Introducción
Éste es el cuarto y último artículo de la serie «Motivación y carrera profesional en medicina de familia». En él plantearemos unas propuestas referidas a un plan de carrera profesional (CP) para el médico de familia que complementan las que se presentaron en el tercero de la serie1, cuya lectura previa a la del presente artículo recomendamos. Básicamente, las propuestas se relacionarán, por un lado, con los niveles de la carrera, su nomenclatura, sus perfiles profesionales y laborales y los requisitos para promocionar o estancarse en cada uno de ellos. Por otro lado, haremos una propuesta acerca de las características de los diferentes procedimientos de recertificación de la competencia asociados a cada uno de los niveles de la carrera.
Propuesta de niveles para la carrera profesional del médico de familia
El plan de CP que proponemos (tabla 1) distingue 5 niveles con un tiempo mínimo de permanencia de 6 años en cada uno de ellos, excepto en el quinto. Para iniciar el plan (nivel 1) sería necesario superar un procedimiento de «simple» certificación de la competencia (prueba final tras el período MIR)2,3. Para ascender a los siguientes niveles se precisaría superar, además del tiempo mínimo de permanencia, el procedimiento de recertificación (prueba objetiva y baremo de méritos) correspondiente. El grado de exigencia tanto de la prueba como del baremo sería proporcional al nivel al que se promocione y ajustado al perfil profesional de cada nivel.
En todos los niveles sería posible el estancamiento en una categoría por un tiempo indefinido y superior al mínimo de permanencia. En los dos primeros niveles, el estancamiento estaría condicionado a la superación periódica, cada 6 años y hasta los 50 años de edad, de procedimientos de recertificación correspondientes al nivel de estancamiento. Sin embargo, una vez alcanzados los niveles 3, 4 o 5, no sería necesaria la recertificación periódica para mantenerlos.
Dado que la carrera se concibe como un motivador profesional, dentro de la misma categoría la antigüedad no prevalecería sobre los méritos. Dentro de cada categoría prevalecería aquel profesional que acreditara mayor o mejor bagaje de méritos (docencia, investigación, formación continuada, actividad asistencial, gestión clínica, etc.). Las características de cada uno de los niveles se recogen en la tabla 2.
Perfil profesional y laboral de los distintos niveles
Pensamos que es necesaria una aproximación a los perfiles profesionales y a las condiciones laborales de los diferentes niveles de la CP del médico de familia. La evolución de las unidades docentes de medicina de familia hacia su integración en las estructuras de gestión de área4 o su desaparición y simultánea creación de los servicios de atención primaria5 podría ayudar a una mejor definición de dichos perfiles.
Cada una de las 5 categorías tendría un perfil profesional y de condiciones laborales sustancialmente distintos. Estos perfiles se sustentan en el supuesto de que las tareas de gestión y organización de la formación continuada, investigación y docencia a estudiantes, residentes y otros profesionales se integrarían en la estructura de gestión puramente administrativa del área sanitaria, como un conjunto interconectado y coordinado. Este modelo también se ajustaría bien, probablemente mejor, a la creación de los servicios de atención primaria propuesta por Martín-Zurro5.
Las condiciones laborales y las retribuciones mejorarían a medida que el profesional ascendiera de nivel. Las responsabilidades también crecerían asociadas a las funciones y deberes de cada una de las categorías y, por tanto, también serían mayores a medida que se promocionara de nivel.
Aunque las categorías conlleven progresivos aumentos retributivos, este no sería el principal incentivo. La carrera que proponemos es, en sí misma, un incentivo, consecuencia de los perfiles profesionales y laborales de las distintas categorías.
Para la consecución de las máximas categorías de la carrera (cuarta y quinta), sería condición indispensable la dedicación exclusiva al SNS mientras el profesional se encontrara en alguna de ellas. Este requisito no sería exigible en las dos primeras y parcialmente exigible en la tercera. El compromiso con la organización en aquellos niveles con mayores responsabilidades pensamos que debe ser un requisito que habría que recompensar adecuadamente.
Cualquier profesional podría renunciar al nivel de CP que hubiera alcanzado y ubicarse en alguno de los inferiores. Perdería los derechos y mejoras asociados al nivel abandonado y se encontraría sometido a las obligaciones y condiciones del nivel en el que definitivamente se ubicara.
Las condiciones laborales y el perfil profesional asociados a cada uno de los niveles de carrera se recogen en el anexo 1.
Convocatorias, periodicidad y características de los procedimientos de recertificación
Las convocatorias de los procedimientos de recertificación serían anuales, y en ellas tendrían cabida los correspondientes a las distintas categorías de la carrera. Las convocatorias, de ámbito estatal, serían gestionadas por una comisión especifica del Consejo Interterritorial. Es decir, anualmente se convocarían procedimientos de recertificación de la competencia apropiados a cada uno de los niveles de la CP.
