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Vol. 10. Núm. 3.
Páginas 48-49 (diciembre 2010)
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Plan de estudios de Logopedia de la Universidad de Granada
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Gloria Carballoa
a Departamento de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológico. Universidad de Granada. Granada. España.
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El 28 de septiembre de 2010 se puso en marcha en Granada el plan de estudios de Grado de Logopedia, que capacitará al alumno para el ejercicio profesional de la Logopedia. Este plan tiene un marcado carácter multidisciplinario, como puede observarse en la página web indicada en la bibliografía (véase la referencia del plan de estudios de Logopedia de la Universidad de Granada).

Ha sido elaborado por una comisión integrada por 21 miembros representantes de las áreas de conocimiento implicadas en la docencia de la actual titulación de la Diplomatura en Logopedia, estudiantes, así como una representación del Colegio de Logopedas de Andalucía, que durante muchos meses se han reunido para alumbrar el plan de estudios que ahora empieza a andar.

El plan se ha diseñado siguiendo las directrices trazadas en el Libro blanco de la titulación de Logopedia (ANECA, 2005) elaborado por los representantes de la titulación de Logopedia en España, reunidos durante los años 2003 y 2004, y se han tenido en cuenta las normas emanadas del Consejo Andaluz de Rectores, de la Junta de Andalucía, de la Secretaría de Estado de Universidades (Resolución de 5 de febrero de 2009) y del Ministerio de Educación y Ciencia (Orden CIN/726/2009, de 18 de marzo, BOE del 26 de marzo). En él se han tratado de paliar las carencias del anterior plan que se va extinguiendo curso a curso, y es consecuencia del consenso entre todos los representantes en la Comisión que diseñó el título. Finalmente, el 5 de noviembre de 2009 fue aprobado por la Junta de Centro de la Facultad de Psicología para su remisión al Vicerrectorado de Ordenación Académica de la Universidad de Granada.

Los 240 créditos ECTS del plan de estudios del Grado de Logopedia de la Universidad de Granada se distribuyen según el esquema siguiente:

Las enseñanzas del plan de estudios del Grado de Logopedia se estructuran en los tres grupos de materias siguientes:

1. Materias correspondientes a la Formación básica (60 créditos), que incluyen 6 materias integradas por 10 asignaturas, todas ellas de 6 créditos, que están repartidas en 48 créditos de la rama de Ciencias de la Salud, y 12 correspondientes a materias básicas no comunes a otros grados de Ciencias de la Salud (6 créditos de la rama de Artes y Humanidades, y 6 créditos de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas). Son los pilares fundamentales sobre los que descansa el conocimiento de la Logopedia, facilitando también la transferencia de créditos entre grados relacionados (módulo I).

2. Materias obligatorias (132 créditos), que incluyen las prácticas externas y el trabajo de fin de grado. En el módulo II se recogen los contenidos que versan sobre las alteraciones y los trastornos que afectan a la comunicación, el lenguaje, el habla, la voz y funciones orales no verbales (48 créditos). El módulo III abarca los contenidos sobre Evaluación y diagnóstico en logopedia, dividido en tres asignaturas de 6 créditos. El módulo IV de Intervención logopédica tiene 36 créditos ECTS obligatorios repartidos en 6 asignaturas, y que se impartirán en tercer curso del Grado de Logopedia (a excepción de una asignatura más generalista del módulo, que se imparte en el primer curso). En el módulo V (30 créditos en total) se incluyen contenidos prácticos que van a permitir al alumno poner en juego todos los aprendizajes adquiridos hasta ese momento, incluidos Habilidades profesionales y Prácticum, así como el Trabajo de fin de grado (incluidos en el cuarto curso).

3. Materias optativas, cuya oferta total es de 108 créditos, de los que los alumnos deben cursar 48, relacionadas con los ámbitos: clínico, de investigación y aplicación de la logopedia. La estructura de este módulo VI de Complementos de formación logopédica e Intervención en necesidades logopédicas especiales se impartirán en el último semestre del curso tercero y en el cuarto curso.

Como se indica en el apartado de Planificación de las Enseñanzas del documento verificado por la ANECA, los alumnos deben cursar 240 créditos estructurados en 4 años, según el plan propuesto, que incluyen todas las materias obligatorias (que junto con las prácticas y el trabajo de fin de carrera suponen 210 créditos, de los que 180 son obligatorios y comunes para todos los estudiantes andaluces) y todas las asignaturas optativas. De los créditos optativos, 6 pueden obtenerse mediante el reconocimiento de competencias transversales y/o participación en actividades deportivas, de voluntariado, etc. (artículo 12 del Real Decreto 1393/2007).

Entre los objetivos del plan se pretende, por una parte, lograr que los estudiantes tengan una mejor preparación para hacer frente a un mercado laboral cada vez más exigente y, por otra, que los estudios de logopedia españoles puedan asimilarse fácilmente a los correspondientes estudios que se imparten en el resto de las universidades europeas, tal como establece el Libro blanco de la titulación de Logopedia (ANECA, 2005).


Bibliografía general

ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación). Libro Blanco del título de Grado en Logopedia. Madrid: 2005. Disponible en: http://www.aneca.es/activin/docs/libroblanco_logopedia_def.pdf

Orden CIN/726/2009, de 18 de marzo (BOE de 26 de marzo de 2009), por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios que habiliten para el ejercicio de la profesión de logopedia.

Plan de estudios de Logopedia de la Universidad de Granada. Disponible en: http://vicengp.ugr.es/pages/_grados-verificados/4 1logopediaverificado

Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE de 30 de octubre de 2007), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Resolución de 5 de febrero de 2009 (BOE de 17 de febrero de 2009) de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de logopeda.

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