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Vol. 74.
Páginas 153-183 (Septiembre - Diciembre 2017)
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EL ESTADO Y EL PODER EN MANUEL CASTELLS, 1983-2003: WEBER, FOUCAULT Y LOS DEBATES CONTEMPORÁNEOS
State and power in Manuel Castells, 1983-2003: Weber, Foucault and the contemporary debates
O Estado e poder em Manuel Castells, 1983-2003: Weber, Focault e os debates contemporáneos
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Esteban Torres Castaños1
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Resumen

En el presente artículo procuro analizar al detalle la relación que establece Manuel Castells entre los conceptos de poder y de Estado en un período de su producción teórica que abarca desde 1983 hasta 2003. Me ocupo de exponer y analizar las distintas modalidades que adquiere tal vínculo, las transformaciones principales que experimenta, así como la apropiación que efectúa el autor de las obras de Max Weber y de Michel Foucault. Tal ejercicio analítico se va articulando con los debates contemporáneos de referencia en la materia. El trabajo permite descubrir, entre otros aspectos, el modo en que los trazos normativos centrales de la visión sociológica del Estado de Castells, edificados en gran medida a partir del rechazo al Estado-nación, inspiran la formulación del vínculo estudiado.

Palabras clave:
Manuel Castells
poder
Estado
teoría social
Weber
Foucault
Abstract

In this article I try to analyze in detail the relationship established between Manuel Castells¿s concepts of power and State in a period of his theoretical work spanning 1983-2003. I deal with present and analyze the different forms that acquires such link, the main transformations it experiment, the appropriation makes by the author of the works of Max Weber and Michel Foucault. Such analytical exercise builds up gradually with main contemporary debates on the subject. The research allow to discover, among other aspects, how strokes Castells¿s central normative sociological vision of the State, built largely from the rejection of the nation-state, inspire the formulation of the link studied here

Keywords:
Manuel Castells
State
power
social theory
Weber
Foucault
Resumo

Neste artigo procuro analisar a relaçao que Manuel Castells estabelece entre conceitos do poder e do Estado em un periodo de produçao teórica, desde 1983 até 2003. Eu exponho e analiso as diferentes modalidades que tal ligaçao adquire, das transformaçoes que se operam, assim como a apropiaçao que efectua Manuel Castells dos textos de Weber e Foucault. O texto insta a constataçao o modo em que os traços regulamentares centrais da visõe sociológica de Estado em Castells.

Palavras-chave:
Manuel Castells
poder
Estado
teoria social
Weber
Foucault
Texto completo
Introducción

Es de saber común que las cuestiones del poder y del Estado, así como la relación específica que se establece entre ambos conceptos, constituyen problemas centrales y estructurantes de la teoría social clásica y contemporánea. La obra de Manuel Castells no es una excepción a ello. Desde 1967, fecha que el sociólogo español inicia la publicación de su producción científica, la espinosa y zigzagueante relación que éste establece entre ambos conceptos compone mucho de los aspectos más sensibles y polémicos de su visión sociológica del Estado, así como de la trama normativa que la define y la proyecta en sus aspectos más íntimos. La atención en la obra de Castells no es un capricho ni una elección arbitraria: excluyendo el trabajo de Giddens, se trata de la perspectiva sociológica moderna más referenciada y de mayor influencia en América Latina y en el mundo de los últimos 15 años. En el presente texto procuro analizar las variaciones del vínculo que establece Castells entre las nociones de poder y de Estado en un período de su producción teórica que abarca desde el abandono de su perspectiva marxista en 1983 hasta el año 2003, intentando no descuidar aspectos contextuales que pueden resultar de valor. Por cuestiones de formato y de selectividad teórica, la delimitación del presente trabajo exige poner entre paréntesis algunos aspectos estructurales de la teoría de la sociedad del autor, así como de su visión sociológica del poder, aspectos analizados de forma permenorizada en trabajos anteriores.1 En cualquier caso, no es pretensión del texto analizar la visión del poder como un todo del autor en tal período, ni su teoría general del Estado, ni la articulación de ambas con su teoría general del cambio social. Se trata, más bien, de avanzar en la identificación del esquema de observación que emerge del campo abstracto de intersección entre ambos conceptos. Tal territorio de intersección se constituye en un punto de observación privilegiado para analizar aspectos críticos de la visión del Estado de Castells, y con ello progresar en la crítica y en las posibles vías de superación de su teoría del Estado, y más en general de su teoría sociológica. En cualquier caso, el presente trabajo responde a la necesidad de establecer un diálogo crítico de carácter urgente con las teorías sociales del Estado y del poder actualmente dominantes a nivel mundial, siendo la obra de Castells una referencia en tal sentido, y cuya recepción en nuestro continente ha resultado en extremo acrítica.

La relevancia que guarda el trabajo se podría sintetizar en cuatro puntos: i. El primero, ya insinuado, es la importancia que tiene el objeto para el propio autor. La cuestión del poder y del Estado resulta central en la teoría social de Castells. Tal centralidad no significa que el autor desarrolle una teoría sistemática del poder y del Estado, menos aún en el presente período, sino que éstos son, en palabras del propio autor, conceptos estructurales de su visión sociológica general y de su teoría del cambio social;2ii. El segundo, estrechamente vinculado al primero, tiene que ver con la complejidad desorganizada y escasamente formalizada que asumen los modos de conceptualización del sociólogo español. La opacidad, las omisiones y la atomización que prolifera en este punto en la teorización de Castells oblitera en gran medida la posibilidad de comprensión de la relación en juego, y su esclarecimiento demanda obligatoriamente los servicios de la investigación teórica; iii. Es en la etapa 1983-2003, que representa el segundo y más extenso período de su conceptualización del poder,3 que la relación entre poder y Estado experimenta los cambios conceptuales más significativos. La visión del poder y del Estado que asume Castells a partir de 2004 y que continúa vigente en la actualidad reconoce como punto de partida las modificaciones introducidas entre 1996 y 2003; iv. En último lugar, merece destacarse que los comentaristas principales del autor prácticamente no se han ocupado del tema específico, menos aún de un modo sistemático. Las críticas sobre la visión del Estado y del poder de Castells son escasas y en ningún caso superan el plano de la opinión general (esto último sucede en general con todos los comentaristas del autor). Ello garantiza la originalidad del presente trabajo.4

Abandonado el marxismo, la teoría social del poder que estructura Castells a partir de 1983 y que proyecta de allí en adelante es difícil de categorizar. Constato que nuestro autor entabla un diálogo poco voluminoso pero determinante con las obras de Max Weber y de Michel Foucault, exhibiendo un modo de apropiación teórica ciertamente inquietante. Al mismo tiempo, es llamativa la decisión de Castells de omitir y/o de minimizar en su discurso teórico toda referencia al campo de debates contemporáneos sobre el Estado, principalmente marxista, europeo y de la década de los setenta, que por un lado incide en la formación de su perspectiva,5 y por el otro interpela e irrita su posición teórica. A ello de igual forma se suma la minimización por parte de Castells de las discusiones centrales de los años ochenta y de parte de los noventa, protagonizados principalmente por la entonces joven Escuela de la Regulación Francesa, así como por la obra de Bob Jessop, autor este último que, junto con Michael Mann, ofrecen en la actualidad teorías sociológicas del Estado robustas a nivel global.