Todos los procedimientos de recertificación tendrían dos partes: una prueba objetiva (de conocimientos, habilidades y actitudes), complementada con un baremo de méritos (formación continuada, docencia, investigación, gestión clínica, actividad asistencial cumplimiento de objetivos pactados, etc.). El baremo de méritos sería condición necesaria para superar el procedimiento, pero no suficiente puesto que con el baremo no se podría compensar un mal resultado en la prueba objetiva. Y, a la inversa, una prueba brillante no podría compensar una manifiesta ausencia de méritos, sobre todo en los últimos niveles de la carrera. La dificultad y nivel de exigencia del procedimiento de recertificación (tanto de la prueba como de los méritos) aumentaría proporcionalmente conforme lo hiciera el nivel de CP con el que se relacionase y, además, sus contenidos se ajustarían al perfil profesional de cada nivel.
Los profesionales se presentarían a los diferentes procedimientos de recertificación con uno de los siguientes objetivos:
1. Disponer de la acreditación de la competencia profesional para poder incorporarse al sistema público sanitario en el ámbito de la atención primaria situándose en el primer nivel de CP. Se trataría de un procedimiento de certificación que sería necesario superar tras la finalización de la especialidad de medicina de familia y que se correspondería con la actual prueba final2,3, ahora voluntaria, y que en el contexto de este modelo de CP se convertiría en obligatoria. Los licenciados antes de 1995 no estarían obligados a superar dicho procedimiento de recertificación para poder iniciar su plan de carrera.
2. Mantener una determinada categoría profesional (niveles 1 y 2) en caso de estancamiento. Recordemos que los niveles 3, 4 y 5, una vez alcanzados, no precisan la superación de procedimientos de recertificación para mantenerlos.
3. Recuperar un nivel de CP perdido hace, al menos, un año (convocatoria anterior) por no haber superado el procedimiento de recertificación necesario para mantenerlo.
4. Promocionar al nivel 2 o al nivel 3.
5. Acceder a una plaza de nivel 4 o de nivel 5.
En el caso de los niveles 1, 2 y 3, no se convocarían «plazas», se convocarían anualmente procedimientos de recertificación de la competencia de ámbito estatal a los que se presentarían los profesionales con alguno de los cuatro primeros objetivos anteriores. Puesto que el número de profesionales situados en estos tres primeros niveles de la carrera no estaría predeterminado, un médico promocionaría a un nivel superior siempre que superara los mínimos requeridos por el procedimiento de recertificación (prueba objetiva y baremo de méritos) correspondiente a ese nivel. Al no convocarse «plazas», no habría movilidad y los profesionales no cambiarían físicamente de lugar de trabajo como consecuencia de la superación de estos procedimientos y ascenso de nivel.
Aquellos profesionales que, habiendo decidido estancarse en el nivel 1, no lograran mantener dicha categoría, no podrían seguir ejerciendo en atención primaria por considerarse que no habrían conseguido mantener el nivel mínimo de competencia exigible para trabajar en este ámbito. Uno de los principales objetivos de un sistema de recertificación de la competencia es mejorar la competencia de los menos competentes. Por lo tanto, a estos profesionales se les debería ayudar a recuperar ese nivel de competencia mediante programas de formación continuada dirigidos específicamente a este tipo de profesionales6,7.
Ejemplos
Un profesional que acaba de finalizar la especialidad de medicina de familia deberá superar la prueba final (equivalente al procedimiento de simple certificación de la competencia). Ello le permitiría incorporarse al ámbito laboral de atención primaria en el primer nivel de carrera.
Un profesional situado desde hace 6 años en el nivel 2 de CP podrá presentarse a un procedimiento de recertificación de la competencia apropiado al nivel 3, con el objeto de superarlo y acceder al nivel 3.
Un profesional perdió hace un año el nivel 2 al no haber superado el procedimiento de recertificación necesario para mantener dicho nivel. Entonces descendió y regresó al nivel 1. Este profesional, un año después del descenso, podría presentarse a un procedimiento de recertificación apropiado al nivel 2, y si lo superara, regresaría al nivel 2.
Un profesional, después de superar el tiempo mínimo de permanencia en el nivel 2, decide estancarse y no progresar. Este profesional, durante el tiempo que decida estancarse, deberá presentarse y superar, cada 6 años y hasta los 50 años de edad, el procedimiento de recertificación correspondiente a dicho nivel. Si no supera alguno de estos procedimientos periódicos de recertificación, descendería al nivel 1.
En el caso de los niveles 4 y 5, se convocaría un número plazas determinado en función de las necesidades expresadas por cada comunidad autónoma en el Consejo Interterritorial1. Por lo tanto, en este caso sí podría haber movilidad y algunos de los profesionales podrían cambiar de centro de trabajo, o incluso de servicio regional de salud, como consecuencia de la superación de la recertificación y acceso a una de estas plazas.
