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Vol. 13.
Páginas 663-665 (enero 2013)
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Reseña del libro
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Nicolás Boeglin*
* Profesor de Derecho Internacional Ambiental, Cátedra UNITAR, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
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Esta obra reúne contribuciones de especial interés en el campo ambiental, tanto por parte de autores confirmados de amplia trayectoria como también de jóvenes valores de la ciencia jurídica, y merece ser saludada por varias razones. En primer lugar, porque “viene a cubrir el vacío doctrinal en lengua española” (en palabras de sus editores, p. XX-VIII) en la literatura especializada en derecho internacional ambiental de carácter general: esta situación obliga a muchos autores hispanoparlantes referirse a obras generales (y también no tan generales) escritas en otros idiomas que la lengua castellana. Además, el libro pretende dar “una visión desde Iberoamérica” de esta compleja materia (como bien lo señala su título) a partir de la profusa y variada experiencia vivida en el continente americano. Las características geológicas, hidrogeológicas, geográficas y culturales combinadas con los desafíos ambientales contemporáneos “han hecho de América una región pionera en el desarrollo del derecho ambiental”, como bien lo apuntan en su Prólogo Cletus. I. Springer y Claudia S. de Windt, director y jefe de la Sección de Derecho Ambiental del Departamento de Desarrollo Sostenible de la OEA respectivamente (p. XIX).

Todas las contribuciones tratan de manera general algún componente de esta variada materia. La primera parte (o “Parte General”) permite situar al lector los problemas generales: un estudio sobre los orígenes y evolución del derecho ambiental internacional (José Juste Ruiz), sus fuentes (Zlata Drnas de Clément), la aplicación del mismo (Susana Borrás Pentinat), la responsabilidad internacional de los Estados por daño ambiental (Antoni Grau Solé), así como la llamada “gobernanza internacional” en la materia (Mar Campins Erija). La segunda parte de la obra (denominada “Parte Especial”) incluye: un estudio sobre la capa de ozono (Rosa Giles Carnero), el cambio climático (Michael Mehling y Arturo Brandt), la diversidad biológica (Susana Borràs Pentinat), los recursos marinos (Luisa Rodríguez Lucas), bosques y desertificación (Claudio Torres Nachón y Solange Teles de Silva). Apenas llegamos a la página 303, pero a continuación inicia una tercera parte (titulada “Parte trasversal”) la cual ofrece contribuciones sobre temas más álgidos como las negociaciones ambientales multilaterales (Rodolfo Godínez Rosales), la cooperación al desarrollo (Teresa Fajardo del Castillo), el comercio internacional y el ambiente (Francesco Síndico y Rosa M. Fernández Egea), la relación arbitraje de inversiones y ambiente (Marcos A. Orellana), la protección jurídica del derecho al ambiente (Claudia María Rojas Quiñonez), la protección del ártico (Joaquín Alcaide Fernández y Claudia Cinelli), la zona antártica (Maria Teresa Infante Caffi), el acuífero Guaraní (Maria Querol), así como la relación ambiente y los pueblos indígenas (Soledad Torrecuadrada García Lozano). Estas magníficas 19 contribuciones de renombrados autores y de jóvenes juristas nos ofrecen de esta manera un estupendo abanico de análisis sobre un tema en constante evolución. Una “bibliografía general, jurisprudencia e instrumentos de derecho internacional del medioambiente” (pp. 548–554) confirma lo dicho con anterioridad: la gravísima laguna de obras generales (pero también específicas) en idioma castellano, la cual de igual manera se deja entrever en las breves bibliografías al final de cada una de las contribuciones (con excepción de la última sobre pueblos indígenas).

Debemos agradecer al templo del derecho internacional que constituye la Academia de Derecho Internacional de La Haya, puesto que sirvió de punto inicial de encuentro a estos jóvenes investigadores responsables de esta publicación. Nos atrevemos incluso a pensar que el sentimiento de frustración de varios de ellos (que participaron en agosto/septiembre de 2008 a la sesión del “Centre de Recherches et d'Etudes” sobre los problemas del derecho internacional del ambiente) al tener que redactar sus “papers” en inglés o en francés explica en parte la razón de ser de esta magnifica obra en idioma castellano. En este sentido hay que saludar a los autores brasileños el detalle de haberse ceñido al idioma castizo en sus escritos, de manera a ofrecer al lector este estupendo esfuerzo colectivo.

Como bien lo indica el maestro Antonio Remiro Brotóns en su Prólogo (el cual, lejos de ser “una filigrana, un arabesco, un pálpito”, según su autor, amerita por sí solo ser considerado como un insumo de lectura obligada al iniciar), “para las /horas/ de la formación cívica profesional, este libro satisface plenamente el canon de la excelencia” (p. XXV). Con semejante valoración, no queda más que felicitar a los editores de esta publicación por ofrecer lo que posiblemente se convierta en una referencia obligatoria en nuestro ámbito, y recomendarles una difusión en todo el continente, incluyendo el uso de modernas técnicas de información para facilitar su acceso al texto completo.

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