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Nuevo nomenclátor estandarizado en oftalmología: Criterios e indicadores cuantitativos de baremación de actos médicos
A new standardised nomenclature in ophthalmology: Criteria and quantitative evaluation indicators of medical procedures
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J.A. Gegúndez-Fernándeza,b,
Autor para correspondencia
doctorgegundez@gmail.com
avpm@oftalmo.com

Autor para correspondencia.
, A. Piñero-Bustamantea,c, J.M. Benítez-del-Castilloa,b, J. García-Feijooa,b, F.J. Muñoz-Negretea,d, M.S. Figueroaa,d, J.L. Encinas-Martína,e
a Junta Permanente. Sociedad Española de Oftalmología, Madrid, España
b Hospital Clínico San Carlos, Madrid, España
c Clínica Doctor Piñero, Sevilla, España
d Hospital Universitario Ramón y Cajal, Madrid, España
e Clínica Doctor Encinas, Madrid, España
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Recibido 15 Junio 2020. Aceptado 21 Julio 2020
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Tabla 1. Criterios de baremación, indicadores cuantitativos y escalas de valores
Tabla 2. Fórmulas para el cálculo de tarifas por acto médico
Tabla 3. Nuevo nomenclátor de actos médicos en oftalmología
Tabla 4. Actos médicos del nomenclátor antiguo eliminados
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Resumen
Objetivo

Elaborar un nuevo nomenclátor de actos y procedimientos médicos en oftalmología, basado en la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-9-MC. Establecer los principios generales y definir los criterios de baremación, indicadores cuantitativos y escalas de valoración. Determinar los algoritmos necesarios para el cómputo de las tarifas retributivas por acto médico.

Métodos

Sobre el nomenclátor vigente, se eliminaron los procesos obsoletos, añadieron otros nuevos, modificaron descriptores, agruparon procedimientos con descripciones similares y trasladaron de grupo otros, por razones de complejidad quirúrgica. Se definieron los criterios de baremación para el cálculo de las retribuciones médicas: formación y complejidad (U), responsabilidad profesional (R) y valor salud (V), con sus indicadores cuantitativos, respectivamente: periodo de formación necesario para dominar una técnica, frecuencia de complicaciones que agravan la situación preoperatoria, y días de incapacidad laboral que ocasiona el proceso. Se definieron las Unidades Relativas de Valor (URV) como la suma de puntos de U, R y V. La tarifa final por acto médico se calculará como el producto del número de URV por su coste unitario y por el coeficiente de ponderación (CP).

Resultados

Se elaboró un nuevo nomenclátor con 161 actos médicos agrupados en consultas, procedimientos diagnósticos (PR.DX), procedimientos terapéuticos (PR.TX) e intervenciones quirúrgicas (IQ) crecientes en complejidad desde el grupo 0 hasta el grupo 8. Para cada uno de los actos se describieron los siguientes caracteres: códigos OMC y CIE-9-MC, término descriptor, grupo, modificación propuesta: sin cambios o mínimos en los descriptores, agrupación de actos por definiciones similares, cambio de grupo de origen, actos eliminados y nuevos procedimientos. Asimismo, fueron puntuados los tres criterios de baremación: U entre 1-4, R entre 0-3 y V entre 0-3. Mediante su suma se calcularon el número de URV por acto médico (entre 1 y 10), que junto con el coste unitario de la URV y el CP (entre 0,05 y 1) determinarán la tarifa final.

Conclusiones

El nuevo nomenclátor de oftalmología actualiza y mejora el catálogo antiguo, adecuando los procedimientos a los descriptores recogidos en la CIE-9-MC e incorporando todas las técnicas actuales. Adicionalmente, la declaración de los principios generales permite definir nuevos criterios de baremación, indicadores cuantitativos, escalas de valoración y algoritmos de cómputo de las tarifas por acto médico.

Palabras clave:
Nomenclátor
Criterios de baremación
Acto médico
Oftalmología
Unidad relativa de valor
Abreviaturas:
CP
U
IQ
PR.DX
PR.TX
R
URV
V
Abstract
Purpose

To create a new list of medical procedures in ophthalmology based on the International Classification of Diseases ICD-9-CM. To establish the general principles that define criteria, quantitative indicators, and scales. To develop the algorithms needed to calculate fees for medical procedures.

Methods

The out-of-date processes were removed from the list, and new techniques were added, descriptors were modified, procedures with similar descriptions were grouped together, and others were relocated to other group according to surgical complexity conditions. The criteria to calculate the medical fees were defined: training and complexity (U), proficient responsibility (R), and health value (V), with their respective quantitative indicators: period of training necessary to master a technique, frequency of complications that worsen the preoperative situation, and days of incapacity for work due to the process. The Relative Value Unit (RVU) was defined as the score sum of R, V and U. The final fee per medical procedure was calculated as the product of the RVU by its unit cost and by the weighting coefficient (WC).

Results

A new catalogue was prepared with 161 medical procedures, grouped into consultations, diagnostic procedures (DX.PR), therapeutic procedures (TX.PR), and surgical interventions, increasing in complexity from group 0 to group 8. The following characters were described for each one of the procedures: OMC and ICD-9-MC code, descriptor term, group, proposed modification: no changes or minimums in the descriptors, grouping of acts by similar definitions, change of origin group, new procedures, and procedures removed. The indicators for assessment were also scored: U between 1-4 points, and R and V between 0-3 points. Using their sum, the number of RVUs per medical procedure (between 1 and 10) was calculated which, together with the unit cost of the RVU and the WC (between 0.05 and 1), will determine the final rate.

Conclusions

The new standardised ophthalmological nomenclature updates and improves the old classification, adapting the procedures to the descriptors included in the ICD-9-CM, and incorporating all the new techniques. Additionally, the declaration of the general principles allows defining new criteria, quantitative indicators, rating scales, and algorithms to calculate fees for medical procedures.

Keywords:
Nomenclature
Grading indicators
Medical act
Ophthalmology
Relative value unit
Texto completo
Introducción

Desde hace muchos años, uno de los asuntos más debatidos en el sector sanitario privado es el de las bajas retribuciones por acto médico que por parte de las compañías aseguradoras perciben los facultativos. Durante el II Congreso Nacional del Ejercicio Privado de la Medicina celebrado recientemente en el Colegio de Médicos de Sevilla, los expertos han alertado sobre la insostenible situación del sistema sanitario privado para profesionales y pacientes. Las causas que se han señalado como inductoras de esta realidad son las siguientes: «Las bajas retribuciones apuntadas, la concentración de empresas sanitarias que propician el dominio de la competencia, o el hecho de que las compañías aseguradoras y empresas sanitarias crezcan cada año dejando al médico al margen de estos beneficios»1.

