En referencia al artículo de Valle-Leal et al., titulado «Índice cintura-estatura como indicador de riesgo metabólico en niños mexicanos» publicado en el volumen 87, número 3, páginas 180-185, cuyo objetivo fue identificar la capacidad del índice cintura/estatura (ICE) para detectar el riesgo metabólico en niños mexicanos en edad escolar, exponemos a continuación nuestra postura1.
En dicho artículo se señala en la sección metodológica que se categorizó en obesidad a aquellos participantes con un índice de masa corporal (IMC) igual o mayor al percentil 85 y obesidad abdominal con un ICE≥0,5. En el artículo de Rodea-Montero et al., de 2014 al cual se hace referencia en el texto, el punto de corte establecido en percentiles fue de 95 para obesidad, no de 85. En dicho artículo también estableció un punto de corte de ICE como predictor de síndrome metabólico, pero no fue de 0,5, si no de 0,62.
En el artículo de Browning, también referido en el trabajo de Valle-Leal et al., efectivamente se discute que un ICE de 0,5 puede ser un predictor de resistencia a insulina y de riesgo cardiovascular, pero este punto de corte no hace referencia a los individuos en edad escolar ni engloba al componente metabólico del síndrome homónimo.
En la discusión de Valle-Leal et al., se menciona que Arnaiz et al. en 2010 y Ashwell y Hsieh en 2005 recomiendan el empleo del punto de corte de 0,5 de manera universal. Sin embargo, Arnaiz et al., en su discusión, mencionan que el empleo del punto de corte universal de 0,5 no ha sido suficientemente validado y no debe hacerse extensivo a la edad prescolar, por lo que, en realidad, no apoyan la recomendación de emplear de manera universal dicho punto de corte. Por su parte, Ashwell y Hsieh, lejos de promover el empleo de un punto de corte universal, proponen en función de su revisión, diversos grados de riesgo considerando al ICE, en lugar de un único punto de corte universal3,4.
Valle-Leal et al., al hacer la aseveración de que el ICE «no varía con el general, la edad, ni con la maduración puberal», lo hacen citando el artículo de Arnaiz et al., de 2014, en el cual los autores especifican el rango de edad (6-14) al que se refieren en dicha aseveración5.
De acuerdo a los parámetros de referencia del centro de control de enfermedades (CDC por sus siglas en inglés), el percentil 95 en jóvenes de 2 a 19 años corresponde al punto de corte para obesidad (no el 85), y corresponde a un IMC de 30 en la edad adulta. Adicionalmente, el punto de corte en percentiles de IMC recomendado para identificar a aquellos con riesgo cardiometabólico es el percentil 95. Por tanto, la comparación entre percentiles de IMC e ICE como predictores de riesgo, deberían establecerse para IMC en el percentil 956-8.
Para sustentar suficientemente nuestra opinión, exponemos brevemente los resultados de un estudio recientemente finalizado por nuestro equipo de trabajo en la ciudad de Mérida, Yucatán, México, en el que empleamos una muestra probabilística de 3.243 escolares entre 6-12 años de edad. En dicho estudio, identificamos un total de 192 escolares que cumplieron con los criterios para ser tratados en la unidad para atención de enfermedades cardiometabólicas, cuyo valor de índice de ICE iba de 0,47 a 0,73 (media=0,57).
En nuestro estudio llevado a cabo en la ciudad de Mérida, el 22,7% de los niños se ubicó entre el percentil 85 y 94,9 (sobrepeso) y 22,2% por encima del percentil 95 (obesidad), de acuerdo a los criterios de la CDC, y aquellos en quienes se detectaron alteraciones cardiometabólicas fueron cuyo percentil se encontraba ≥97, lo cual sugiere que la proporción de individuos clasificados de forma errónea no es menor9.
Si se compara el valor predictivo del riesgo metabólico empleando el percentil 85 como si fuese el de obesidad y el de ICE de 0,5, es comprensible que el ICE resulte un mejor predictor, pues se estarían considerando como obesos a quienes no lo son bajo el parámetro de percentiles de IMC. Por otro lado, se estaría infiriendo que los valores metabólicos alterados en los niños por debajo del percentil 95 están relacionados a aspectos relacionados a su IMC o adiposidad, pudiendo generar que en la práctica clínica se atribuyan las alteraciones bioquímicas al IMC o adiposidad abdominal, corriéndose el riesgo de pasar desapercibida alguna alteración de etiología distinta. Es por estos argumentos que consideramos pertinente nuestra comunicación en referencia al artículo de Valle-Leal et al.