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¿Debe haber límites legales o éticos para la maternidad por técnicas de reproducción asistida?
Should There Be Legal or Ethical Restrictions on Maternity Achieved With Techniques to Assist Reproduction?
Carmen Martínez Gonzáleza, Marta Sánchez Jacobb
a Servicio de Pediatría. Atención Primaria. Centro de Salud San Blas. Madrid. España.
b Servicio de Pediatría. Atención Primaria. Centro de Salud La Victoria. Valladolid. España.
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generalmente varones&#44; y se posiciona claramente en contra de la maternidad a edad avanzada por t&#233;cnicas artificiales&#44; aplicando el calificativo de &#171;altamente no &#233;tico&#187; a este evento&#46; Las razones que aduce en el caso concreto de la mujer rumana son embarazo de alto riesgo por la edad de la madre&#44; antecedente de un aborto y un mortinato&#44; con un episodio de urgencia vital&#44; edad de 66 a&#241;os y no tener pareja&#46; Adem&#225;s&#44; como factores de riesgo importantes a&#241;adidos&#44; expone que el ni&#241;o naci&#243; prematuro y las unidades de cuidados intensivos neonatales en Rumania no est&#225;n tan cualificadas como en otros pa&#237;ses&#46; Sugiere que si hay una pareja&#44; la suma de edades no debiera ser mayor de 130 a&#241;os&#44; y si se trata de una mujer soltera mayor de 55 a&#241;os&#44; que s&#243;lo pueda someterse a estas t&#233;cnicas despu&#233;s de un reconocimiento estricto&#46; En Estados Unidos no hay legislaci&#243;n clara al respecto&#44; a la hora de tener un hijo por m&#233;todos de reproducci&#243;n asistida&#44; algunas cl&#237;nicas contemplan hechos como edad&#44; enfermedades u orientaci&#243;n sexual&#44; y otras no&#46;</p><p class="elsevierStylePara">M&#225;s actual es el caso en nuestro pa&#237;s de una mujer de 67 a&#241;os&#44; tambi&#233;n sin pareja&#44; que da a luz gemelos en el Hospital de Sant Pau de Barcelona&#44; tras haberse sometido a una fecundaci&#243;n in vitro en una cl&#237;nica de Los &#193;ngeles &#40;Estados Unidos&#41;&#46; Esta mujer al parecer hab&#237;a falseado su verdadera edad al m&#233;dico que la trat&#243;&#44; haci&#233;ndose pasar por una mujer de 55 a&#241;os&#46;</p><p class="elsevierStylePara">En Espa&#241;a&#44; el importante avance cient&#237;fico en los &#250;ltimos a&#241;os&#44; el desarrollo de nuevas t&#233;cnicas de reproducci&#243;n y el aumento del potencial investigador&#44; entre otras cuestiones&#44; hicieron necesaria una reformulaci&#243;n de la Ley 35&#47;1988 de 22 de noviembre&#44; que dio lugar a la Ley 14&#47;2006&#44; de 26 de mayo&#44; sobre t&#233;cnicas de reproducci&#243;n humana asistida<span class="elsevierStyleSup">2</span>&#46; Esta ley explicita que las t&#233;cnicas de reproducci&#243;n asistida se realizar&#225;n solamente cuando haya posibilidades razonables de &#233;xito y no supongan riesgo grave para la salud f&#237;sica o ps&#237;quica de la mujer&#44; que deber&#225; haber sido informada previamente de las posibilidades de &#233;xito&#44; los riesgos y las condiciones de aplicaci&#243;n&#46; El art&#237;culo 4 recoge como condici&#243;n que la edad de la donante deber&#225; ser mayor de 18 a&#241;os&#44; adem&#225;s de estar en buen estado de salud psicof&#237;sica y plena capacidad de obrar&#46; En relaci&#243;n a la mujer receptora o usuaria de estas t&#233;cnicas&#44; la ley expresa que debe ser mayor de 18 a&#241;os y prestar su consentimiento escrito&#44; con independencia de su estado civil y orientaci&#243;n sexual&#44; y no hace menci&#243;n a l&#237;mite m&#225;ximo de edad&#46;</p><p class="elsevierStylePara">La realidad reconocida por la Ley es que la aplicaci&#243;n de estas t&#233;cnicas