En este escenario de carestía resulta de extremada importancia que los Colegios de Médicos asuman y reafirmen su rol de liderazgo en la defensa de los profesionales, así como de configurar la plataforma principal que facilite el debate y el diálogo entre todos los agentes implicados del sector, de forma que se puedan alcanzar soluciones conjuntas y unánimes, especialmente con los facultativos, que son actualmente la parte más debilitada del sistema sanitario.

En relación con estos objetivos y fundamentalmente en respuesta a la demanda de médicos de ejercicio libre, colegios y asociaciones profesionales, la Organización Médica Colegial (OMC) ha iniciado un proyecto de renovación de la clasificación de términos y códigos de actos y procedimientos médicos en sus distintas especialidades, con la colaboración de las sociedades científicas y profesionales. Concretamente, a la Sociedad Española de Oftalmología se nos encargó hacer una propuesta de modificación del catálogo actual2, ya sea para anular los procesos obsoletos en desuso, modificar su descripción o distribución en los diferentes grupos, o para incluir nuevos actos, técnicas o procedimientos. El objetivo último es que esta propuesta de nomenclátor sea validada por la OMC y consensuada con los representantes médicos de las compañías aseguradoras, a fin de que todas ellas lo asuman y utilicen a partir de la fecha de acuerdo.

Métodos

Hemos dividido el proyecto de la sección de oftalmología en dos fases: en una primera fase (hasta septiembre de 2019), en el nomenclátor actual se modificaron o eliminaron los procesos obsoletos, se incorporaron nuevas técnicas y procedimientos comúnmente utilizados, pero que no figuraban en el antiguo, se agruparon procedimientos con descriptores equivalentes o similares, se modificaron descripciones, y finalmente se hizo una primera valoración y traslación efectiva de grupo a un amplio número de procesos, principalmente con base en criterios de complejidad o dificultad quirúrgica. La totalidad de los códigos y descripciones de los actos médicos incluidos fueron actualizados y adaptados a la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-9-MC. Este primer borrador, desarrollado por los autores durante junio y julio de 2019, fue difundido entre alrededor de 400 oftalmólogos de la Sociedad Española de Oftalmología (SEO), representantes de las diferentes sociedades oftalmológicas autonómicas y de subespecialidad, pertenecientes al ámbito docente y universitario, jefes de servicio o sección de los hospitales tanto de la red sanitaria pública como de grupos hospitalarios y clínicas privadas, miembros de colegios y asociaciones profesionales, federaciones y empresas del sector, o profesionales de la gestión y administración sanitaria. Una vez analizadas la totalidad de las enmiendas propuestas, el documento fue corregido y actualizado, remitiendo a los responsables la justificación a la decisión de aceptación o denegación. Esta primera fase culminó tras el 95 Congreso de la SEO, celebrado en Madrid a finales de septiembre de 2019.

Paralelamente a esta etapa, los autores iniciábamos la segunda fase del proyecto consistente en conceptualizar y desarrollar los fundamentos del nuevo catálogo de actos médicos a través de los siguientes elementos: primero, declaración de los principios generales y filosofía; segundo, definición de los criterios de baremación, indicadores cuantitativos y escalas de valoración; y tercero, desarrollo de las fórmulas de cálculo de las tarifas retributivas para cada acto médico.

Filosofía y principios generales

Se trata de un conjunto de preceptos o normas que permitan valorar adecuadamente el trabajo médico y, en consecuencia, su justa retribución, la cual debe basarse principalmente en el valor añadido o diferencial, intrínseco del acto médico, con respecto a otros actos profesionales. Se trata de medir el trabajo médico para fijar unos honorarios con base en criterios definidos que puedan ser evaluados mediante indicadores cuantificables y tangibles. Los principios generales son los siguientes:

Primero, no incluir procedimientos quirúrgicos que pudieran ser electivos como la cirugía estética oculoplástica (blefaroplastia, arrugas faciales, etc.) o la cirugía refractiva (corneal o cristaliniana). Tampoco quedarán dentro los implantes de cualquier tipo (lentes intraoculares, válvulas para glaucoma, dispositivos MIGS, anillos corneales, queratoprótesis, tapones lagrimales o prótesis orbitarias), ni los nuevos procedimientos que requieran equipos muy costosos (láseres de excímero o femtosegundo, dacriocistorrinostomía con láser, blefaroplastia con láser de CO2, cross-linking, luz pulsada intensa y otros tratamientos físico-térmicos de la disfunción de glándulas de Meibomio: termo-expresión Lipiflow®, microabrasión Blephex®, o calor Miboflow®).

Segundo, conforme a los criterios objetivos que cuantifican el acto médico en Unidades Relativas de Valor (URV), las tarifas correspondientes a la consulta básica y a los diferentes procedimientos quirúrgicos se verán incrementadas proporcionalmente a dichos criterios, al objeto de alcanzar una retribución más justa y coherente con el nivel de formación y responsabilidad del médico oftalmólogo. De igual modo, las tarifas de las pruebas diagnósticas no incluidas en la consulta básica serán reducidas a valores más equilibrados con los nuevos precios al alza de las consultas. Este nuevo escenario prioriza la consulta como acto médico central mejor retribuido y relega las exploraciones complementarias a un segundo plano, evitando así la perversión ocasionada por el exceso de exploraciones, en muchos casos injustificadas, y cuya indicación pudiera obedecer más a criterios mercantiles compensatorios de unas consultas infravaloradas que a motivos estrictamente médicos. Idéntica política puede aplicarse a los procedimientos quirúrgicos combinados a fin de evitar este tipo de situaciones confusas.

Tercero, como norma general se facturará siempre al menos un procedimiento por cada sesión. En aquellos procedimientos que requieran varias sesiones se facturarán tantos como sean necesarios, todos al cien por cien de su tarifa, eliminándose el concepto «tratamiento completo» (por ejemplo, fotocoagulación panretiniana en la retinopatía diabética).

Cuarto, para las exploraciones diagnósticas no se diferenciará entre unilateralidad o bilateralidad, puesto que habitualmente todas se realizan en los dos ojos dentro de la misma sesión.

Quinto, para los procedimientos terapéuticos e intervenciones quirúrgicas se facturará al menos uno por sesión y ojo, puesto que habitualmente se realizan de esta forma. Si en una misma sesión se efectúa el mismo o distinto procedimiento terapéutico o intervención quirúrgica en ambos ojos, se facturarán como dos por separado a la totalidad de su tarifa (por ejemplo, cirugía bilateral de catarata, estrabismo o inyección de toxina botulínica).