El trabajo se organiza en dos apartados centrales. En el primero, expongo de modo sucinto el registro de aquellas tendencias sociohistóricas que menciona regularmente el autor asociadas a la cuestión del poder y del Estado en el periodo considerado, y que inciden en algún grado en la conceptualización abstracta de la relación entre ambas nociones. En el segundo, me ocupo de exponer y analizar las distintas formas que adquiere la relación que propone Castells entre poder y Estado. Finalmente, en el último punto, despliego las conclusiones del estudio.

1El poder y el Estado en su contexto

Los trazos principales del discurso sociohistórico de Castells correspondiente a las décadas de los ochenta y los noventa, y por tanto sumergido en lo que se ha denominado el ciclo neoliberal, se asocian en buena medida con la cuestión del poder y el Estado. Descartando cualquier contextualismo, considero que el discurso empírico del sociólogo español logra tallar en el nivel más abstracto de su conceptualización. En el plano político el autor registra cuatro procesos sociohistóricos principales en dicho periodo. El más referenciado, precisamente, es la crisis y la redefinición del rol del Estado, que conlleva en los términos de Castells el paso del papel redistributivo a la creación de poder, o bien del Estado de bienestar al Estado de guerra,6 cambio que en principio deja atrás la presencia central del Estado en todos los ámbitos de la vida social.7 En estrecha vinculación con ambas, el sociólogo español alude a la crisis de dominación del Estado en el capitalismo avanzado,8 así como a la crisis de hegemonía de la burguesía monopolista y a la crisis de dominación respecto a las clases populares.9 Luego, la década de los noventa representó más continuidades que rupturas respecto a los procesos sociohistóricos generales de los años ochenta. Nuevamente en el ámbito político, Castells tiende a reconocer el avance de cuatro tendencias generales: la incapacidad del sistema comunista de asimilar la nueva revolución tecnológica, con la consiguiente desintegración del estatismo;10 el debilitamiento del poder del Estado-nación y la crisis de soberanía;11 la crisis de legitimidad del Estadonación y del Estado de bienestar –en relación con la anterior-;12 y luego, como registro más diferenciado pero no menos incidente, la absorción de la política en el espacio mediático.13 A su vez, el sociólogo español caracteriza la década de los noventa, ofreciendo abundantes referencias económicas. A los macro-indicadores ya señalados, hay que sumar la referencia a una tendencia fuertemente vinculada a la transformación estatal, que cobra fuerza en la década de los noventa: la sustitución de las burocracias verticales por las redes horizontales multidireccionales, sobre la base de unas tecnologías de la información y la comunicación flexibles.14

En cualquier caso, el encuadre global de las referencias empíricas que ofrece Castells tiende a priorizar y eventualmente a universalizar las dinámicas sociales de los países del Norte. Ello no significa que muchas de las tendencias señaladas no se presentan en América Latina, o no resultan incidentes aquí, o bien no tienen valor desde nuestras coordenadas, sino que no se inspiran en primera instancia en las realidades geopolíticas y geoeconómicas del Sur global. Un buen ejemplo de ello es el registro del debilitamiento tendencial del Estado de bienestar, forma-Estado que no llegó a concretarse en la mayoría de los países de nuestro continente. Ahora bien, el tránsito de lo concreto a lo abstracto (y viceversa), de la “observación” del devenir estatal a la formulación del vínculo entre poder y Estado, rara vez se efectúa en el caso de Castells, al menos de un modo nítido. Las referencias “empíricas” permanecen desconectadas de su formulación del poder, sin mediar entre ellas ninguna explicación metodológica. Ello deja sin resolver una pregunta esencial: ¿en qué medida y de qué forma la apuesta conceptual de Castells en este punto es producto del contexto y su coyuntura? Por cierto, que la constatación de la autonomía relativa entre los diferentes niveles de abstracción de la teoría es uno de los pilares que justifica el valor científico del análisis teórico sociológico.

2El poder y el Estado: modalidades de la relación

La conceptualización del poder que se articula con la noción de Estado se encuentra explicitada en los tres libros centrales del periodo15 así como en un capítulo de libro,16 dos artículos científicos17 y dos entrevistas.18 Entre 1983 y 2003, tal como mencioné al inicio, la relación entre poder y Estado experimenta transformaciones importantes. En este período ya no quedan rastros del maridaje con la perspectiva de Poulantzas, que fundamenta su concepción marxista del poder y del Estado hasta 1982. La perspectiva de Castells en este punto transita de Poulantzas a Weber y luego de Weber a Foucault,19 en un proceso de trastocamiento que resulta menos contradictorio de lo que se podría suponer a primera vista. Siguiendo un registro cronológico, es posible distinguir tres modalidades que adopta dicha relación: la oposición entre poder y Estado (1983), el poder como poder del Estado (1983-1996), y finalmente el poder más allá del Estado (1996- 2003). Si bien resulta complicado identificar un proceso social y político concreto que precipite el paso de la primera a la segunda forma, el paso de la segunda a la tercera guarda en cambio cierta relación con la tendencia al supuesto debilitamiento del poder del Estado-nación, proceso que no sólo registra Castells sino también en las principales corrientes de la teoría social contemporánea.

2.1La oposición entre poder y Estado (1983)

En la Ciudad y las masas (en adelante lcm), el sociólogo español define el poder como una expresión que se enfrenta al Estado, o mejor dicho, como una reacción a la dominación estatal. En concreto, Castells dirá que el poder se refiere a la reacción contra formas cada vez más burocrática y al estilo autoritario de un Estado cada vez más centralizado.20 Mientras que el Estado expresa la dominación burocrática, centralizada y distanciada de la sociedad, el poder se concreta para Castells en tal texto como gobierno local, autonomía y participación ciudadana. El poder se proyecta normativamente como una fuerza encarnada en las reacciones justas de la democracia vecinal. Para el autor, serán los vecinos quienes apelen a la democracia contra la imposición política de los intereses socialmente dominantes.

Por lo tanto, aquí Castells identifica el poder con la democracia y a su vez define a ésta en oposición a la dominación estatal. Dicho de otro modo, el poder le es negado al Estado en nombre de la democracia. La forma general de esta oposición se expresa entonces a partir de la oposición poder-democracia / dominación-Estado. El Estado es actor de dominación pero no de poder. Castells inaugura aquí una concepción del poder y del Estado que pivotea entre presupuestos liberales y autonomistas, con preeminencia del primero, que adopta eventualmente la forma de un disfraz autonomista para el ejercicio de un liberalismo avanzado.21 Si bien, como señala Jessop, el liberalismo es un fenómeno complejo y multifacético,22 la reacción discursiva contra el Estado, la “fobia al Estado”, es prácticamente un denominador común a sus distintas vertientes. Si bien la doctrina del Estado liberal, de acuerdo con Bobbio, se edifica a partir de la aceptación de que el problema del Estado ya no es visto de la parte del poder soberano sino de la de sus súbditos,23 en el enunciado analizado de Castells tal posición se radicaliza a partir del reconocimiento de que el poder enfrenta al Estado. Cercano a la propuesta de Rosseau, quien había asumido la defensa de la democracia directa sosteniendo que la soberanía no puede ser representada, la visión liberal del Estado que aquí asume Castells se termina proyectando como una visión absolutista del Estado social de derecho, que es la forma-Estado que se hace presente en su libro. Su peculiar liberalismo asume la orientación que le adjudica John Hall, para éste los liberales han tendido a concentrarse exclusivamente en el rechazo a una cara del poder estatal que es el despotismo (dominación estatal para Castells), siendo que el poder estatal, como también lo reconoce Michael Mann, ejerce además un poder infraestructural en la medida que penetra la sociedad, la organiza y la dota de servicios, desde la educación a la justicia.24 Así, Martín Carnoy se equivoca de punta a cabo en un texto contemporáneo a lcm, cuando integra a Castells en un mismo grupo con Poulantzas, Offe, Ingrao, Bobbio, O Connor¿s y Wolfe, para señalar que todos estos autores argumentan a favor de una u otra forma de democracia capitalista orientada a expandir el poder de las masas sobre los recursos controlados por el Estado, así como a expandir el propio poder político de las masas a través de las contradicciones implícitas en el proceso democrático.25 Se equivoca básicamente porque a diferencia de los restantes autores mencionados, Castells no reconoce que el Estado es también positivamente un espacio de este conflicto por la extensión de los procesos de democratización.

