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Inicio Revista Española de Geriatría y Gerontología Sobre la atención sociosanitaria en España
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Sobre la atención sociosanitaria en España
On the social-health care attention in Spain
M. Aznar López
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de otro lado&#44; en las repercusiones financieras que conlleva la fragmentaci&#243;n de ambos sectores&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Desde la perspectiva de las necesidades&#44; la inadecuaci&#243;n de la respuesta se manifiesta en circunstancias tales como la prolongaci&#243;n injustificada de la ocupaci&#243;n de camas hospitalarias para enfermos agudos por parte de personas mayores que no requieren este tipo de asistencia&#44; con la repercusi&#243;n consiguiente en el rendimiento del hospital&#44; fen&#243;meno que&#44; desde luego&#44; no ser&#237;a privativo de Espa&#241;a&#44; ya que se dar&#237;a en otros pa&#237;ses europeos &#40;1&#41;&#46; Otra manifestaci&#243;n es la permanencia&#44; en establecimientos de salud mental&#44; de personas que no requieren asistencia psiqui&#225;trica&#44; habiendo mostrado las investigaciones realizadas en Espa&#241;a que un significativo porcentaje de los pacientes internados en los hospitales psiqui&#225;tricos han sido personas con retraso mental o personas mayores sin una patolog&#237;a psiqui&#225;trica activa y que&#44; por tanto&#44; deber&#237;an haber sido atendidas&#44; respectivamente&#44; en centros para minusv&#225;lidos ps&#237;quicos y en establecimientos geri&#225;tricos &#40;2&#41;&#46; Por &#250;ltimo&#44; hay razones fundadas para sostener que son insuficientes los recursos espec&#237;ficos para quienes se encuentran a caballo de los servicios sanitarios y de los servicios sociales&#44; como es el caso de las personas con trastornos mentales asociados a distintas discapacidades &#40;3&#41;&#46;</p><p class="elsevierStylePara">La l&#243;gica &#173;&#191;o acaso cuadrar&#237;a mejor hablar de la il&#243;gica&#63;&#173; de la relaci&#243;n que se establece entre los servicios sanitarios y los servicios sociales est&#225; condicionada tambi&#233;n por la pretensi&#243;n de reducir los costes de la sanidad y por la insuficiencia de la respuesta que ofrecen los servicios sociales&#46; As&#237; las cosas&#44; desde el sector sanitario se denuncia que el mismo presta asistencia a casos que deber&#237;an ser tratados en el sector social&#59; pero desde este sector se ofrece una resistencia a asumir esta atenci&#243;n&#44; ante la limitaci&#243;n de los recursos disponibles&#46; Las consecuencias&#44; en ocasiones&#44; no son ya la inadecuaci&#243;n de la respuesta ofrecida&#44; sino incluso la falta de soluciones alternativas&#46; La desinstitucionalizaci&#243;n operada en el marco de la reforma de la atenci&#243;n a la salud mental y de la asistencia psiqui&#225;trica es un buen ejemplo de ello&#44; ante la falta de estructuras intermedias y de recursos sociales en n&#250;mero suficiente como para poder ofrecer una alternativa real a la dr&#225;stica disminuci&#243;n de camas en los hospitales psiqui&#225;tricos&#46; En el sentido inverso&#44; tampoco faltan ejemplos de asunci&#243;n de prestaciones sanitarias por el sector social&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Pero los inconvenientes no se ci&#241;en a la articulaci&#243;n de respuestas en escasa armon&#237;a con las necesidades que deben cubrirse&#44; sino que tambi&#233;n tienen un reflejo en el &#225;mbito financiero&#46; La disociaci&#243;n entre los sectores sanitario y social lleva&#44; en efecto&#44; a aplicar una l&#243;gica basada en la acumulaci&#243;n&#44; conforme a la cual las nuevas prestaciones vienen a sumarse a las anteriores&#44; sin que exista una reasignaci&#243;n de los recursos disponibles que tome en consideraci&#243;n conjuntamente las necesidades emergentes y los medios