El libro Argumentos de la argumentación jurídica comienza afirmando que “argumentación es argumentar”, y efectivamente aclara que pese a lo que pudiera parecer no se trata de una redundancia. Muy al contrario, el tema de la argumentación jurídica se ha convertido en uno de los temas jurídicos de mayor actualidad en estos momentos. Resulta por lo tanto muy interesante contar con un libro como el que estamos comentando. Su originalidad estriba a mi parecer en el fondo y en la forma. Es original en cuanto al fondo porque presenta los principales modelos argumentativos que han proporcionado las escuelas jurídicas más importantes de todos los tiempos y que han sido y siguen siendo válidos. Y es original en cuanto a la forma porque presenta una perspectiva práctica hasta ahora no totalmente abordada, o al menos no con éxito.
Sus coordinares, la doctora Milagros Otero Parga de la Universidad de Santiago de Compostela (España) y el doctor Roberto Ibáñez Mariel de la Universidad Panamericana de México, Distrito Federal, advierten que con este estudio no han pretendido presentar trabajos sobre un autor concreto de esta o aquella escuela; tampoco han pretendido profundizar en sus teorías estudiadas como tales y mucho menos intervenir en las posibles discusiones que la posición de cada uno ha originado y sigue originando, en algunos casos, en relación con los posicionamientos de los otros. No se trata de saber qué teoría de la argumentación jurídica es mejor.
El objetivo real de este libro es ofrecer a los interesados, a los diferentes operadores jurídicos, elementos para construir su propio discurso, argumentando con calidad persuasiva. El resultado de este intento constituye a mi juicio la segunda gran aportación del libro que se incardina dentro de su faceta práctica. Lo cierto es que en la actualidad existen muchos libros de argumentación, pues se trata de una materia que está adquiriendo cada vez más presencia en la vida jurídica, pero muchos de estos libros lamentablemente se han convertido en aburridas exposiciones teóricas sobre autores y métodos de trabajo que resultan las más de las veces ininteligibles y en todo caso inaplicables en la diaria labor del jurista.
Y es que lo que precisa un jurista práctico no es conocer más teorías sino saber cómo usarlas para alcanzar el resultado que persigue. Es necesario aprender a exponer las ideas de forma lógica y ordenada porque sólo así habrá alguna posibilidad de que el auditorio a quien va dirigido el discurso, sea éste cual fuere, quede convencido y persuadido.
El libro que estamos comentando se estructura en diez capítulos a los que sigue una bibliografía general. Los autores de cada uno de los capítulos, todos ellos doctores en derecho, son expertos en las materias que presentan. Son investigadores de diferentes países, unidos por una forma de trabajo común. Y deseo detenerme un poco más en esta afirmación porque entiendo que es otro de los méritos del libro achacables, sin duda, a los coordinadores. Se refiere a que cada uno de los capítulos está tratado con similar forma de presentación, situación ésta que aporta un orden interno a la obra y que le proporciona un rendimiento intelectual mucho mayor. Cada uno de los autores ha sometido su trabajo al mismo esquema de presentación, de manera que lejos de escribir lo que de una u otra manera pudiera conocer sobre la escuela argumentativa objeto de comentario, ha sometido su exposición a unos criterios comunes a todas las aportaciones proporcionando así a la obra una unidad y utilidad encomiables y poco comunes.
El capítulo primero firmado por la doctora Milagros Otero Parga de la Universidad de Santiago de Compsotela (España) y una de las coordiandoras del libro, se ocupa de la presentación de los “Argumentos de la argumentación jurídica”. Éste es un artículo de carácter general muy útil para el desarrollo posterior de toda la obra que resulta por eso bien situado al principio de la obra.
El capítulo segundo escrito por el doctor Francisco Puy Muñoz también de la Universidad de Santiago de Compostela (España) inicia el repaso de la principales escuelas dialécticas de la historia con la exposición de las “Aportaciones de la dialéctica a la argumentación jurídica”.
El capítulo tercero firmado por el doctor Juan Abelardo Hernández Franco de la Universidad Panamericana de México, Distrito Federal, se ocupa de las “Aportaciones de la lógica a la argumentación jurídica”.