Contra la posición que asume el sociólogo español reacciona en los mismos años Cardoso, quien resultará luego, a partir de su reconversión liberal, un gran amigo del primero. El brasileño dirá que no cree posible, de ninguna manera, pensar en la redemocratización si uno la mira sólo desde el ángulo de la sociedad. Cardoso, en 1984, afirma contra Castells que la idea liberal, que ha penetrado tan hondo en la izquierda y que tuvo, por cierto, ventajas en muchos aspectos, en ese punto es terriblemente negativa porque se imagina que no habrá democracia sino cuando se tengan fuerzas políticas capaces de controlar al Estado. A diferencia del sociólogo español, Cardoso sostiene que la democracia no se va a solventar si no se piensa de manera simultánea en la dinámica de la sociedad y la del Estado, y si no se intentan tejer puentes entre partidos políticos y movimientos sociales en vistas a una futura reconstrucción del Estado.26 Como bien sabe el lector, en este período todavía no había irrumpido el Zapatismo en el escenario político latinoamericano ni en la opinión pública global.

2.2El poder como poder del Estado (1983-1996)

El primer registro de la relación entre poder y Estado comienza a modificarse en el mismo texto de 1983 ya citado. De allí en adelante hasta 1996, con sus variaciones, el sociólogo español suscribe en forma abrupta a una visión Estado-céntrica del poder, concebida exclusivamente a partir de una lógica de imposición que éste tiende a rechazar. Como ya mencioné, el punto de apoyo para este giro conceptual será Max Weber, autor que se convierte en una figura influyente por estos años en la sociología estadounidense. En (lcm) Castells dirá explícitamente que Max Weber es el padre fundador de su comprensión del papel autónomo y crucial del Estado en la estructuración de la sociedad.27 Castells concibe el poder en lcm y luego en La Ciudad Informacional, que es el próximo trabajo en el cual conceptualiza la relación en cuestión, exclusivamente como poder del Estado sobre, o de un modo más enmarañado, como detentadores del poder del Estado sobre. Si en el primer enunciado de lcm, como ya vimos, el Estado se enfrenta al poder, o mejor dicho el poder resiste al Estado,28 más delante en la misma obra y luego en La Ciudad Informacional (en adelante lci), el Estado es el único que lo expresa. El “poder sobre”, que es la forma abstracta y reduccionista que adopta la conceptualización del poder a lo largo de toda su obra, se entiende en este período como “poder del Estado sobre”.29 En tales registros el Estado se restringe al monopolio institucional de la violencia, y el poder está fundado sobre la base del Estado o se fundamenta en el Estado. En estos casos, cuando Castells habla de poder del Estado es a partir de reconocer que el poder está fundado en el Estado. Otra noción que atestigua la identificación plena del poder con el Estado es la de “detentadores del poder”. Castells recurre a la noción de poder en singular (del poder, el poder) y no, en cambio, a la de detentadores de poder, que abriría eventualmente la posibilidad de concebir una pluralidad de poderes. De este modo, consigue vincular el poder en términos clásicos con el poder del Estado. Los textos restantes en los cuales se presenta una conceptualización desarrollada y semejante del poder son el capítulo de libro “Flujos, redes e identidades: una teoría crítica de la sociedad informacional” (en adelante fri) y el artículo “The net and the self. Working notes for a critical theory of the informational society” (en adelante tns), publicados en 1994 y 1996 respectivamente. En ambos textos, la conceptualización de la relación entre poder y Estado tiende a especificarse, asumiendo formas más concretas.

Aquí, Castells opta de nuevo por circunscribir el poder al Estado, aunque de modo indirecto a partir del uso combinado de dos formas: la estimulación y apropiación de la ciencia y la tecnología, y el poder militar. Para el autor ambas son expresiones del poder estatal. En la primera, Castells define el poder y/o el poder puro como apropiación (también como estimulación), y exactamente como apropiación estatal.30 También aparecen diferencias importantes entre ambas fórmulas, aunque aparentan ser sinónimos. Mientras que en fri el sociólogo español concibe la apropiación científicotecnológica y el poder militar como dos elementos diferenciados, en tns se constituyen en uno sólo: la primera pasa a ser un medio para el segundo. De este modo, la estimulación y la apropiación de la ciencia y la tecnología pasa a ser un medio de poder militar.31 Es constatable que las implicancias que traen aparejadas una y otra definición son diferentes. Al separar la apropiación de la ciencia y la tecnología del poder militar, el autor reconoce un nuevo tipo de poder y al mismo tiempo permite suponer que no toda apropiación de la ciencia y la tecnología por parte del Estado tendría necesariamente que alimentar su empresa militar. En el segundo caso, si se trata de dos momentos de un mismo proceso, estaríamos frente a una nueva versión de la misma forma de poder: el poder militar. ¿Será más apropiado suponer que para Castells el poder puro es el poder militar y la apropiación el medio para conseguirlo? De cualquier modo, sea juntos o separados, ambos elementos instrumentalizan la noción de poder estatal. A partir de estas referencias, ¿en qué medida el autor logra escapar al economicismo de las teorías postindustriales que critica de forma abierta? Pareciera que el sociólogo español pretende golpear primero, anticipándose a una posible crítica sobre el reduccionismo de su teoría formal y explicitada del poder que, en efecto, separa por un lado la economía y los actores económicos privados, y por el otro el poder, el Estado y la política.