existentes&#46; La fragmentaci&#243;n entre ambos sectores lleva a la rigidez en la distribuci&#243;n de los recursos&#44; al existir resistencias para la reasignaci&#243;n de los mismos&#44; a trav&#233;s del trasvase de un sector al otro &#40;4&#41;&#46;</p><p class="elsevierStylePara">A la hora de buscar soluciones a los inconvenientes referidos&#44; no tengo noticias de que se ha haya planteado en Espa&#241;a la posibilidad de hallarla en la integraci&#243;n de los servicios sanitarios y de los servicios sociales&#44; al estilo de la opci&#243;n por la que se decant&#243; en Canad&#225;&#44; en el a&#241;o 1971&#44; la provincia franc&#243;fona de Quebec&#46; En efecto&#44; la Ley sobre los servicios de salud y los servicios sociales&#44; aprobada en dicho a&#241;o&#44; procedi&#243; a integrar ambos servicios en el escal&#243;n de la atenci&#243;n primaria&#44; encomendando a los centros locales de servicios comunitarios la prestaci&#243;n de servicios de prevenci&#243;n&#44; de asistencia sanitaria y de servicios sociales no especializados&#46; Soluciones como &#233;sta&#44; sin embargo&#44; suelen ser vistas con recelo por los profesionales de los servicios sociales&#44; al temer que &#233;stos se medicalicen&#59; por su parte&#44; tampoco los profesionales del sector sanitario parecen ser proclives a esta f&#243;rmula&#44; habi&#233;ndose se&#241;alado&#44; en este sentido&#44; en Canad&#225; que en el nuevo sistema sanitario &#171;la profesi&#243;n m&#233;dica ha perdido gran parte de su influencia y no est&#225;&#44; desde luego&#44; en condiciones de competir con su hom&#243;loga americana&#44; que parece seguir manteniendo una gran eficacia corporativa ante los pol&#237;ticos de todos los niveles de Gobierno&#46;&#46;&#46; La profesi&#243;n m&#233;dica ha tenido que aceptar su cambio de estatuto&#44; y no deja de recordarse a sus miembros que el &#225;mbito de Asuntos Sociales requiere la participaci&#243;n de otros profesionales por lo menos tan importantes como ellos&#187; &#40;5&#41;&#46;</p><p class="elsevierStylePara">No ponderada&#44; por tanto&#44; la posible implantaci&#243;n de un modelo integrado de prestaci&#243;n de servicios sanitarios y sociales&#44; las f&#243;rmulas alternativas podr&#237;an consistir bien en dar a la atenci&#243;n sociosanitaria una especificidad propia&#44; ya en establecer medidas de coordinaci&#243;n entre el sector sanitario y el sector social&#46; En Espa&#241;a&#44; la primera de estas opciones parece haberse seguido en Catalu&#241;a&#44; a partir de la creaci&#243;n&#44; en el a&#241;o 1986&#44; del programa &#171;Vida a los A&#241;os&#187;&#59; la segunda f&#243;rmula parece haber inspirado tanto el acuerdo marco de coordinaci&#243;n sociosanitaria y el convenio de colaboraci&#243;n para la atenci&#243;n sociosanitaria de las personas mayores&#44; ambos suscritos&#44; el 14 de diciembre de 1993&#44; entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el entonces Ministerio de Asuntos Sociales&#44; como el acuerdo de coordinaci&#243;n en materia sociosanitaria&#44; suscrito&#44; en 1995&#44; entre las Consejer&#237;as de Sanidad y Consumo y de Trabajo y Asuntos Sociales de la Comunidad Valenciana&#44; a&#241;o en el que tambi&#233;n se aprob&#243; en dicha comunidad el programa especial de atenci&#243;n a pacientes ancianos&#44; a pacientes de larga evoluci&#243;n y a pacientes en situaci&#243;n terminal &#40;PALET&#41;&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Sea como fuere&#44; y a pesar de estos antecedentes&#44; la elecci&#243;n entre ambas alternativas se plantea a&#250;n en un plano m&#225;s te&#243;rico que pr&#225;ctico&#44; por cuanto&#44; con la excepci&#243;n del programa &#171;Vida a los A&#241;os&#187;&#44; los intentos de implantar un marco sociosanitario espec&#237;fico o de establecer medidas de coordinaci&#243;n sociosanitaria no parecen haber alcanzado&#44; pese a ser un asunto recurrente en los instrumentos de