Sexto, de forma análoga al punto anterior, en intervenciones quirúrgicas que incluyan diferentes procedimientos combinados en la misma sesión, cada uno de ellos se facturará independientemente al cien por cien de su tarifa (por ejemplo, facovitrectomía o facotrabeculectomía).

Séptimo, en las negociaciones que sobre este nomenclátor se lleven a cabo entre la OMC y las compañías aseguradoras, deberán estar presentes representantes, tanto de la Sociedad Española de Oftalmología como de otras asociaciones, sindicatos, sociedades de subespecialidad, sociedades autonómicas, grupos y federaciones de ejercicio privado.

Octavo, la consulta oftalmológica, ya sea primera visita o revisión, se define como el acto médico que incluye la anamnesis y exploración oftalmológica básica compuesta exclusivamente por: agudeza visual, refracción, motilidad ocular extrínseca e intrínseca, biomicroscopía anterior, medida de la presión intraocular y examen del fondo de ojo. El resto de las exploraciones complementarias que se puedan indicar dispondrán de un código y tarifa de facturación independiente de la consulta en todos los casos.

Noveno, los procedimientos quirúrgicos realizados a la edad infantil, por lo general tienen mayor complejidad, requieren un mayor tiempo de cirugía y un seguimiento continuado hasta la edad adulta. Por otra parte, dada la superior longevidad de un niño, implican una mayor responsabilidad para el cirujano y también mayor valor salud o impacto social. Para compensar estas diferencias, se plantean tres posibles soluciones: primera, incrementar una URV a los valores de formación-complejidad (U), responsabilidad profesional (R) y valor salud (V) del procedimiento en adultos, de forma que todos los procedimientos tendrán tres URV adicionales; segunda, aumentar el coeficiente de ponderación (CP) al del grupo quirúrgico (IQ) inmediatamente superior; y tercera, fijar para todos los actos médicos un incremento lineal del cincuenta por ciento sobre las tarifas del adulto.

Definición de criterios de baremación, indicadores cuantitativos y escalas de valoración

Se detallan en la tabla 1. En otros oficios y profesiones distintas a la profesión médica, con frecuencia se valoran otro tipo de criterios que aquí se han excluido. En esencia se refieren a factores comunes a cualquier tipo de acto profesional que no hemos considerado de aplicación a los actos medicos, puesto que, en general, no confieren un valor añadido al ejercicio que representan éstos. Concretamente se ha prescindido del tiempo de respuesta, ya que la demora en la prestación de un servicio es un factor común en cualquier profesión y no constituye un valor añadido. En segundo lugar, de la duración del acto, puesto que en este nuevo baremo se concede al trabajo médico prioridad de resultado sobre el tiempo utilizado; lo contrario trivializa y penaliza un determinado procedimiento que puede ser muy complejo y sofisticado, pero rápido en su ejecución (por ejemplo, facoemulsificación). Finalmente, no se han incluido en la tarifa los costes de material, por considerarse que deben ser repercutidos aparte por quien aporte el material: médico, clínica o hospital.

Tabla 1.

Criterios de baremación, indicadores cuantitativos y escalas de valores

Criterio  Definición  Indicador  Escala  Valor 
Formación y complejidad  Tiempo, dificultad (esfuerzo) y recursos (inversiones) empleados para obtener la capacitación y el nivel de desarrollo profesional necesarios que permitan realizar con destreza, agilidad y seguridad el acto profesional. Lleva implícitos el grado de complejidad/dificultad del acto médico (tanto técnica como intelectual), así como el nivel de aprendizaje y experiencia requeridos. A su vez, la duración media de la intervención será proporcional a la dificultad.  Tiempo de formación continua y experiencia requerido para realizar una técnica o procedimiento quirúrgico, habitualmente de forma satisfactoria y sin complicaciones3-5MIR 1-2MIR 3-4OFT < 5 añosOFT > 5 años  1234 
Responsabilidad profesional  Grado en el que una complicación del acto quirúrgico puede repercutir en la pérdida de estructura y/o función de un ojo, es decir, los riesgos potenciales graves o muy graves para el paciente.  Frecuencia media de complicaciones graves o muy graves que habitualmente empeorarán la situación preoperatoria.  < 1%1-5%6-10%>10%  0123 
Valor salud o impacto social  Grado en el que el acto médico contribuye a la mejora de la salud ocular, calidad de vida y bienestar de la sociedad. Inversamente puede expresarse como la medida en que la intervención separa al paciente de su entorno socio-laboral, cuantificable en días de incapacidad laboral; ello es porque cuanto más contribuyan los avances de una técnica quirúrgica a acortar el periodo de incapacidad, en mayor medida mejorarán la salud ocular y calidad de vida de los pacientes.  Días de Incapacidad Transitoria (IT) que ocasiona el procedimiento, siguiendo las tablas del INSS4, según la duración del proceso6Muy corto < 5 díasCorto 5-30 díasMedio 31-60 díasLargo > 60 días  0123 

MIR = Médico interno residente. OFT = Oftalmólogo. INSS = Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Algoritmos para el cálculo de las tarifas

Se explican en la tabla 2. La dificultad no reside tanto en el desarrollo de las fórmulas, sino en ponderar adecuadamente los indicadores, los cuales han de ser objetivos y cuantificables, tal y como se puede comprobar en la tabla 1.

Tabla 2.

Fórmulas para el cálculo de tarifas por acto médico

Unidades Relativas de Valor (URV)  Valores de la escala para la suma de los indicadores que cuantifican la Formación y complejidad quirúrgica (U), Responsabilidad (R) y Valor salud (V). El número de URV de un determinado procedimiento será la suma total de puntuación de U + R + V y puede variar entre 1 y 10. 
  U + R + V = núm. de URV 
Coste unitario de la URV (CU)  Valor proporcional derivado de la tarifa máxima aceptada para un procedimiento complejo del grupo 8 (por ejemplo, queratoplastia) que obtenga 10 URV. 
  CU = Tarifa máxima/10 
Coeficiente de ponderación (CP)  Sobre el producto del coste unitario por el número de URV, se aplicará un coeficiente de ponderación, con el fin de ajustar la tarifa final en función del tipo de acto médico, de manera que cuanto mayor sea este coeficiente, mayor será el importe de la tarifa a satisfacer. 
  CP varía entre 0,05-1 
Tarifa final por acto médico (TF)  Resultado del producto del número de URV por el coste unitario de la URV ajustada por el coeficiente de ponderación. 
  TF = URV x CU x CP 
Resultados

En la tabla 3 se presenta el nuevo nomenclátor con sus 161 actos médicos agrupados en consultas, procedimientos diagnósticos (PR.DX), procedimientos terapéuticos (PR.TX) e intervenciones quirúrgicas (IQ), que van aumentando en complejidad desde el grupo 0 hasta el 8. Habitualmente la mayoría de las IQ del grupo 0 y algunas del grupo 1 pueden ser realizadas en consultas, salas técnicas o quirofanillos, y el resto (IQ grupos 2 al 8) en las salas de operaciones del área quirúrgica.