Tal como sugerí antes, la visión Estado-céntrica del poder de Castells no se alza en soledad en su espacio académico inmediato, que es el campo de la sociología norteamericana. Esta visión se fundamenta teóricamente en la nueva centralidad que adquiere la obra de Weber para pensar el Estado, cuya viralización no se explica sin tomar en consideración la debacle del marxismo, la llamada crisis del marxismo, así como el relativo abandono de las visiones pluralistas socio-céntricas dominante en los años sesenta y setenta en Estados Unidos.32

La apropiación que propone Castells de Weber deja entrever, en un plano abstracto, las particularidades de una visión antiestatal a la cual se supedita su conceptualización estado-céntrica del poder. Castells tergiversa la concepción del poder y del Estado del sociólogo alemán en relación con cuatro problemas centrales: el de la extensión de la política, el de la legitimación, el del orden jurídico y el del poder económico. En cuanto al primer punto, mientras que para el sociólogo español en este período el Estado es la expresión excluyente de la política, para Weber el Estado es una asociación política entre varias.33 La misma aclaración se encarga de efectuarla Michael Mann para combatir aquellas lecturas que, como la de Castells entre 1983 y 1996, recurren a Weber para defender una visión Estado-céntrica de la política y el poder.34 En relación con el problema de la legitimación, Castells le hace decir a Weber que el poder está fundado en el Estado en tanto éste ejerce el monopolio institucionalizado de la violencia.35 Weber, en cambio, sólo indica que el Estado es la única fuente de legitimidad del poder físico, lo cual es radicalmente distinto.36 Se constata así que en los textos publicados entre 1983 y 1996 Castells reduce el concepto de poder de Weber al poder físico, quita toda referencia al orden jurídico legítimo, y antes que ello excluye completamente la cuestión general de la legitimidad. Es difícilmente sostenible un concepto de acción estatal entendido exclusivamente como violencia. Como bien indica Jessop, la violencia es rara vez el primer recurso del Estado, en especial en las sociedades capitalistas consolidadas,37 que son en su mayoría, las que teoriza Castells. No es lo mismo aniquilar por completo la legitimidad que señalar el déficit o la crisis de legitimidad del Estado, y en particular del Estado de Bienestar, tal como lo hacen durante este período Offe, Habermas, Block, Scokpol, Jessop y Cardoso, entre otros. La visión del Estado que aquí pretende proyectar Castells es la de un Estado fracasado, en crisis o impotente. Un Estado que en apariencias habría perdido por completo su legitimidad, y que por lo tanto no tiene más remedio que apelar a la violencia física directa. En algunas ocasiones Castells conceptualiza esta forma-Estado como Estado de guerra o Warfare State (noción que mencioné en el punto 2), que en los términos del autor nace de los escombros del Estado de bienestar, y que el sociólogo toma prestada de Herbert Marcuse. El tercer problema señalado, el del orden jurídico, está asociado directamente al de la legitimidad. La cuestión de la legalidad, que es una dimensión clave de la teoría weberiana del Estado,38 es completamente omitida en la apropiación que efectúa Castells. Antes que excluir por separado los problemas de la legitimidad y del ordenamiento jurídico, Castells se concentra en primer lugar en atacar la dominación racional que se legitima por la legalidad, sustrayéndola de su concepción weberiana del Estado. En último lugar, es posible constatar que Weber, al igual que Marx, defiende una noción de poder económico, así como cierta idea multidimensional de articulación entre poderes.39 La referencia al poder como poder económico tampoco se menciona en el Weber de Castells, que asume un claro reduccionismo politicista. En la misma dirección, resulta importante destacar que para Weber la dominación no es exclusivamente dominación política, tal como sugiere de manera implícita Castells, sino también económica.40 En síntesis, Weber se pone al servicio de una visión Estado-céntrica del poder y de la política que se edifica a partir del rechazo de la forma-Estado. Tal visión se diferencia de la que promueven otros sociólogos Estado-céntricos, que como Skocpol, defienden un programa político social-demócrata.41

2.3El poder más allá del Estado (1996-2003)

Apartir del primer tomo de La era de la información (lei), cuya primera edición fue publicada en 1996, Castells comienza a abrir una brecha entre los conceptos de poder y de Estado a favor de una noción de poder no circunscrita a este último. Esta nueva supeditación del Estado a una teoría del poder que lo trasciende se extiende hasta la actualidad, y por lo tanto más allá del fin del período analizado. En cualquier caso, no se trata de una decisión individual tomada en abstracto. Entiendo que se inscribe principalmente en la apuesta más general de la tendencia sociológica por promocionar la idea de la erosión tendencial del poder del Estado-nación ya comentado, proceso que sería causado sobre todo por la subordinación relativa pero inevitable del Estado-nación a las dinámicas de la globalización económica capitalista.42 Como ya demostré en otro trabajo, el predominio adjudicado a lo económico en la teoría de Castells no lo conduce a reconocer la existencia como tal de un poder específicamente económico.43 A los fines del análisis es posible identificar tres modificaciones –sustantivas e interrelacionadas– que efectúa Castells y que alimentan un movimiento más general de cambio conceptual: el paso de lo estatal a lo institucional, la asunción de una visión menos opresiva del poder estatal a partir del trastocamiento de la perspectiva de Foucault, y por último, como tercera modificación, el tránsito de la imposición a la negociación como lógica estatal dominante.

2.3.1De la referencia estatal a la referencia institucional

Si al conceptualizar el poder en lcm y en lci Castells reconoce que el aparato estatal asegura la dominación de los que detentan el poder sobre los sujetos, en lei y en el artículo “Materials for an exploratory theory of the network society” de 2008, elige decir, en términos más genéricos, que “las instituciones de la sociedad se han erigido para reforzar las relaciones de poder existentes en cada periodo histórico”.44 Hay que aclarar que en lei aún conserva la referencia al Estado como fundamento del poder pero ésta ingresa recién en segunda instancia. Ahora bien, ¿qué implica para Castells el empleo genérico de la noción de institución en reemplazo del Estado? Básicamente, que si bien el Estado es una institución no toda institución es estatal. Dicho de otro modo: el Estado es una institución más. Con ello el sociólogo español provoca el ingreso de nuevos actores sociales a su teoría del poder al mismo tiempo que descentra y desprotagoniza al Estado.

En la misma dirección, en met, por única vez, Castells toma la decisión de definir el Estado como la expresión principal de las relaciones de poder y no como la expresión del poder como un todo. Aquí, el autor no aclara cuáles serían las expresiones posibles y/o potenciales de poder que existen más allá del Estado, así como sus respectivas jerarquías. En cualquier caso, el tránsito de Castells de lo estatal a lo institucional se inscribe en el mismo movimiento de transición conceptual del government a la governance, postulado sobre el que se edifica y luego populariza los estudios de la governance, y al cual también suscribe Bob Jessop en sus producciones contemporáneas para explicar el devenir de las dinámicas estatales. Si bien comparto con Offe y con Jessop que el campo de estudios de la governance es en realidad ecléctico, pre-teórico y que posee límites conceptuales borrosos,45 éstos tienen en común algunas premisas básicas que conllevan implicaciones prácticas significativas. Sin pretender profundizar en la caracterización de este campo de estudios (hay mucho escrito sobre ello46), vale la pena mencionar una de las deficiencias centrales que suelen tener este campo de estudios: la destrucción de la jerarquización entre lo público y lo privado.47 Aún, reconociendo con Offe su carácter polisémico, podríamos decir que el governance, en líneas generales, vendría a ser un conjunto de subsistemas de gobierno basados en la interdependencia y en la co-decisión entre actores, ninguno de los cuales tiene a priori una posición predominante. Éste se caracterizaría por una mayor colaboración entre el Estado y los actores no estatales dentro de redes decisionales mixtas. Es precisamente el énfasis en estos esquemas híbridos de decisión “colaborativa” o “participativa” el que tiende a desdibujar las líneas divisorias mencionadas entre lo público y lo privado, por lo general en desmedro del primero. No es objetivo de este texto profundizar en dicha noción. Incluyo la referencia porque entiendo que la transición que propone Castells de lo estatal o lo institucional se orienta en la misma dirección.

