. ¿Qué es y para qué sirve? Radiología. 2010;52:241-6.