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Vol. 42. Núm. 6.
Páginas 291-314 (noviembre 2008)
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Vol. 42. Núm. 6.
Páginas 291-314 (noviembre 2008)
Valoración de la incapacidad laboral. Equipo de valoración de incapacidades
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S. Burgos-Ruiz de Castroviejoa, AM. Díaz-Garcíaa, J. Roldán-Leóna
a Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social. Unidad Médica del Equipo de Valoración de Incapacidades. Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Sevilla. Sevilla.
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Tablas (10)
TABLA 1. Composición del equipo de valoración de incapacidades
TABLA 2. Contingencias que causan incapacidad laboral
TABLA 3. Anexo 1. Cuadro de enfermedades profesionales.
TABLA 4. Anexo 2. Lista complementaria de enfermedades cuyo origen profesional se sospecha y cuya inclusión en el cuadro de enfermedades profesionales podría contemplarse en el futuro
TABLA 5. Calendario de la incapacidad temporal
TABLA 6. Control médico de la incapacidad temporal (IT) durante los primeros 12 meses
TABLA 7. Disconformidad a un alta médica emitida por resolución del Director Provincial
TABLA 8. Grados de incapacidad permanente
TABLA 9. Fases del procedimiento
TABLA 10. Documentos del procedimiento
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Figuras (8)
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Conocer el procedimiento de valoración de la incapacidad laboral adquiere gran importancia en todas las especialidades médicas, sobre todo para aquéllas que están más vinculadas al estudio de la discapacidad. Han existido a lo largo de la historia reformas continuas en esta materia. En este artículo hablaremos de los equipos de valoración actuales, sus funciones y su composición. Desde el punto de vista médico, los documentos básicos preceptivos para la toma de decisiones de los equipos de valoración de incapacidades (EVI) son el informe médico de evaluación de la incapacidad temporal (IMEIT) para la valoración de la incapacidad temporal y el informe médico de síntesis (IMS) para la valoración de la incapacidad permanente. Hemos querido clarificar las funciones de los diferentes profesionales dependientes de diferentes organismos implicados en el trámite de la incapacidad (médicos de Atención Primaria, médicos de las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, Inspectores Médicos del Servicio Público de Salud y Inspectores Médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social). También hemos querido resaltar la importancia que tiene la determinación de la contingencia (común o profesional) en ambas prestaciones, ya que va a influir en los requisitos exigidos para el derecho a las mismas y en su cuantía. En definitiva, podemos concluir diciendo que para la valoración de la incapacidad laboral nos basamos fundamentalmente en la descripción del puesto de trabajo, relacionándolo con las deficiencias y limitaciones orgánicas y/o funcionales que presenta el trabajador.
Palabras clave:
incapacidad temporal, incapacidad permanente, contingencias comunes, contingencias profesionales, informe médico de evaluación de incapacidad temporal, informe médico de síntesis, EVI, UMEVI, MATEPSS

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