La producción legislativa y la aplicación del derecho son el resultado de la relación de fuerzas y del consenso entre los miembros de la comunidad jurídica, la sociedad civil y los profesionales. El conocimiento de los instrumentos internacionales de promoción de derechos y el ordenamiento jurídico interno en el campo de la salud mental deben permitir a los profesionales y técnicos asumir su papel de veedores para que la brecha entre las declaraciones formales y las prácticas efectivas sea cada vez menor. Su prioridad guarda relación con la creciente carga personal, económica y social; además de la fuerte carga de estigma y discriminación de la que han sido objeto las personas señaladas como enfermas mentales.
ObjetivoAnalizar los alcances de la Ley 1306 de junio de 2009, específicamente en lo atinente a los derechos civiles de las personas con discapacidad mental, en el marco de las convenciones internacionales suscritas por el país.
ResultadosAunque persisten grandes inconsistencias formales y prácticas para hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad mental, se emprende un camino, aún restringido, en su reconocimiento gradual.
ConclusionesEs urgente la acción y el fortalecimiento de la movilización social, a fin de asumir los desafíos y posibilidades del marco normativo y de lograr instalar la diversidad y pluralidad como condición de una real sociedad democrática.
Legislative production and law enforcement are the results of the balance of power and consensus among members of the legal community, civil society, and professionals. The knowledge of international instruments for promoting rights and domestic law in the field of mental health should enable technical professionals to assume their role as providers in order to reduce the gap between formal statements and actual practices. This priority is related to the growing personal, economic and social burden, in addition to the heavy burden of stigmatization and discrimination targeted at persons who have been identified as mentally ill.
ObjectiveTo analyze the scope of “Law 1306” of June 2009, specifically as it regards the civil rights of persons with mental disabilities, within the framework of international conventions signed by the country.
ResultsAlthough major formal and practical inconsistencies persist in making effective the rights of persons with mental disabilities, there is a beginning-still modest-in their gradual recognition.
ConclusionsIt is urgent to act and to strengthen social mobilization in order to face the challenges and the possibilities of the normative framework and to achieve the development of diversity and plurality as a condition of a real democratic society.
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