Tabla 3.

Nuevo nomenclátor de actos médicos en oftalmología

Cód. OMC  Cód. CIE-9  Descripción  Grupo  Cambio efectuado  U 1-4  R 0-3  V 0-3  URV 1-10  CP 0.05-1 
0001  89.03  Primera consulta  Consultas  Sin cambios  0,3 
0002  89.02  Revisión  Consultas  Sin cambios  0,2 
0003  89.04  Visita a domicilio  Consultas  Sin cambios  0,3 
0006  89.04  Visitas de hospitalización e interconsultas  Consultas  Descripción  0,2 
  89.04  Consultas telemáticas  Consultas  Nuevo  0,3 
  89.04  Consultas urgentes  Consultas  Nuevo  0,3 
1436  95.13  Ecografía oftálmica (incluida biomicroscopía ultrasónica)  PR.DX.  Descripción  0,1 
1659  95.22  Electrooculografía. Electronistagmografía  PR.DX.  Sin cambios  0,1 
1660  95.21  Electrorretinograma  PR.DX.  Sin cambios  0,1 
1668  95.23  Potenciales evocados visuales  PR.DX.  Sin cambios  0,1 
1739  95.09  Tomografía de coherencia óptica (segmento posterior y anterior)  PR.DX.  Sin cambios  0,1 
1743  95.12  Angiografía con fluoresceína o con verde de indocianina  PR.DX.  Agrupación  0,1 
1744  95.05  Campimetría  PR.DX.  Descripción  0,1 
1745  12.29  Gonioscopia  PR.DX.  Sin cambios  0,05 
1747  95.11  Retinografía simple y de campo amplio  PR.DX.  Sin cambios  0,05 
2290  16.29  Exploración orbitaria  PR.DX.  Descripción  0,05 
2710  11.29  Paquimetría corneal  PR.DX.  Sin cambios  0,05 
2712  11.29  Topografía corneal  PR.DX.  Sin cambios  0,05 
  08.19  Meibografía  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  10.29  Osmolarimetría  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  11.21  Raspado corneal para frotis y cultivo. Citología impresión  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  11.29  Pruebas de biomecánica corneal  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  11.29  Microscopía especular corneal (recuento endotelial)  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  11.29  Microscopía confocal corneal y nervio óptico  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  38.24  Tomografía de coherencia óptica con angiografía (angio-OCT)  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  89.39  Registro fotográfico del segmento anterior  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  95.06  Test de colores (Ishihara, Farnsworth-Munsell)  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  95.09  Pruebas de sensibilidad al contraste  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  95.09  Test de adaptación prismática  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  95.09  Pruebas de fusión y estereopsis.Sinoptometría  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  95.09  Test de Schirmer  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  95.12  Autofluorescencia del fondo ocular  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  95.13  Biometría ocular (interferometría óptica, ultrasónica, inmersión)  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  95.15  Estudio de ciclotorsión y campo de no diplopia  PR.DX.  Nuevo  0,05 
  95.15  Videooculografía (VOG) y videonistagmografía (VNG)  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  95.15  Test de Hess-Lancaster  PR.DX.  Nuevo  0,1 
  95.21  Electrorretinograma multifocal  PR.DX.  Nuevo  0,1 
1752  14.24  Fotocoagulación con láser en patología de retina  PR.TX.  Agrupación  0,1 
1755  12.14  Iridotomías e iridoplastias con láser  PR.TX.  Descripción  0,1 
1756  12.54  Trabeculoplastia con láser (selectiva SLT, argón ALT)  PR.TX.  Descripción  0,1 
1763  10.91  Inyecciones subconjuntivales, subtenonianas, peri- o retrobulbares  PR.TX.  Agrupación  0,05 
1765  95.35  Ortóptica y tratamientos de la visión binocular  PR.TX.  Descripción  0,2 
2289  09.43  Siringación/lavado de vías lagrimales  PR.TX.  Descripción  0,05 
3232  12.69  Iridotomía, capsulotomía, membranectomía y vitreólisis con láser Yag  PR.TX.  Descripción  0,1 
6000  93.57  Curas  PR.TX.  Sin cambios  0,05 
  95.32  Adaptación lentes de contacto como tratamiento defectos refracción  PR.TX.  Nuevo  0,05 
  99.83  Terapia fotodinámica  PR.TX.  Nuevo  0,2 
919  08.09  Abscesos y quistes de párpados. Punción/drenaje  IQ GR. 0  Sin cambios  0,2 
1766  10.00  Cuerpo extraño corneal, conjuntival o escleral. Extracción  IQ GR. 0  Agrupación  0,2 
1768  09.42  Dacriolitos, concreciones y membranas conjuntivales. Extracción  IQ GR. 0  Descripción  0,2 
1772  11.41  Úlceras y degeneraciones corneales. Desbridamiento, pulido o micropunciones  IQ GR. 0  Descripción  0,2 
3244  08.91  Triquiasis y distiquiasis. Depilación  IQ GR. 0  De Pr.Tx.  0,2 
  08.11  Biopsia de párpado  IQ GR. 0  Nuevo  0,2 
  11.50  Retirada de suturas en córnea, conjuntiva o párpados  IQ GR. 0  Nuevo  0,2 
  E930.7  Empleo de antimitóticos en cirugía de glaucoma, córnea o conjuntiva  IQ GR. 0  Nuevo  0,2 
921  08.52  Blefarorrafia  IQ GR. 1  Descripción  0,3 
927  08.22  Tumor o quiste palpebral. Extirpación simple de lesiones menores  IQ GR. 1  Descripción  0,3 
946  08.20  Xantelasma. Extirpación sin plastia  IQ GR. 1  De IQ2  0,3 
1204  08.51  Cantorrafia, cantotomía  IQ GR. 1  Sin cambios  0,3 
1751  08.91  Electrolisis o diatermia ciliar  IQ GR. 1  De Pr.Tx.  0,3 
1771  10.60  Sutura de heridas conjuntivales  IQ GR. 1  De IQ0  0,3 
1773  08.21  Chalación. Escisión  IQ GR. 1  Sin cambios  0,3 
1774  09.51  Estricturectomía, puntoplastia  IQ GR. 1  Descripción  0,3 
1775  09.53  Dacriocistitis aguda. Desbridamiento  IQ GR. 1  Descripción  0,3 
1776  12.91  Paracentesis cámara anterior, aspirado acuoso, inyección de fármacos  IQ GR. 1  Descripción  0,3 
2329  99.29  Inyección intravítrea (anti-VEGF, gas/IRGE, otros fármacos)  IQ GR. 1  De Pr.Tx.  0,3 
  12.66  Revisión de ampolla de filtración (needlingIQ GR. 1  Nuevo  0,3 
921  08.52  Tarsorrafia  IQ GR. 2  De IQ1  0,4 
1208  08.89  Coloboma palpebral. Cierre directo  IQ GR. 2  de IQ1  0,4 
1770  09.44  Obstrucción congénita conductos lagrimales Sondaje  IQ GR. 2  De IQ0  0,4 
1777  10.50  Simblefarón. Sección y sutura  IQ GR. 2  De IQ1  0,4 
1781  10.31  Pannus y lesiones vasculares conjuntivales. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 2  Descripción  0,4 
1782  11.39  Pterigium y tumores de conjuntiva. Resección sin injerto  IQ GR. 2  Descripción  0,4 
1784  10.44  Recubrimiento o injerto conjuntival  IQ GR. 2  Sin cambios  0,4 
1787  08.81  Sutura de heridas palpebrales  IQ GR. 2  Descripción  0,4 
1789  11.91  Tatuaje corneal  IQ GR. 2  Descripción  0,4 
2287  95.04  Exploración ocular bajo anestesia general en pediatría  IQ GR. 2  De Pr.Dx.  0,4 
3214  09.52  Canaliculitis. Desbridamiento  IQ GR. 2  De IQ1  0,4 
3218  08.21  Chalación múltiple. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 2  Sin cambios  0,4 
  10.49  Conjuntivocalasia. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 2  Nuevo  0,4 
  12.82  Fístula escleral. Reparación mediante Sutura del colgajo  IQ GR. 2  Nuevo  0,4 
982  08.61  Xantelasma. Extirpación con plastia local  IQ GR. 3  Sin cambios  0,5 
1214  08.59  Epicantus. Extirpación con plastia local  IQ GR. 3  Sin cambios  0,5 