El capítulo cuarto se debe al doctor Luis María Bandieri de la Universidad Católica de Nuestra Señora de los Buenos Aires (Argentina). En él se exponen las “Aportaciones de retórica a la argumentación jurídica”.
El siguiente capítulo, el cinco, escrito por el doctor Joaquín Rodríguez-Lugo Baquero (del Instituto Tecnológico de Monterrey, de Atizapán en México), aborda las “Aportaciones de la tópica a la argumentación jurídica”.
En el capítulo sexto, el doctor Héctor López Bello de la Universidad Panamericana de México, Distrito Federal, se ocupa de las “Aportaciones de la hermenéutica a la argumentación jurídica”.
El capítulo séptimo a cargo del doctor Jorge Guillermo Portela de la Facultad de Derecho de la Universidad Santa María de los Buenos Aires (Argentina) estudia las “Aportaciones de las teoría del lenguaje a la argumentación jurídica”.
Con la exposición del capítulo séptimo se termina la parte del libro en la que se comentan las aportaciones de las principales escuelas argumentativas de la historia. Los tres capítulos siguientes se reservan para exponer las posibilidades de uso de los distintos argumentos dentro de las partes expositivas de los discursos argumentativos; es decir, de la parte expositiva o descriptiva, de la parte valorativa o calificativa y de la decisoria o normativa.
El capítulo ocho, escrito por el doctor Angelo Abrunhôsa del Instituto Tecnológico de Leiría (Portugal) muestra la “Argumentación jurídica y el discurso descriptivo”. Es decir, se ocupa de exponer la mejor manera de argumentar la descripción de los hechos que es la primera parte de un discurso ordenado.
El capítulo nueve, a cargo del doctor Roberto Ibáñez Mariel, de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana de México, Distrito Federal, aborda la “Argumentación jurídica y los valores”, es decir la parte calificativa de todo discurso que viene después de la descriptiva y prepara la calificación.
Por último, el capítulo décimo a cargo del doctor José Daniel Hidalgo Murillo de la Universidad Panamericana de México Distrito Federal, cierra el libro objeto de comentario exponiendo “La argumentación jurídica del discurso decisorio”. Esta última parte del discurso es la que manda, permite o prohíbe la realización de algo y por eso va en tercero y último lugar.
Cada uno de los capítulos se completa con una práctica; circunstancia ésta poco habitual, ya que le proporciona al libro un valor añadido grande. La práctica está dividida en dos partes o módulos diferentes; el primero invita a quien la realiza a analizar los argumentos jurídicos existentes en un discurso ajeno. La segunda, por el contrario, incita a la utilización de esos mismos argumentos pero en un discurso propio. La combinación de ambas formas de trabajo por capítulo proporciona a quien quiera aprender a argumentar un campo de trabajo completo que lo aleja del conocimiento estrictamente teórico para meterlo de lleno en la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos.
El libro Argumentos de la argumentación jurídica estudia una faceta de la experiencia jurídica de gran actualidad. Su planteamiento es original, completo y bien documentado. Presenta el valor añadido de haber sido escrito por profesionales del derecho con amplia capacidad investigadora. La coordinación del libro está muy bien hecha mostrando que coordinar un libro es algo mas que poner los artículos uno detrás de otro. El libro analizado presenta una unidad conceptual y expositiva digna de encomio. Pero sobre todo ofrece una exposición práctica que es a mi juicio uno de sus principales atractivos que lo hace un elemento aconsejable para cualquier operador jurídico que precise defender su posición tratando de convencer con su discurso.
Doctora en derecho por la Universidad de Alcalá, Madrid, es Máster en Comunidades Europeas por el Centro de Estudios Europeos de la Universidad de Alcalá, licenciada en derecho por la misma Universidad y experta profesional en e-learning 2.0 por la Universidad Nacional de Educación a Distancia, España. Es investigadora de tiempo completo en la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Veracruzana y miembro del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), México, nivel I. Ha sido directora de la Escuela de Derecho de la Universidad Anáhuac, Xalapa; directora de posgrado y extensión universitaria, responsable de relaciones internacionales y directora del Centro de Economía, Energía y Medio Ambiente de la misma Universidad.