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Vol. 20. Núm. 6.
Páginas 9-11 (junio 2001)
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Demasiada política
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J. ESTEVA DE SAGRERAa
a Director científico
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La organización autonómica del Estado y la asunción de las competencias de ordenación farmacéutica por parte de las comunidades autónomas, tal y como se ha realizado, tiene una doble lectura, a la vez positiva y negativa. Positiva, porque permite que cada comunidad autónoma se dote de la ordenación farmacéutica más acorde con su especificidad, sin quedar sometida a un criterio homogeneizador, que nunca puede contemplar todas las peculiaridades autonómicas. Los aspectos positivos disminuyen si se tiene en cuenta que se multiplican los escenarios farmacéuticos en un mismo estado y que se quiebra la unidad de la prestación farmacéutica. La visión adquiere tintes negativos al observar que los profesionales quedan a merced de aquello que legislen los parlamentos autonómicos. Éstos, en el caso de Extremadura, Castilla-La Mancha, Galicia y Navarra, han aprobado textos de dudoso acierto y discutible constitucionalidad. El acceso al ejercicio profesional, la posibilidad de traspaso, la rentabilidad de las oficinas y el valor del patrimonio representado por cada farmacia dependen de los criterios políticos de cada gobierno autonómico. Es absurdo que una misma profesión, en un mismo Estado, esté regida por casi una veintena de leyes autonómicas que difieren en los criterios de planificación geográfica. Que cada comunidad autónoma tenga su propia ley de ordenación farmacéutica no es incompatible con que todas ellas compartan unos criterios básicos, aquellos que deben regir en un mismo Estado en un tema esencial como la planificación de las farmacias. La actual ley estatal de oficinas de farmacia remite continuamente a su desarrollo autonómico y ello ha conducido a la indefensión de los farmacéuticos afectados por legislaciones autonómicas precipitadas, en las que prima el criterio político sobre el sanitario. Si todas las leyes de ordenación farmacéutica compartiesen unos criterios básicos de planificación, los farmacéuticos sabrían a qué atenerse y los escenarios autonómicos compartirían unas reglas comunes de juego, mientras no se modificasen los criterios estatales básicos. Es preciso encontrar un equilibrio entre la necesaria estabilidad de la profesión y la actividad normativa de las comunidades autónomas. Algunos farmacéuticos se exceden al reclamar como legislación básica del Estado aspectos que corresponden a las autonomías, pero es razonable sostener la conveniencia de que la titularidad-propiedad, el derecho al traspaso y la cifra mínima y máxima de distancias y habitantes de la planificación farmacéutica tengan carácter básico. Es lógico que las comunidades autónomas sean celosas de sus competencias y que los partidos de ámbito autonómico defiendan esa capacidad normativa, que nadie discute, pero también lo es que los farmacéuticos defiendan la estabilidad y coherencia del modelo farmacéutico español, que puede ser múltiple y diverso, como lo es, pero que no por ello ha de ser incoherente, contradictorio y disperso, como por desgracia ahora también es y debería dejar de ser. *





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