2.3.2La aparición de Foucault

En lei es la primera vez que Castells menciona a Foucault en su conceptualización combinada del poder y el Estado. Con el objetivo de limitar la idea del Estado como fundamento del poder, opta por aludir al esquema microfísico del filósofo francés. Entre las referencias a Foucault que ofrece Castells en este texto merece destacarse la que presenta en las páginas iniciales. Allí el sociólogo español dirá:

El poder se fundamenta en el Estado y su monopolio institucionalizado de la violencia, aunque lo que Foucault etiqueta como microfísica del poder, encarnada en instituciones y organizaciones, se difunde por toda la sociedad, de los lugares de trabajo a los hospitales, encerrando a los sujetos en una apretada estructura de deberes formales y agresiones informales.48

Ahora bien, ¿hasta qué punto toma en consideración la visión de Foucault? ¿Cuál es la táctica de apropiación teórica despliega Castells? Quisiera hacer hincapié en dos puntos centrales de la conceptualización de la lógica del poder, estrechamente relacionados, que desnudan las diferencias entre el sociólogo y el filósofo, y que alimentan el rechazo del primero a un concepto de poder identificado negativamente con el Estado: me refiero a las cuestiones de la difusión y de la opresión del poder. Respecto al primer elemento, Castells sugiere en nombre de Foucault que el movimiento del poder se rige por una lógica difusionista, que tiende a manifestar en los términos de Castells la lógica de imposición general del poder. La idea de difusión del poder que el sociólogo le adjudica a Foucault termina por reproducir una visión unidireccional descendente, contrapuesta de manera radical a la dinámica sugerida por el filósofo francés, centrada en un movimiento plural y disperso de abajo hacia arriba. Algo similar ocurre con la identificación del carácter opresivo del poder. El filósofo francés niega de manera clara que el poder conlleve siempre y en todos los casos opresión y encierro.49 Antes que encierro, aprisionamiento, obligación y agresión, el poder es para Foucault un despliegue de relaciones de fuerzas, detectado en la lucha y los enfrentamientos. Para Foucault la esencia del poder no es la prohibición sino la producción, aspecto que Castells rechaza por completo en su visión “foucaultiana” del poder. Al asumir que la función del poder no es esencialmente la de prohibir, sino la de producir, y producir placer, Foucault considera que se puede llegar a comprender, a la vez, cómo se puede obedecer al poder y encontrar en tal obediencia un placer no necesariamente masoquista.50 Ahora bien, ¿en qué medida dicha apropiación foucaultiana modifica o bien resulta compatible con la visión aparentemente Estadocéntrica del poder que mantiene hasta tns, el artículo citado de 1996? Más allá del modo específico de apropiación que despliega Castells con relación a Foucault, entiendo que la aparición de este último en lei logra un efecto de lectura inmediata: el reconocimiento de que el poder desborda al Estado. De este modo, sostendré que el ingreso de Foucault prepara el terreno para el abandono de la visión Estado-céntrica del poder de Castells.

2.3.3El Estado como influencia

En la entrevista aludida Castells también introduce por primera vez la distinción entre poder e influencia a partir de la cual postula la conversión del Estado como expresión exclusiva o dominante del poder social al Estado como un actor de influencia, entre varios actores. Luego, en el libro coeditado con Martin Ince en 2003, que lleva por título Conversations with Manuel Castells (cmc), retoma la distinción de un modo semejante. Respecto a esta modificación propongo una hipótesis en gran medida previsible: el objetivo principal que persigue Castells a partir de la diferenciación es nuevamente el reconocimiento de la pérdida de gravitación del Estado y de la política estatal, en los términos señalados al inicio del artículo, al mismo tiempo que la promoción de su propio debilitamiento. Entiendo que representa el objetivo principal y no el único ya que la distinción contempla la reconsideración del peso y el protagonismo del conjunto de los actores sociales en relación a la lógica inscrita en las nuevas formas reticulares de organización. Pese a que en EN1 las definiciones de uno y otro difieren de forma notable, la diferencia entre poder e influencia es de grados y no de naturaleza, siendo el primero más potente que el segundo. El paso del poder a un esquema de múltiples influencias actorales, como ya vimos en la referencia a los estudios de la governance, permite registrar la disminución del poder del Estado, si bien ésta se explicita en el caso de Castells de un modo algo más extremo: como ausencia de poder estatal. El poder pasa a convertirse en la capacidad perdida del Estado. Con ello el poder se extiende y no se fija o materializa en el Estado, ni siquiera parcialmente. Por otra parte, es importante señalar que para Castells poder y control son sinónimos. El Estado entendido como influencia es un Estado sin capacidad de control.51 El recurso a la influencia como lógica debilitada del poder estatal también se hace presente en Bob Jessop, pero dotada de mayor eufemismo. Éste dirá en el año 2002 que la opción por la governance ensancha la capacidad del Estado de proyectar su influencia y asegurar sus objetivos movilizando conocimientos y recursos de poder desde actores no-gubernamentales también influyentes.52 A diferencia de Jessop, Castells reconocerá de forma abierta que el Estado se propone negociar sólo en aquellas situaciones en que no puede imponerse.

3Conclusión

Es probable que el aspecto central que estructura la visión del poder de Castells sea su plena identificación con un principio de imposición o de “poder sobre”, así como el modo problemático en que éste se vincula con los diferentes objetos y/o actores de su perspectiva, muy en particular con la forma-Estado. La lógica de imposición del poder del sociólogo resulta inseparable de cierta noción de violencia que éste emplea con regularidad, y que resulta inescindible de su concepción del Estado. Vimos que desde 1983 a 1996 el autor proyecta una visión Estado-céntrica del poder y de la dominación, apuntalada a partir de la obra de Max Weber. Esta fórmula comienza a dejarse de lado en el primer volumen de La era de la información, coincidiendo con la aparición de las referencias a Foucault, y se abandona por completo a partir del artículo teórico que publica Castells en el año 2000 en la British Journal of Sociology, conservando al menos en parte el lenguaje weberiano como recipiente. A partir de allí el Estado pasa a ser para el sociólogo español una institución más. El reconocimiento del monopolio de la violencia del Estado como fundamento del poder se transforma en la piedra angular de la relación que propone el autor entre poder y Estado, y que lógicamente alcanza en sus nuevos términos a la definición del poder como un todo. Avanzado el período, a partir de la separación entre poder y Estado y la supeditación del Estado a la noción de instituciones, Castells habilita el ingreso de nuevos actores sociales a su teoría del poder, al mismo tiempo que descentra y desprotagoniza al Estado. Ello sin dudas se asocia a la distinción que propone el autor entre poder e influencia. La premisa que subyace a dicha distinción es que los actores sociales, en particular el Estado, negocian porque ya no pueden imponer. O dicho de otro modo, a falta de poder, el Estado debe conformarse con influir. El reconocimiento de la relación causal entre la retracción de la política estatal y la expansión del poder económico global explica en cierto modo la práctica ausencia por parte del autor de un rescate normativo de la democracia política.