1778  14.11  Aspiración/biopsia del vítreo  IQ GR. 3  De IQ2  0,5 
1779  14.22  Crioterapia, láser diodo, diatermia C. Ciliar/retina (desgarros,tumores)  IQ GR. 3  De IQ2  0,5 
1783  08.20  Quiste dermoide cola de ceja. Resección  IQ GR. 3  De IQ2  0,5 
1785  09.60  Extirpación saco lagrimal (dacriocistectomía)  IQ GR. 3  De IQ2  0,5 
1786  10.41  Simblefarón.Reparación con injerto libre  IQ GR. 3  De IQ2  0,5 
1790  11.32  Pterigium y tumores de conjunctiva. Resección con injerto  IQ GR. 3  De IQ2  0,5 
1792  12.00  Cuerpo extraño cámara anterior. Extracción y lavado (incluye hifema)  IQ GR. 3  Sin cambios  0,5 
1796  08.61  Tumor de párpado. Extirpación con plastia local  IQ GR. 3  Sin cambios  0,5 
3213  08.80  Blefarocalasia con alteraciones visuales. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 3  De IQ1  0,5 
3223  99.29  Estrabismo. Inyección de toxina botulínica  IQ GR. 3  De Pr.Tx / IQ4  0,5 
3230  12.87  Refuerzo escleral con injerto (parche escleral)  IQ GR. 3  Sin cambios  0,5 
3245  08.93  Triquiasis. Tratamiento quirúrgico por corrección palpebral  IQ GR. 3  De IQ1  0,5 
  16.23  Biopsia orbitaria  IQ GR. 3  Nuevo  0,5 
  99.29  Blefaroespasmo y espasmo hemifacial. Inyección de toxina botulínica  IQ GR. 3  Nuevo  0,5 
  99.29  Nistagmus. Inyección de toxina botulínica  IQ GR. 3  Nuevo  0,5 
970  08.33  Ptosis palpebral (suspensión frontal o resección elevador)  IQ GR. 4  De IQ4  0,6 
1213  08.49  Ectropión, entropión. Reparación sin injerto o colgajo  IQ GR. 4  De IQ3  0,6 
1788  11.51  Sutura de heridas córneo-esclerales o dehiscencias postquirúrgicas  IQ GR. 4  De IQ2  0,6 
1794  16.30  Evisceración o enucleación del globo ocular  IQ GR. 4  De IQ3  0,6 
1801  12.14  Cuerpo extraño en iris. Extracción con/sin iridectomía  IQ GR. 4  Sin cambios  0,6 
1802  09.81  Dacriocistorrinostomía quirúrgica  IQ GR. 4  Sin cambios  0,6 
1806  15.20  Estrabismo simple (1, 2 o 3 músculos). Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 4  Descripción  0,6 
1807  12.52  Goniotomía AB externa o interna  IQ GR. 4  Descripción  0,6 
1808  12.13  Hernias del iris o del humor vítreo  IQ GR. 4  Sin cambios  0,6 
1809  12.12  Iridotomía, capsulotomía o membranectomía. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 4  Sin cambios  0,6 
2704  16.98  Absceso orbitario. Drenaje  IQ GR. 4  De IQ1  0,6 
3219  09.70  Reparación de canalículos lagrimales  IQ GR. 4  De IQ3  0,6 
3243  11.99  Queratectomía fototerapéutica (PTK) por láser excímer  IQ GR. 4  Descripción  0,6 
3247  14.73  Vitrectomía anterior  IQ GR. 4  De IQ6  0,6 
  08.38  Retracción palpebral. Corrección quirúrgica  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
  11.99  Trasplante de membrana amniótica  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
  12.59  Recolocación de tubo valvular  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
  13.69  Extracción masas, córtex residual en saco capsular / cámara anterior  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
  13.72  Giro-reposición eje de LIO tórica  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
  14.75  Inyección de sustituto vítreo  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
  14.90  Drenaje fluido supracoroideo  IQ GR. 4  Nuevo  0,6 
1005  08.69  Reconstrucción del párpado por tumores o traumatismos, con injerto  IQ GR. 5  De IQ4  0,7 
1769  11.49  Ectasias corneales. Resección en cuña, suturas de tracción  IQ.GR. 5  De IQ0  0,7 
1231  08.44  Ectropión, entropión. Reparación con injerto o colgajo  IQ GR. 5  Descripción  0,7 
1798  12.42  Tumores o quistes de iris. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 5  De IQ3  0,7 
1799  13.19  Catarata. Extracción intracapsular de cristalino con/sin LIO  IQ GR. 5  De IQ4  0,7 
1810  13.72  LIO (afáquica o pseudofáquica). Implante 2°, reimplante o reposición  IQ GR. 5  De IQ4  0,7 
1813  13.20  Catarata. Extracción extracapsular de cristalino con/sin LIO  IQ GR. 5  Sin cambios  0,7 
1817  12.64  Cirugía del glaucoma por trabeculectomía  IQ GR. 5  Sin cambios  0,7 
2708  12.30  Reparación del iris (iridodiálisis, iridoplastias, coreoplastias)  IQ GR. 5  De IQ3  0,7 
2709  15.40  Nistagmus. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 5  De IQ4  0,7 
3216  13.41  Catarata. Facoemulsificación del cristalino con/sin lente intraocular  IQ GR. 5  Sin cambios  0,7 
3227  10.42  Reconstrucción de fondos de saco conjuntivales con injerto libre  IQ GR. 5  De IQ3  0,7 
3236  16.09  Oftalmopatía tiroidea. Descompresión orbitaria  IQ GR. 5  De IQ4  0,7 
7932  13.42  Lensectomía, vía pars plana  IQ GR. 5  Descripción  0,7 
  09.82  Conjuntivocistorrinostomía  IQ GR. 5  Nuevo  0,7 
  11.75  Cirugía corneal incisional astigmática (excluido láser)  IQ GR. 5  Nuevo  0,7 
  15.50  Estrabismo complejo (transposición, o cirugía más de tres músculos)  IQ GR. 5  Nuevo  0,7 
  15.90  Otras cirugías sobre músculos (faden, anclaje periostio, afilamiento)  IQ GR. 5  Nuevo  0,7 
1019  16.89  Reparación orbitaria traumatismos y tumores con conservación globo  IQ GR. 6  De IQ5  0,8 
1793  16.10  Cuerpo extraño intraorbitario. Extracción  IQ GR. 6  De IQ3  0,8 
1818  16.01  Tumor de órbita, localización por vía anterior  IQ GR. 6  De IQ5  0,8 
1819  14.41  Desprendimiento de retina. Indentación escleral, explante  IQ GR. 6  Descripción  0,8 
  12.69  Esclerectomía profunda no perforante para glaucoma  IQ GR. 6  Nuevo  0,8 
  13.90  Fijación transescleral o surco ciliar de lente intraocular luxada  IQ GR. 6  Nuevo  0,8 
  14.27  Braquiterapia escleral u orbitaria en tumores  IQ GR. 6  Nuevo  0,8 
  14.54  Endofotocoagulación retiniana con láser  IQ GR. 6  Nuevo  0,8 
  14.60  Extracción de fragmentos cristalinianos o lente luxada a vítreo  IQ GR. 6  Nuevo  0,8 
  16.69  Injerto dermograso  IQ GR. 6  Nuevo  0,8 
1803  13.90  Catarata complicada: negra, blanca, subluxada, nanoft, pp, ocs2 +, pedd  IQ GR. 7  De IQ4  0,9 
1821  14.72  Vitrectomía post. No complicada (incluye pelado MER, agujero macular)  IQ GR. 7  De IQ6  0,9 
2711  16.82  Reconstrucción del segmento anterior por tumores o traumatismos  IQ GR. 7  De IQ5  0,9 
3242  11.62  Quiste dermoide límbico. Tratamiento con queratoplastia laminar  IQ GR. 7  De IQ3  0,9 
  11.61  Autotrasplante de limbo (CLAU, SLET)  IQ GR. 7  Nuevo  0,9 
  12.69  Canalostomía AB externo por EPNP  IQ GR. 7  Nuevo  0,9 
1812  14.29  Tumores de retina, coroides y cuerpo ciliar. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 8  De IQ4  10 
1820  16.52  Exenteración orbitaria  IQ GR. 8  De IQ6 
1825  16.09  Tumor de órbita, localización por vía posterior  IQ GR. 8  Descripción  10 
3239  11.62  Queratoplastia laminar (DSAEK, DMEK, DALK, SALK)  IQ GR. 8  De IQ7 
3240  11.64  Queratoplastia penetrante  IQ GR. 8  Sin cambios  10 
  11.69  Trasplante células madre (limbares o mesenquimales) por insuf. Limbar  IQ GR. 8  Nuevo  10 
  14.79  Vitrectomía complicada por DR traccional, PVR, traumatismos, CEIO  IQ GR. 8  Nuevo  10 
  16.98  Fenestración de vaina Nervio óptico en hipertensión intracraneal  IQ GR. 8  Nuevo  10 