en nuestro pa&#237;s se ha desarrollado de manera especial en el &#225;mbito privado&#46; Desde este contexto y ante las demandas de pacientes posmenop&#225;usicas que solicitan tratamientos por t&#233;cnicas de fecundaci&#243;n in vitro&#44; tanto ANACER &#40;Asociaci&#243;n Nacional de Cl&#237;nicas de Reproducci&#243;n asistida&#41; como el Servicio de Medicina de la Reproducci&#243;n del Instituto Universitario Dexeus de Barcelona<span class="elsevierStyleSup">3</span> acordaron limitar a los 50 a&#241;os la edad de las mujeres para ser admitidas en un programa de donaci&#243;n de ovocitos para reproducci&#243;n asistida&#44; por ser &#233;sta una edad que coincide con el calendario biol&#243;gico en que la mayor parte de las mujeres inician la menopausia&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Nos parece necesario que se produzcan debates sobre estas cuestiones con el fin de ofrecer las m&#225;ximas garant&#237;as de salud para los pacientes y sus futuros hijos&#59; esto significa que desde la comunidad cient&#237;fica haya indicaciones claras para este tipo de tratamientos&#44; no exentos de riesgos&#44; y contraindicaciones m&#233;dicas que contemplen un l&#237;mite de edad m&#225;ximo en funci&#243;n del riesgo creciente con la edad&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Desde un an&#225;lisis &#233;tico&#44; esta situaci&#243;n de maternidad en edad muy por encima de lo que marca la biolog&#237;a es un hecho cuestionable&#44; ya que plantea un claro conflicto de valores&#58; el deseo de maternidad frente al derecho del futuro hijo a tener al menos un padre o una madre que puedan ocuparse de su crianza y ofrecer un compromiso afectivo duradero&#46; Un detalle muy gr&#225;fico es imaginar que en la adolescencia estos ni&#241;os tendr&#225;n una madre octogenaria&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Retomando el caso de la madre rumana&#44; el ginec&#243;logo que la atendi&#243; hab&#237;a valorado muy positivamente entre las motivaciones de esta mujer su gran determinaci&#243;n y fe en Dios&#46; Ambos motivos parecen excesivamente sesgados para el hecho que se cuestiona&#59; por esas mismas razones&#44; que justifican una decisi&#243;n tan compleja en creencias personales&#44; se podr&#237;a aceptar que una adolescente &#171;madura&#187; de 14 a&#241;os se sometiera a una inseminaci&#243;n&#44; o que personas ancianas pudieran adoptar un hijo&#46;</p><p class="elsevierStylePara">La biolog&#237;a marca unos l&#237;mites y parece de sentido com&#250;n que la ciencia no los desborde muy ampliamente&#59; por eso el l&#237;mite de edad que sugiere Caplan de 130 a&#241;os para la suma de edad de una pareja parece excesivo&#44; y 55 a&#241;os para una mujer&#44; quiz&#225;&#44; tambi&#233;n&#46; Es un hecho demostrado que biol&#243;gicamente por encima de los 40 a&#241;os aumenta progresivamente el riesgo del embarazo y el parto&#44; por tanto a los 66-67 a&#241;os&#44; superando con mucho los 40 a&#241;os&#44; el riesgo se multiplica&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Adem&#225;s de los aspectos biol&#243;gico y sanitario&#44; &#191;qu&#233; hay de fondo en el deseo de ser madre a esa edad&#63;&#44; &#191;cu&#225;l es la motivaci&#243;n&#63;&#44; &#191;tener compa&#241;&#237;a en la vejez&#44; realizar una fantas&#237;a de juventud prolongada&#44; comprobar que tu cuerpo responde&#63;&#59; posiblemente en el planteamiento de esas mujeres no cabe pensar que su futuro hijo es muy probable que no tenga madre a una edad en la que habitualmente se tiene y se necesita&#44; que no podr&#237;an jugar&#44; correr&#44; relacionarse con un ni&#241;o peque&#241;o con la energ&#237;a de la juventud&#59; que su hijo