Si bien a partir de 1996 nuestro autor comienza a desprenderse de su visión Estado-céntrica del poder, la concepción que emerge tampoco sintoniza con Poulantzas, en especial por la conservación del reduccionismo político (no estatal) del poder y por la lógica de imposición como racionalidad excluyente del poder a partir de la cual Castells sigue alimentando su visión antiestatal. La tergiversación de sus fuentes teóricas, tanto de Weber como de Foucault, se ponen al servicio de una visión del Estado apuntalada desde un acentuado liberalismo. Como pudimos observar en el trabajo, la captura de ambos autores sólo tiende a confundir y a contravenir la relación entre poder y Estado que aún defiende Castells en primera instancia, centrada en el reconocimiento exclusivo de la lógica de imposición y difusión del Estado. Para el sociólogo español ni el poder se rige exclusivamente por una lógica de imposición ni el Estado de guerra y el Estado Red son las formas-Estado excluyentes en el período analizado. En cualquier caso, el problema central que deja entrever Castells a partir de los cambios que experimenta el vínculo entre poder y Estado está más vivo que nunca: dada la extensión de los procesos de globalización económico-financiera, y el avance meteórico del proceso de concentración económica a nivel global, ¿qué futuro les espera a los Estados-nación y a la política estatal, en particular en las regiones del Sur? Y más preocupante aún: ¿podría existir un futuro promisorio sin ellos? En términos generales, a fines de 2015 se observa un principio de agotamiento del proceso de recuperación del poder soberano de los Estados-nación en América Latina de los últimos 15 años, y junto a ello el retroceso de los procesos políticos de integración regional.

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En este punto pongo a disposición del lector tres referencias bibliográficas. La primera se ocupa de analizar la relación entre la conceptualización general del poder y la noción de sociedad de Castells –Torres, Esteban (2015), “La oposición entre la Red y el Yo (1989- 2009): análisis de una hipótesis sociológica de Manuel Castells”, Revista Española de Investigaciones Sociológicas, núm. 149, enero-marzo, pp. 149-160–; la segunda ofrece un análisis de la articulación entre poder, economía y política en la obra del sociólogo español en el periodo 1989-2009 –Torres, Esteban (2015),”Poder, sociedad y economía en Manuel Castells, 1983-2003: estudio sistemático de una relación”, Revista Crítica de Ciências Sociais, núm. 102, pp. 43-70–; y la tercera despliega un análisis sistemático de la ley del poder de Castells, concebida como su primera ley de la sociedad –Torres, Esteban (2013c), “La ley del poder de Manuel Castells, 1976-2009”, Estudios Sociológicos, núm. 93, septiembre-diciembre, pp. 691-720–.

No es correcto el señalamiento de Peter Marcuse de que Castells suprime o minimiza en su teoría el análisis de la dinámica del ejercicio del poder y la resistencia, y que desestima un paradigma del conflicto –Marcuse, Peter (2002), “Depoliticizing globalization: From Neomarxism to the network society of Manuel Castells”, en Eade, John y Christopher Mele (eds.) (2002), Understanding the City: Contemporary and Future Perspectives, Blackwell, UK, pp. 131-158–. Tal hecho se puede comprobar al analizar la ley del poder del sociólogo español. Ver Torres (2013c), op. cit.

En relación con el concepto de poder, distinguimos tres períodos en la obra de Castells: 1967-1982; 1983-2003 (el período en estudio) y 2004-2011. Para una aproximación general a dicha periodización, véase mi tesis doctoral (Torres, 2012b).

Charles Tilly y Samir Amin, en primer lugar, y luego Stern, Fuller y Patomakis, se detienen en este punto. Tilly crítica la desconexión entre la visión del Estado de Castells y los mecanismos causales presentes en la reducción de las capacidades estatales para la formación de identidades –Tilly, Charles (1998), “The power of identity, vol. 2 of The information age: economy, society, and culture. By Manuel Castells. Book Review”, American Journal of Sociology, n. 86, pp. 819- 835–. Luego, tanto Amin, Stern como Fuller relacionan la visión estatal de Castells con cierta inscripción ideológico-política. El primero, crítica la reducción de la importancia del Estado nacional por parte de Castells como una manifestación de un pensamiento político liberal al estilo norteamericano –Amin, Samir (2003), “El capitalismo senil”, Revista Casa de las Américas, núm. 230, enero-marzo, La Habana, Cuba, pp. 9-23–; el segundo se refiere a la percepción de Castells del declive irreversible del poder de los Estados-nación como una ilusión neoliberal –Fuller, Steve (1999), “Review essay. The information age: economy, society and culture by Manuel Castells. Science”, Technology & Human Values, vol. 24, n. 1, Winter–; y el tercero hace mención al ataque de Castells a las burocracias estatales como lastre de su individualismo propio de la izquierda de los años sesenta –Stern, Mark (2000), “Back to the future? Manuel Castells’ The information age and the prospects for social welfare”, Cultural Studies, vol. 14, n. 1, p. 99-116–. Finalmente, Patomakis, en un excelente artículo, aporta sólidas evidencias para criticar el análisis del caso finlandés que propone Castells, y al supuesto según el cual es posible combinar Estado de bienestar y una economía informacional de mercado competitiva –Patomaki, Heikki (2003), “An optical illusion: The finnish model for the information age”, Theory Culture & Society, vol. 20, n. 139–. En cualquier caso, los comentaristas centrales de las producciones contemporáneas de Castells se concentran en seis cuestiones principales del autor, siendo la cuestión del poder y del Estado penúltima en su grado de tratamiento. La más importante es sin dudas la crítica a las diferentes formas de determinismo tecnológico que supuestamente asume el sociólogo español – Abell, Peter y Diane Reyniers (2000), “Review article. 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The space of flows and the politics of scale”, Critique of Anthropology, vol. 16, n. 1, Sage, London; Stehr, Nico (2000), “Deciphering information technologies: Modern societies as networks”, European Journal of Social Theory, vol. 3, n. 1, p. 83; Van Dijk, Jan (1999), “The one-dimensional network society of Manuel Castells”, New Media & Society, vol. 1, n. 127, pp. 127-138; Webster, Frank (1995), “Informational capitalism, Manuel Castells”, en Webster, Frank, Theories of the information Society, Roudledge, USA y Canada; Webster, Frank (2005), “Making sense of the information age. Information”, Communication & Society, vol. 8, n. 4, UK, December. A ello, le sigue el rechazo a diferentes aspectos de su teoría económica –Garnham (1998), op. cit.; Garnham, Nicholas (2001), The Information Society: myth or reality?, Paper presented in Bugs, Globalism and Pluralism Conference, Montreal, pp. 19-22; Heiskala, Risto (2003), “Informational revolution, the net and cultural identity: a conceptual critique of Manuel Castells's the information age”, European Journal of Cultural Studies, vol. 6, n. 2; Patomaki (2003), op. cit. En tercer lugar, registramos una corriente de críticas a la teoría del sujeto y de la acción social de Castells, asociado particularmente al vínculo que propone entre sujeto y poder –Tilly (1998), op. cit.–. En cuarto lugar, se ubicarían algunas consideraciones respecto a las metáforas societales que emplea Castells, tanto desde una perspectiva crítica como de plena aceptación – Melucci (1997), op. cit.; Patomaki (2003), op. cit.; Van Dijk (1999), op. cit.; Miege, en Becerra (2002), op. cit.; Casal Cervos, Judith (2006), “Hay que pasar de una escuela de la oferta a una escuela de la demanda orientada hacia el alumno. Entrevista a Alain Touraine”, Cuadernos de Pedagogía, núm. 354, España; Pérez, Carlota (2001), “Cambio tecnológico y oportunidades de desarrollo como blanco móvil”, Revista de la CEPAL, núm. 76; Pérez, Carlota (2005), “Revoluciones tecnológicas y paradigmas tecnoeconómicos”, Tecnología y Construcción, vol. 21, núm. 1, Caracas, pp. 77-86–. En quinto lugar, tal como mencioné, se ubican las críticas generales a su concepción del Estado, en los autores ya señalados. Finalmente, en sexto lugar, registramos posiciones críticas en relación con la teoría de la identidad de Castells, en especial asociado a su concepto de nación –Macinnes, John (2006), “Castells’ Catalan routes: nationalism and the sociology of identity”. The British Journal of Sociology, 2006, vol. 57, issue 4; Megoran, Nick (1999), “The power of identity. Book Review”, International Journal of Urban and Regional Research, vol. 23, núm. 2, June, p. 398.