OMC = Organización Médica Colegial. CIE-9 = Clasificación Internacional de Enfermedades 9a Edición. U = Formación. R = Responsabilidad. V = Valor salud. URV = Unidades Relativas Valor. CP = Coeficiente de Ponderación. VEGF = Factor de crecimiento endotelial vascular. IRGE = Inyecciones repetidas de gas expansible. LIO = Lente intraocular. PP = Polar posterior. OCS = Opacidad corneal significativa. PED = Pupilas estrechas que requieren dispositivos de dilatación. CLAU = Autotrasplante limbo-conjuntival. SLET = Trasplante simple de células epiteliales limbares. EPNP = Esclerectomía profunda no perforante. DSAEK = Queratoplastia endotelial automatizada con pelado de la membrana de Descemet. DMEK = Queratoplastia endotelial de la membrana de Descemet. DALK = Queratoplastia laminar anterior profunda. SALK = Queratoplastia laminar anterior superficial. DR = Desprendimiento de retina. PVR = Proliferación vítreo-retiniana. CEIO = Cuerpo extraño intraocular. PR.DX = Procedimientos diagnósticos. PR.TX =Procedimientos terapéuticos. IQ GR = Intervenciones quirúrgicas grupo.

Para cada uno de los actos médicos distribuidos en las filas, se muestran en las columnas de izquierda a derecha las siguientes características:

  • -

    Código OMC

  • -

    Código CIE-9-MC

  • -

    Término descriptor

  • -

    Grupo

  • -

    Modificación propuesta por la SEO: Sin cambios o cambios mínimos en los descriptores, agrupación de actos por definiciones similares, cambio de grupo especificando el de origen, y actos nuevos. En la tabla 4 se muestran aparte los 16 procedimientos que fueron eliminados.

    Tabla 4.