planificaci&#243;n&#44; el suficiente grado de consolidaci&#243;n&#46; As&#237; lo reconoc&#237;a paladinamente&#44; a la altura de 1998&#44; el plan estrat&#233;gico del Instituto Nacional de la Salud&#44; donde se expresaba que&#44; pese a la constituci&#243;n de las comisiones sociosanitarias de &#225;rea&#44; los recursos sanitarios y los servicios sociales segu&#237;an incomunicados&#44; al no haberse logrado establecer la suficiente coordinaci&#243;n sociosanitaria&#46; De este modo&#44; en esta materia&#44; son m&#225;s&#44; hasta el momento&#44; las palabras y el debate te&#243;rico que los hechos y la realidad pr&#225;ctica&#46; Y&#44; sin embargo&#44; el fen&#243;meno del acusado envejecimiento de la poblaci&#243;n es una circunstancia que convoca a la urgente implantaci&#243;n de medidas en el &#225;mbito que nos ocupa&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Es preciso advertir&#44; no obstante&#44; que&#44; aun cuando en un pr&#243;ximo futuro el fen&#243;meno m&#225;s llamativo y apremiante pueda ser el envejecimiento de la poblaci&#243;n y el incremento del n&#250;mero de personas mayores dependientes&#44; ser&#237;a un enfoque err&#243;neo confinar los t&#233;rminos del problema&#44; aplicando un criterio reduccionista&#44; a la conexi&#243;n entre envejecimiento&#44; dependencia y atenci&#243;n sociosanitaria&#46;</p><p class="elsevierStylePara">En efecto&#44; la articulaci&#243;n de una cobertura coherente de la dependencia exige contemplar a &#233;sta en s&#237; misma&#44; haciendo abstracci&#243;n de su relaci&#243;n con un concreto segmento de la poblaci&#243;n&#44; determinado en funci&#243;n de la edad&#46; En tal sentido&#44; la protecci&#243;n debe establecerse considerando las situaciones de dependencia en su conjunto&#44; so pena&#44; en caso contrario&#44; de producir inconvenientes duplicaciones en las prestaciones econ&#243;micas y t&#233;cnicas&#44; lo que ir&#237;a en detrimento de la eficiencia de la protecci&#243;n&#46; Debo&#44; sin embargo&#44; acto seguido&#44; advertir que este enfoque global no resulta incompatible&#44; en modo alguno&#44; con el tratamiento espec&#237;fico de las necesidades propias de las personas mayores dependientes o de las de otros grupos que&#44; por sus caracter&#237;sticas&#44; lo precisen&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Si la dependencia no es una cuesti&#243;n privativa de las personas mayores&#44; tampoco la atenci&#243;n sociosanitaria lo es de la dependencia&#46; Cabalmente&#44; la atenci&#243;n sociosanitaria es una pieza m&#225;s en el complejo entramado prestacional que ha de integrar un completo sistema de cobertura de la dependencia&#44; el cual debe comprender prestaciones econ&#243;micas y t&#233;cnicas&#44; as&#237; como medidas fiscales&#44; tanto en favor de las personas dependientes&#44; como de sus cuidadores informales&#44; adem&#225;s de otras medidas que favorezcan la compatibilidad del desarrollo de una actividad laboral y la dispensaci&#243;n de cuidados&#46; Sin embargo&#44; la atenci&#243;n sociosanitaria desborda el &#225;mbito de la dependencia para proyectarse hacia otras situaciones que requieren la prestaci&#243;n combinada de medidas sanitarias y sociales&#46;</p><p class="elsevierStylePara">S&#243;lo teniendo presentes las premisas anteriores ser&#225; posible abordar correctamente la generalizaci&#243;n de la atenci&#243;n sociosanitaria en Espa&#241;a&#46; Aun as&#237;&#44; la respuesta al reto planteado dista de ser sencilla&#44; incluso cuando se culmine la asunci&#243;n de los servicios sanitarios por las comunidades aut&#243;nomas&#44; si se tiene en cuenta no s&#243;lo el distinto nivel competencial aplicable a los servicios sanitarios y a los servicios sociales&#44; sino tambi&#233;n sus mutuas diferencias en aspectos tales como la financiaci&#243;n&#44; la configuraci&#243;n jur&#237;dica del acceso a las prestaciones y la estructura organizativa&#46;</p><p class="elsevierStylePara">Espero