Estas convocatorias anuales consistirían en procedimientos de recertificación de la competencia específicos para los niveles 4 y 5. A ellos se presentarían los profesionales que pretendieran acceder a una plaza de nivel 4 o de nivel 5. La superación del procedimiento de recertificación correspondiente significaría el acceso a una de estas plazas. A las de nivel 4 sólo podrían optar profesionales que hubieran completado el nivel 3, y a las de nivel 5 únicamente podrían optar profesionales que hubieran completado el nivel 4.
Puesto que el número de plazas asociadas a estos dos últimos niveles de la carrera estaría predeterminado por la Administración, un médico promocionaría a uno de ellos al conseguir una plaza en competencia con otros profesionales. Ésta sería una diferencia sustancial con los procedimientos de recertificación correspondientes a los tres primeros niveles de la carrera. Mientras que para el acceso a alguno de estos primeros niveles no habría competencia entre los profesionales, para el acceso a plazas de los dos últimos niveles sí la habría. Por lo tanto, para el acceso a los máximos niveles (4 y 5) no bastaría con satisfacer «unos mínimos», como ocurría con el acceso a los tres primeros niveles. Para acceder a los máximos niveles el profesional debería rendir un buen procedimiento de recertificación para «colocarse» entre los mejores. Los mejores serían los necesarios para cubrir las plazas que se convocaran en cada una de las máximas categorías.
Mientras que el diseño y las convocatorias de los procedimientos de recertificación de la competencia se gestionarían en el ámbito estatal a través una comisión del Consejo Interterritorial1, la gestión del progreso y la monitorización del profesional en su plan de carrera particular se realizaría de forma descentralizada, que podría llegar al ámbito del área sanitaria. Las direcciones o gerencias correspondientes, a través de una comisión específica de área, monitorizarían la situación de sus profesionales dentro del plan de carrera y certificarían al organismo superior correspondiente (consejería de salud o INSALUD) quiénes poseen los requisitos necesarios para mantener su nivel o ascender, elevando las propuestas de mantenimiento, ascenso o descenso de categoría de cada profesional al organismo correspondiente.
Carrera profesional como elemento motivador para todos los médicos de atención primaria
La CP debería ser un elemento motivador para todos los médicos de familia que ejercen en la atención primaria española sin hacer distinciones entre aquellos con plaza en propiedad y contratados temporales (interinos, etc.), salvo que se quiera correr el riesgo de desincentivar comportamientos cooperativos y de colaboración. El modelo de carrera que proponemos sería obligatorio para los contratados temporales, pero voluntario para los profesionales con plaza en propiedad. Así, un propietario podría adherirse al plan de CP y situarse en la categoría que según la veteranía y los méritos le correspondiese. A partir de ese momento se vería sujeto a los mismos requisitos que afectaran a un contratado temporal, salvo aquellos que lesionasen derechos adquiridos. Con el objeto de no lesionar estos derechos, la adhesión voluntaria de un propietario al plan de carrera nunca le pondría en una situación de desventaja frente a aquel propietario que no lo hiciera. Es decir, un propietario voluntariamente adherido al sistema de carrera no perdería nunca el primer nivel de ésta y sus retribuciones no serían menores que las que recibiría si no se hubiera adherido. A los propietarios que voluntariamente no se adhiriesen al sistema de carrera, ésta no les afectaría. Evidentemente, este plan de carrera es difícilmente compatible con el sistema actual de provisión de plazas (concurso-oposición). De implantarse un plan de carrera como el que proponemos, el sistema de concurso-oposición para la provisión de plazas debería desaparecer y transformarse en un sistema de selección de profesionales para su incorporación al ámbito laboral de la atención primaria y a la carrera profesional, que debería complementarse además con mecanismos de movilidad voluntaria del personal mediante «traslados» basados en concursos de méritos entre los que el nivel de CP sería, obviamente, el más valorado.
Agradecimientos
Los autores están en deuda con las personas que han leído versiones previas de este manuscrito, contribuyendo con sus comentarios a mejorarlo, y en especial con Antonio Maiques Galán, Lorenzo Pascual López, Victoria Gosalbes Soler, Dionis Peñarroja González y Marisol Gaztambide Ganuza. A todos ellos hemos de darles las gracias, así como pedirles disculpas por perseverar en algunos criterios no compartidos unánimemente. Agradecemos también a Joaquín Martínez Hernández su apoyo documental.
Correspondencia: Juan Simó Miñana. Camino Viejo, 4. Urbanización Los Olmos-E. 03110 Mutxamel (Alicante). Correo electrónico: ju.simom@coma.es