    Actos médicos del nomenclátor antiguo eliminados

    Cód. OMC  Cód. CIE-9  Descripción  Grupo 
    1750  12.01  Electroimán  PR.TX. 
    1754  12.41  Fotocoagulación con láser en desviaciones pupilares  PR.TX. 
    2464  11.79  Fotoqueratectomía refractiva (PRK por láser excímer)  PR.TX. 
    3228  12.41  Fotocoagulación con láser en tumores o quistes del iris  PR.TX. 
    1769  11.49  Ectasias corneales, extirpación  IQ GR. 0 
    1780  12.89  Esclerotomía posterior  IQ GR. 2 
    2706  08.31  Fascia orbitaria. Sutura  IQ GR. 2 
    1791    Ausencia saco lagrimal, creación vía excretora  IQ GR. 3 
    3229  09.23  Glándula lagrimal. Extirpación (dacrioadenectomía)  IQ GR. 3 
    1805  12.61  Esclero-iridectomía (legrange, elliot, etc)  IQ GR. 4 
    2307    Dacriocistorrinostomía con láser  IQ GR. 4 
    3234  13.72  Lente intraocular. Implante segunda lente  IQ GR. 4 
    3246  12.84  Tumor de esclerótica. Tratamiento quirúrgico  IQ GR. 4 
    1816  11.75  Microcirugía de la miopía, queratotomía radiada  IQ GR. 5 
    3238  11.71  Queratomileusis in situ asistida por láser (LASIK)  IQ GR. 5 
    1823  11.73  Queratoprótesis y/o queratoplastia  IQ GR. 8 

    OMC = Organización Médica Colegial. CIE = Clasificación Internacional de Enfermedades. PR.TX. = Procedimientos Terapéuticos. PR.DX. = Procedimientos Diagnósticos. IQ GR = Intervenciones Quirúrgicas Grupo.

  • -

    U = 1-4 puntos posibles

  • -

    R = 0-3 puntos posibles

  • -

    V = 0-3 puntos posibles

  • -

    URV = suma U + R + V = 1-10 URV posibles

  • -

    CP = se aplica sobre el producto del coste unitario por el número de URV, con el fin de ajustar la tarifa final al tipo de acto médico. Cuanto mayor sea este coeficiente, mayor será la tarifa retributiva. Comprende valores entre 0,05 y 1.

Discusión

El nuevo nomenclátor de consultas, procedimientos diagnósticos, procedimientos terapéuticos e intervenciones quirúrgicas constituye una excelente herramienta de gestión para dar a conocer de forma actualizada, sistematizada y consensuada la cartera de servicios en oftalmología, y adicionalmente sirve de base para definir los indicadores de actividad, calidad, rendimiento, y a través de la contabilidad analítica, determinar los costes por proceso7.

La URV representa el coste para cada procedimiento, a partir de otro procedimiento que se toma como referencia, por lo que los costes obtenidos siempre serán aproximados, pero a cambio permite la comparación de procesos completamente distintos7,8. En el presente baremo hemos tomado como referencia la queratoplastia penetrante por alcanzar 10 URV, que es la máxima puntuación posible sumando los tres indicadores cuantitativos (U + R + V) que manejamos. Fijando una tarifa máxima para dicho procedimiento, ya podríamos calcular el coste unitario de la URV y aplicarlo a los restantes actos médicos del catálogo, ajustando el resultado por un coeficiente de ponderación (CP) variable, según el grupo al que pertenezcan, y cuyo valor más alto (CP = 1) correspondería al grupo de mayor complejidad del catálogo (IQ8), que incluye al mencionado procedimiento. Las tarifas presentarán una correlación exponencial positiva con el número de URV, las cuales son, por tanto, factores de distribución que permiten convertir los elementos sumatorios de valoración de un procedimiento en coste económico imputable a ese procedimiento.

A diferencia del nomenclátor de oftalmología, otros, como el de la Sociedad Española de Medicina Nuclear (SEMNIM), asigna valores ponderados a cada técnica o procedimiento, en función de los costes de personal y de material por exploración9. Anteriormente ya hemos comentado que la filosofía de nuestro nuevo baremo tenía como objetivo principal cuantificar justamente el trabajo privativo del médico. Tanto el tiempo como los costes de personal y de material son comunes a otros actos profesionales y, por consiguiente, no aportan valor añadido: por ello deben repercutirse separadamente del baremo por parte de quien contraiga dichos gastos. Ciertamente, el no haberlo resuelto históricamente así, puede haber supuesto la principal causa de minusvaloración de la retribución que le correspondería al medico, únicamente por su acción exclusiva e individual, intrínseca al procedimiento e independiente de otros elementos colaterales; y no justamente al contrario, es decir, aplicando al procedimiento una tarifa global ajustada de la cual se van detrayendo los costes por los diferentes conceptos, de manera que la cuota médica taxativa queda relegada al valor residual.

En el caso de la SEMNIM9, para medir la complejidad de cada técnica o prueba definen el índice de complejidad que, a diferencia de lo que nosotros hemos propuesto como Formación-Complejidad (U), permite interpretar cualitativa y cuantitativamente la actividad realizada, ya que considera el tiempo de trabajo (médico y resto de plantilla) así como los costes de personal y material, no así los costes estructurales propios del servicio y comunes del hospital. Ya hemos expuesto que una limitación de registrar el tiempo es la posibilidad de penalizar determinados procedimientos complejos, pero agilizados por altas tecnologías, y por tanto, rápidos en su ejecución.

En este nuevo nomenclátor, y de acuerdo con sus principios generales, se eliminan de las descripciones determinadas cualidades, como por ejemplo, la condición de unilateralidad o bilateralidad de un proceso, técnica o exploración, o la de tratamiento completo para agrupar en una única asignación un procedimiento que precisa de varias sesiones. En el primer caso no es necesario el adjetivo, puesto que aunque una intervención quirúrgica o procedimiento terapéutico se realice dentro de la misma sesión en ambos ojos, se facturarán por separado cada uno al cien por cien de su tarifa conforme al principio quinto. Sin embargo, esta medida no se aplicará en las exploraciones diagnósticas, facturándose una sola vez, ya sean unilaterales o bilaterales (cuarto principio), puesto que habitualmente se hacen en los dos ojos durante un tiempo que, aunque siendo casi el doble, por lo general no resulta trascendente al tratarse de técnicas dinámicas y automatizadas. En el segundo caso (por ejemplo, fotocoagulación panretiniana en la retinopatía diabética), se facturarán tantos actos como sean necesarios, todos al cien por cien de su tarifa, tal y como dicta el principio tercero.

Asimismo, las intervenciones quirúrgicas que incluyan diferentes procedimientos combinados en la misma sesión, cada uno de ellos se facturará por separado al cien por cien de su tarifa, tal y como se indica en el principio sexto (por ejemplo, facovitrectomía o facotrabeculectomía). Esta medida evitaría debatir algunas propuestas realizadas, consistentes en elevar de grupo y tarifa determinados procedimientos que suelen realizarse junto a otros, como por ejemplo, vitrectomía anterior durante la cirugía de catarata, y que actualmente se remuneran a la mitad o a una tercera parte de su tarifa, al considerarse procedimientos secundarios o terciarios.