demandar&#237;a una madre&#44; no una abuela&#44; y que&#44; desde luego&#44; realizar una funci&#243;n parental &#40;en estos casos &#171;marental&#187;&#41;&#44; sin compartir de forma suficientemente buena con esa edad&#44; no es imposible&#44; pero tiene una gran dosis de utop&#237;a y dificultad&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Se podr&#237;a plantear hacer un paralelismo con la adopci&#243;n y contemplar unas condiciones similares a las que existen para adoptar un hijo&#46; En relaci&#243;n a la edad&#44; que la diferencia entre padres e hijo adoptivo no sea mayor de los 40 a&#241;os y superar un proceso de idoneidad&#46; Pero hay un hecho diferencial crucial&#44; y es que&#44; en el caso de la adopci&#243;n&#44; ya existe un ni&#241;o&#44; y las instituciones estatales tienen una responsabilidad directa sobre &#233;l&#44; hecho que obliga y genera deberes de provisi&#243;n&#44; supervisi&#243;n y atenci&#243;n por medio de una legislaci&#243;n clara y garantista&#46; Algunos autores opinan&#44; pues&#44; que no se puede hacer una analog&#237;a con la adopci&#243;n<span class="elsevierStyleSup">4</span>&#46;</p><p class="elsevierStylePara">El problema es complejo&#44; pero la injerencia en las decisiones privadas no debe ser desmesurada desde el derecho&#46; As&#237; como no aceptar&#237;amos que las leyes limitaran la edad a partir de la cual no deber&#237;amos tener hijos biol&#243;gicos&#44; en el caso de estas madres&#44; muy por encima de la menopausia&#44; parece prudente pensar que deber&#237;an orientar su decisi&#243;n desde la &#233;tica personal&#44; el equilibrio psicol&#243;gico y afectivo y la madurez responsable&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Pensamos que los l&#237;mites de edad competen a la ciencia y no al derecho&#46; En este caso&#44; a los ginec&#243;logos que&#44; con criterios de indicaci&#243;n o contraindicaci&#243;n de un tratamiento m&#233;dico&#44; puedan considerar&#44; entre otros&#44; la edad de la paciente&#44; tanto el l&#237;mite inferior de 18 a&#241;os como el superior&#46; En definitiva&#44; el argumento de mayor peso ser&#237;a no ser maleficente a la hora de aplicar un tratamiento&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Y por &#250;ltimo&#44; estar&#237;a la reflexi&#243;n sobre el hecho de que eventos as&#237;&#44; m&#225;s propios de un concurso tipo Guiness que del &#225;mbito sanitario&#44; deben ser objeto de reflexi&#243;n fundamentada y no s&#243;lo quedar al arbitrio de los medios de comunicaci&#243;n y la opini&#243;n p&#250;blica general&#44; donde impera un pensamiento escasamente cr&#237;tico&#44; poco maduro y responsable&#44; con gran influencia comercial y con un lema que expl&#237;cita e impl&#237;citamente es asumido de forma muy generalizada&#58; &#171;si usted quiere&#44; puede&#187;&#46; Ante esto la ciencia y la &#233;tica deben mantener la tensi&#243;n y el debate argumentado sobre si todo lo que se puede hacer t&#233;cnicamente se debe realizar &#233;ticamente&#46;</p><hr></hr><p class="elsevierStylePara">Correspondencia&#58; Dra&#46; C&#46; Mart&#237;nez&#46;<br></br> General Or&#225;a&#44; 32&#44; 5&#46;&#176; C&#46; 28006 Madrid&#46; Espa&#241;a&#46;<br></br> Correo electr&#243;nico&#58; <a href="mailto&#58;cmartinez&#46;gapm10&#64;salud&#46;madrid&#46;org" class="elsevierStyleCrossRefs"> cmartinez&#46;gapm10&#64;salud&#46;madrid&#46;org</a></p><p class="elsevierStylePara">Manuscrito recibido el 14-6-2007&#46;<br></br> Manuscrito aceptado para su publicaci&#243;n el 17-10-2007&#46;</p>"
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Información del artículo
ISSN: 02126567
Idioma original: Español
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