que las medidas recogidas en la recomendaci&#243;n que sobre el asunto ha dirigido recientemente el Defensor del Pueblo a diversos departamentos ministeriales&#44; as&#237; como las propuestas contenidas en los informes elaborados por la Sociedad Espa&#241;ola de Geriatr&#237;a y por Gerontolog&#237;a y por la Asociaci&#243;n Multidisciplinaria de Gerontolog&#237;a&#44; que se acompa&#241;aban a dicha recomendaci&#243;n &#40;6&#41;&#44; puedan ser de alguna utilidad para encontrar la respuesta m&#225;s adecuada a un desaf&#237;o de indudable envergadura&#46;</p><hr></hr><p class="elsevierStylePara"><span class="elsevierStyleBold"> BIBLIOGRAFIA</span></p><p class="elsevierStylePara">1&#46;Comit&#233; Europeo de Seguridad Social&#46; Informe sobre envejecimiento y protecci&#243;n social&#46; Documento preparado por el grupo de trabajo interdisciplinario sobre envejecimiento del Comit&#233; de Europa&#46; Estrasburgo&#58; Consejo de Europa&#59; 1995&#44; p&#225;rrafo 194&#46;</p><p class="elsevierStylePara">2&#46;Defensor del Pueblo&#46; Estudio sobre la situaci&#243;n jur&#237;dica y asistencial del enfermo mental en Espa&#241;a&#46; Madrid&#58; Defensor del Pueblo&#59; 1991&#46; p&#46; 233-8&#44; 369-72&#44; 375&#44; 669-70&#46;</p><p class="elsevierStylePara">3&#46;Aznar L&#243;pez M&#46; La perspectiva de los profesionales y usuarios del sistema&#46; En&#58; Jornadas d&#233;cimo aniversario del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud&#46; La coordinaci&#243;n en el &#225;mbito sanitario&#46; Perspectivas de futuro&#46; Madrid&#58; Ministerio de Sanidad y Consumo&#59; 1998&#46; p&#46; 150-2&#46;</p><p class="elsevierStylePara">4&#46;Guillemard AM&#46; An&#225;lisis de las pol&#237;ticas de vejez en Europa&#46; Madrid&#58; Instituto Nacional de Servicios Sociales&#59; 1992&#46; p&#46; 65&#46;</p><p class="elsevierStylePara">5&#46;Rivard G&#46; Quebec&#44; un modelo de sanidad p&#250;blica&#46; El seguro de enfermedad en Quebec&#58; Los objetivos de la profesi&#243;n m&#233;dica y de la sociedad&#46; Madrid&#58; Consejo General de Colegios M&#233;dicos&#59; 1984&#46; p&#46; 25&#46;</p><p class="elsevierStylePara">6&#46; La atenci&#243;n sociosanitaria en Espa&#241;a&#58; Perspectiva gerontol&#243;gica y otros aspectos conexos&#46; Recomendaciones del Defensor del Pueblo e informes de la Sociedad Espa&#241;ola de Geriatr&#237;a y Gerontolog&#237;a y de la Asociaci&#243;n Multidisciplinaria de Gerontolog&#237;a &#40;en prensa&#41;&#46;</p>"
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Información del artículo
ISSN: 0211139X
Idioma original: Español
Datos actualizados diariamente
año/Mes Html Pdf Total
2024 Noviembre 3 0 3
2024 Octubre 51 3 54
2024 Septiembre 45 3 48
2024 Agosto 41 7 48
2024 Julio 69 5 74
2024 Junio 45 7 52
2024 Mayo 50 12 62
2024 Abril 41 11 52
2024 Marzo 56 7 63
2024 Febrero 87 9 96
2024 Enero 69 10 79
2023 Diciembre 60 10 70
2023 Noviembre 83 5 88
2023 Octubre 123 10 133
2023 Septiembre 42 6 48
2023 Agosto 45 1 46
2023 Julio 76 7 83
2023 Junio 72 7 79
2023 Mayo 67 7 74
2023 Abril 39 3 42
2023 Marzo 50 8 58
2023 Febrero 65 14 79
2023 Enero 81 9 90
2022 Diciembre 71 13 84
2022 Noviembre 73 6 79
2022 Octubre 94 6 100
2022 Septiembre 82 13 95
2022 Agosto 65 7 72
2022 Julio 47 10 57
2022 Junio 73 19 92
2022 Mayo 75 18 93
2022 Abril 84 13 97
2022 Marzo 106 20 126
2022 Febrero 73 8 81
2022 Enero 63 16 79
2021 Diciembre 53 13 66
2021 Noviembre 66 12 78
2021 Octubre 64 23 87
2021 Septiembre 64 12 76
2021 Agosto 49 13 62
2021 Julio 23 12 35
2021 Junio 40 18 58
2021 Mayo 49 18 67
2021 Abril 122 33 155
2021 Marzo 84 13 97
2021 Febrero 66 8 74
2021 Enero 47 16 63
2020 Diciembre 50 9 59
2020 Noviembre 57 12 69
2020 Octubre 48 11 59
2020 Septiembre 38 9 47
2020 Agosto 33 13 46
2020 Julio 35 9 44
2020 Junio 23 17 40
2020 Mayo 109 68 177
2020 Abril 39 21 60
2020 Marzo 44 10 54
2020 Febrero 35 11 46
2020 Enero 28 13 41
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