Para un análisis exhaustivo de la relación entre Poder y Estado en el período marxista de Castells, consultar nuevamente mi tesis doctoral, Torres, Esteban (2012b), “La cuestión del poder en Manuel Castells, 1967-2009: comunicación, cultura y sociedad. Universidad Nacional de La Plata/Universidad Autónoma de Barcelona, tesis doctoral inédita, p. 780.

Ver Castells, Manuel (1986a), “Technological change, economic restructuring and the spatial division of labor”, en Stohr, Walter (ed.), International Economic Restructuring and the Territorial Community, United Nations Industrial Development Organization, Vienna; Castells, Manuel (1986b), “The new urban crisis”, en Frick, Dieter (ed.), The Quality of Urban Life, Walter de Gruyter, Berlin-New York, pp. 13-18; Castells, Manuel y Jefrey Henderson (1987), “Techno-economic restructuring, socio-political processes and spatial transformation: a global perspective”, en Castells, Manuel y Henderson (eds.), Global Restructuring and Territorial Development, Sage Publication, London, pp. 1-18; Castells, Manuel (1988a), Nuevas tecnologías, economía y sociedad, Graymo, Madrid; Castells, Manuel (1988b), “High technology and urban dynamics in the United States”, en Dogan, Mattei y John Kasarda (eds.), The Metropolis Era, vol. 1, Sage, London; Castells, Manuel (1989), La ciudad informacional. Tecnologías de la Información, reestructuración económica y proceso urbano-regional, Alianza, Madrid.

Castells, Manuel (1981a), Crisis urbana y cambio social, Siglo XXI, Madrid; Castells, Manuel (1983), La ciudad y las masas. Sociología de los movimientos sociales urbanos, Alianza, Madrid.

Castells (1981ª), op. cit.; Castells, Manuel (1981b), “Local government, urban crisis, and political change”, en Zeitlin, Maurice (ed.), Political Power and Social Theory, vol. 2, JAI Press, pp. 1-19.

Castells, Manuel (1992), La nueva revolución rusa, Sistema, Madrid; Castells, Manuel, Kiselyova, Emma (1995), The collapse of Soviet communism: a view for the information society, University of California at Berkeley, USA; Castells, Manuel (1997a), La era de la información. Vol. 2: El poder de la identidad, Alianza, Madrid; Castells, Manuel (1998a), La era de la información, vol. 3: Fin de milenio, Alianza, Madrid.

Castells, Manuel (1996b), “La democracia electrónica”, en Tezanos, Felix (ed.), La democracia post-liberal, Sistema, Madrid; Castells (1997a), op. cit.; Castells, Manuel (1998a), La era de la información. Vol. 3: Fin de milenio, Alianza, Madrid; Castells, Manuel (1998c), “Hacia el estado red. Globalización económica e instituciones políticas en la era de la información”, ponencia presentada en el Seminario sobre Sociedad y reforma del Estado, Ministerio de Administracao Federal e Reforma Do Estado, República Federativa do Brasil, Sao Paulo, 26-28 marzo de 1998; Castells, Manuel (1999b), “Globalización, identidad y Estado en América Latina”, Temas de desarrollo sustentable, PNUD/Ministerio Secretaría General de la Presidencia de Chile.

Castells, Manuel (1996a), op. cit.; Castells (1997a), op. cit.; Castells (1998a), op. cit.; Castells, Manuel (1999c), “Globalización, sociedad y política en la Era de la Información”. Ponencia presentada en el Auditorio León de Greiff de la Universidad Nacional de Colombia el 7 de Mayo de 1999.

Castells, Manuel (1996b), op. cit.; Castells, Manuel (1996c), “The net and the self, working notes for a critical theory of the informational society”, Critique of Anthropoly, vol. 16, n. 1, SAGE Publication, London; Castells (1997a), op. cit.; Castells, Manuel y Jordi Borja (1997b), Local y global. La gestión de las ciudades en la era de la información, Taurus, Madrid.

Castells, Manuel (1993), “The informational economy and the new international division of labor”, en Carnoy, Martin, Stephen Cohen, Manuel Castells y Fernando Cardos (eds.), The New Global Economy in the Information Age: Reflections on Our Changing World, Pennsylvania State University Press, Pennsylvania; Castells, Manuel y Peter Hall (1994a), Tecnópolis del mundo. La formación de los complejos industriales del siglo XXI, Alianza, Madrid; Castells (1996a), op. cit.; Castells, Manuel (1998b), “La estructura social de la era de la información: la sociedad red”, en Tezanos, Felix; Sánchez Morales, Rosario (eds.), Tecnología y sociedad en el nuevo siglo, Sistema, Madrid, pp.11-28.

Castells, Manuel (1994b), “Flujos, redes e identidades: una teoría crítica de la sociedad informacional”, en Castells, Manuel et al. (eds.), Nuevas perspectivas críticas en educación. Paidós, Barcelona.

Castells, Manuel (1996c), op. cit.; Castells, Manuel (2000), “Materials for an exploratory theory of the network society”, British Journal of Sociology, n. 51, issue 1, January- March 2000.

Fernández Hermana, Luis (1999) “La izquierda tiene una actitud retrógrada respecto a las tecnologías de la información. Entrevista a Manuel Castells”, disponible en: Enredando.com; Castells, Manuel y Martín Ince (2003), Conversations with Manuel Castells, Polity Press, Cambridge.

Vale la pena recordar que Nicos Poulantzas, en su libro Estado, poder y socialismo, se posiciona en contra tanto de las concepciones libertarias del poder y el Estado, que le adjudica a Foucault, como de las visiones estatistas, cuyo referente en este texto sería precisamente Max Weber –ver Poulantzas, Nicos (1978), Estado, poder y socialismo, Siglo XXI, España, 1979–.

Castells, Manuel (1983), op. cit., p. 383.

En consonancia con lo que sugieren Amin, Samir (2003), “El capitalismo senil”, Revista Casa de las Américas, núm. 230, enero-marzo de 2003, La Habana, Cuba, pp. 9-23.; Stern, Nico (2000), op. cit., y Fuller, Steve (1990), op. cit.

Jessop, Bob (2002b), “Liberalism, neoliberalism, and urban governance: A statetheoretical perspective”, Antipode, vol. 34, issue 3, pp. 452–472, July, p. 452.

Bobbio, Norberto (1996), Liberalismo y democracia, FCE, México, p. 3.

Hall, John (1987), “Classical liberalism and the modern state”, Daedalus, vol. 116, n. 3, Futures, Summer, p. 102.

Carnoy, Martin (1984), Estado e Teoria Politica, Campinas, Sao Paolo, p. 326.

Ver Cardoso, Fernando (1984), “La sociedad y el Estado”, Pensamiento Iberoamericano. Revista de Economía Política, núm. 5, tomo A, Madrid, pp. 34, 36.

Castells, Manuel (1983), op. cit., p. 411.

Idem., p. 383.

Castells, Manuel (1983), op. cit., p. 411; Castells (1989), pp. 30-31.

Castells, Manuel (1994b), op. cit., p. 22.

Castells, Manuel (1996b), op. cit., p. 14.

Ver en especial Scokpol (1979), y Evans, Rueschemer y Scokpol (1985).

Weber, Max (1922 [2008]), Economía y sociedad. Esbozo de sociología comprensiva, FCE, México, p. 43.

Ver Mann, Michael (2005), “The sources of social power revisited: a response to criticism”, in Hall, John y Ralph Schroeder (2005), An Anatomy of power. The Social Theory of Michael Mann, Cambridge University Press, New York, p. 352.

Castells, Manuel (1983), op. cit., p. 411.

Weber, Max (1922), op. cit., p. 667.

Jessop, Bob (2010), “El Estado y el poder”, Utopía y Praxis Latinoamericana, año 19, núm. 66, julio-septiembre, p. 26.

Posiblemente sea Giddens quien se encarga en mayor medida de señalar que el orden racional-legal, en toda su composición, es el elemento central del Estado weberiano –Giddens, Anthony (1972), Política y sociología en Max Weber, Alianza, Madrid, p. 54–.

Weber, Max (1922), op. cit., pp. 53, 251, 683.

Ver Torres, Esteban (2012a), “El concepto de apropiación en Max Weber”, Estudios Sociológicos, vol. 30, núm. 89, mayo-agosto, El Colegio de México, México, p. 6.

La idea de un eventual posicionamiento teórico de Castells a favor de un programa socialdemócrata o de la Tercera Vía laborista, como sugiere Marcuse, es completamente infundado. El momento en el cual el sociólogo español aparentemente se aproxima en mayor medida a tal posición es cuando analiza la complementación entre Estado de bienestar y economía informacional en Finlandia –Castells, Manuel, Pekka Himanen (2002), La sociedad de la información y el Estado de bienestar. El modelo finlandés, Alianza, Madrid–. Pero la legitimación de una política socialdemócrata allí es ilusoria, tal como lo demuestra a la perfección Patomaki –ver Patomaki, Heikki (2003), op. cit.–. El reformismo de Skocpol se puede corroborar sin mayores inconvenientes en sus trabajos principales –Véase: Skocpol, Theda (1979), States and Social revolutions: A comparative Analysis of France, Russia and China, Cambridge University Press, Cambridge; Skocpol, Theda (1985), “Bringing the State back in: strategies of analysis in current research”, en Evans, Peter, Dietrich Rueschemeyer y Theda Skocpol (eds.), Bringing the State Back in, Cambridge University Press, Cambridge.

Entre los defensores más reconocidos de la tesis del declive tendencial del poder del Estado-nación es posible mencionar a Ulrich Beck –Beck, Ulrich (1998), World Risk Society, Polity Press, Cambridge; Beck, Ulrich (2005), Power in the Global Age, Polity Press, Cambridge–, Zygmunt Bauman –Bauman, Zygmunt (2000), Liquid Modernity, Polity Press, London–, Alain Touraine –Touraine, Alain (2007), A New Paradigm for Understanding Today¿s World, Polity Press, Cambridge–, Scott Lash Lash, Scott (1997), “Reflexivity and its Doubles: Structure, Aesthetics, and Community”, en Beck, Ulrich; Giddens, Antony; Lash, Scott (1997), Reflexive modernization. Politics, Tradition and Ashetic in the Modern Social Order, Stanford University Press, Stanford, pp.73-110], David Held –Held, David; et al. (1999). Global Transformations. Politics, Economics, and Culture. Stanford University Press, California–, Saskia Sassen –Sassen, Saskia (1991), The Global City: New York, London, Tokyo, Princeton University Press, Princeton; (2002), Global Networks, Linked Cities, Routledge, New York/ London, 2002–, Arjun Appadurai –Appadurai, Arjun (1996a), Modernity At Large: Cultural Dimensions of Globalization, University of Minnesota Press, Minneapolis; (1996b), “Sovereignty without territoriality: notes for a postnational Geography”, en Yaeger Patricia (ed.), The Geography of Identity, The University of Michigan Press, Ann Arbor-Michigan, pp. 40- 58; (2001), “Deep democracy: urban governmentality and the horizon of politics”, Environment & Urbanization, vol. 13, n. 2, October–, así como a los posmodernistas Jean Baudrillard –Baudrillard, Jean (2010), The Agony of Power, MIT Press, Massachusetts– y Jean-Francois Lyotard –Lyotard, Jean-François (1993), Political Writings, University of Minnesota Press, Minneapolis–. En una dirección similar, aunque asumiendo posiciones más matizadas y ambivalentes, se encuentran, por ejemplo, algunos trabajos de Anthony Giddens –Giddens, Anthony (1984), The Constitution of Society. Outline of the Theory of Structuration, University of California Press, California; (1987), Social Theory and Modern Sociology, Stanford University Press, Stanford–, David Harvey –Harvey, David (2010), The Enigma of Capital and the Crises of Capitalism, Profile Books Ltd., London–, Claus Offe –Offe, Claus; Schmitter, Philippe (1995), “Las paradojas y los dilemas de la democracia liberal”, Revista Internacional de Filosofía Política, n. 6, pp. 5-30–, Richard Sennet –Sennet, Richard (2006), The Culture of the New Capitalism, Yale University Press, New Haven–, y Fredric Jameson.

Castells, Manuel (2008), Comunicación y poder, Alianza, Madrid, p.7.

Ver Offe, Claus (2009), “Governance: an ‘empty signifier’?”, Constellations, vol. 16, n. 4; Jessop, Bob (1995), “The regulation approach, governance, and post-fordism: alternative perspectives on economic and political change?”, Economy and Society, vol. 24, n. 3, pp. 307-333.

Para una crítica a los estudios de la governance, recomiendo la lectura de Marinetto y de Chingola –Marinetto, Mike (2003), “Governing beyond the centre: a critique of the anglo-governance school”, Political Studies, vol. 51, pp. 592-608; Chignola, Sandro (2006), “A la sombra del estado. Governance, gubernamentalidad, gobierno”, Utopía y Praxis Latinoamericana, vol. 19, núm. 66, julio-septiembre, pp. 37-51–.

Comparto también con la crítica a los estudios de la governance que esta noción es empleada para explicar principalmente aquello contra lo que se dirige, que sería en este caso el monolitismo del Leviatán, así como el léxico y la lógica soberanista del Estadonación.

Castells, Manuel (1996a), op. cit., pp. 44-45.

Ver Foucault, Michel (1968), Saber y verdad, La Piqueta, Madrid, 1991, p. 239.

Ver Foucault, Michel (1976a), Estética, ética y hermenéutica. Obras Esenciales. Vol. III, Paidós, Barcelona, p. 253; Foucault, Michel (1976b), Historia de la sexualidad. La voluntad de saber, Siglo XXI, España, 1998.

Este punto se conecta directamente con la cuestión del control estatal de la información y la comunicación, ver Torres, Esteban (2013b), “La pérdida del control de la información y la comunicación: apuntes sobre una tesis de Manuel Castells”, Acta Sociológica, núm.60, UNAM, México, enero-abril de 2013.

Ver Jessop, Bob (2002a), El futuro del Estado capitalista, Los Libros de la Catarata, 2008, p. 15.

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