Otro aspecto clave a debatir es la correcta definición y constituyentes de la consulta oftalmológica, ya sea primera visita o revisión. En el principio octavo queda definida como el acto médico que incluye la anamnesis y exploración oftalmológica básica, compuesta exclusivamente por: agudeza visual, refracción, motilidad ocular extrínseca e intrínseca, biomicroscopía del segmento anterior, presión intraocular y oftalmoscopía. El resto de las exploraciones complementarias dispondrán de un código y tarifa de facturación aparte de la consulta, no incluyéndose en ésta en ningún caso.

En este sentido, una de las cuestiones planteadas que mayor controversia ha generado ha sido la posibilidad de incluir en el nomenclátor el descriptor: «Tratamiento con adaptación de lente de contacto en defectos refractivos, patología corneal o como cura oclusiva». El argumento en favor se sostiene sobre la base de que cualquiera de las pruebas diagnósticas, terapéuticas o intervenciones quirúrgicas incluyen un material para su realización (por ejemplo, lámpara de hendidura, refractómetro, facoemulsificador, suturas, etc.), que sin su concurso no sería posible llevarlas a cabo. Como por la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios (LGURMPS 29/2006)10, no sería posible facturar material sanitario por parte del personal facultativo, se manejaría el argumento del reconocimiento de una tarifa por el acto médico intrínseco de la adaptación de lentes de contacto en los tres supuestos especificados, cuantificado como el resto en URV. Por otra parte, este hecho tendría también la finalidad de reivindicar el procedimiento de adaptación de lentes de contacto como un acto médico que debería ser de la competencia de los oftalmólogos en su lucha contra el intrusismo de otros colectivos profesionales, como el de los ópticos-optometristas. Por el contrario, debe resaltarse nuevamente que los criterios de valoración de los actos médicos de este nuevo catálogo no consideran los gastos de material para el cálculo de las tarifas.

Al igual que para los restantes procedimientos, la tarifa por adaptación de lentes de contacto tendría que fijarse únicamente en función de los criterios de formación-complejidad (U), responsabilidad (R) y valor salud (V), en cada uno de los tres supuestos que se han planteado: Primero, como tratamiento de los defectos de refracción ocular podría incorporarse al catálogo al no disponer de otro procedimiento similar. Segundo, como cura oclusiva, para proteger la córnea con una lente de contacto terapéutica (LCT) en abrasiones y defectos epiteliales o tras cirugías del segmento anterior, el catálogo incorpora el procedimiento terapéutico «Curas» (Cód. CIE-9-MC 93.57), que tiene un valor de una URV y un CP de 0,05. Tercero, como tratamiento de patología corneal ya existen otros procedimientos en el grupo IQ0, que abarcan las distintas posibilidades que pueden precisar una LCT como son el cód. 9.42 (dacriolitos, concreciones y membranas conjuntivales), cód. 10.00 (cuerpo extraño corneal, conjuntival o escleral), cód. 11.41 (desbridamiento, micropunciones, y pulido de úlceras o degeneraciones corneales) y cód. 11.50 (retirada de suturas).

De igual modo, en otras intervenciones sobre la córnea pertenecientes a grupos quirúrgicos más elevados y realizados en el quirófano (por ejemplo, cirugía incisional astigmática, queratectomía fototerapéutica, queratoplastia lamelar y autotrasplante de limbo), que puedan requerir una LCT tras la finalización de la cirugía, se factura el acto médico conforme a las URV y CP indicados en el catálogo, y no mediante un código adicional que enuncie «adaptación de lente de contacto», como tampoco se añadiría «sutura de la incisión» o «antibiótico intracameral». En resumen, el nuevo catálogo incorporará «adaptación de lente de contacto» (Cód. CIE-9-MC 95.32), únicamente como tratamiento de los defectos de refracción ocular.

Siguiendo con los cambios formulados por los colaboradores en el desarrollo del nuevo nomenclátor, seguidamente se exponen algunos de los más debatidos. La totalidad de las variaciones efectuadas se muestran en la tabla 3.

Modificación de las descripciones de los procedimientos

Dentro del grupo de consultas, las interconsultas de otros especialistas para pacientes ingresados se adjuntan dentro del código «visitas de hospitalización». Se añaden «retinografía de campo amplio» en «retinografía», «tomografía de coherencia óptica del segmento anterior” en «tomografía de coherencia óptica», y «angiografía con verde de indocianina» en «angiografía». En IQ0 al «desbridamiento y/o pulido de úlceras y degeneraciones corneales» (Cód. 11.41) se le añaden las «micropunciones estromales». Solo se mantiene la blefaroplastia por motivos no primariamente estéticos en el grupo IQ3 para los casos de blefarocalasia o dermatocalasia, que comprometen la agudeza visual. En el grupo IQ4 se eliminaron los implantes valvulares y solo se ha mantenido la «recolocación del tubo valvular» (Cód. 12.59). También se ha diferenciado la cirugía del estrabismo en función de los músculos intervenidos y no de los ojos, en simple, cuando se intervienen de uno a tres músculos (grupo IQ4), y complejo, que incluye la cirugía de más de tres músculos (IQ5) y/o trasposiciones. En el grupo IQ5 se ha modificado la descripción del implante secundario de lentes intraoculares a «lente intraocular (afáquica o pseudofáquica), implante secundario, reimplante o reposición».

Adición de nuevos procedimientos

En la tabla 3 pueden reconocerse todos ellos. Algunos destacables serían las consultas urgentes y consultas telemáticas; procedimientos diagnósticos como la biometría ocular (por interferometría óptica, ultrasónica o inmersión), microscopía confocal corneal, video-oculografía, electrorretinograma multifocal, autofluorescencia o angio-OCT; y procedimientos terapéuticos como la adaptación de lentes de contacto como tratamiento de los defectos de refracción ocular. Dentro de los procedimientos quirúrgicos del grupo IQ3, la toxina botulínica para el nistagmus y distonías faciales. En el grupo IQ4, la queratectomía fototerapéutica, la cual sería la única excepción de tratamiento con láser excimer, puesto que puede ser insustituible en algunos casos, pero nunca con fines refractivos. También en IQ4, el giro o reposición del eje de lentes intraoculares tóricas, cada vez de uso más frecuente. La cirugía corneal incisional astigmática (sin láser) en el grupo IQ5 es la única excepción a la cirugía refractiva que se incluye en el baremo, con el fin de poder efectuar incisiones arcuatas o limbares relajantes en astigmatismos elevados originados por patología corneal (por ejemplo, postqueratoplastia). En el grupo IQ6, la esclerectomía profunda no perforante y la extracción de fragmentos cristalinianos o lentes intraoculares luxadas al vítreo (Cód. 14.60). En el grupo IQ7, la catarata complicada, exclusivamente en los supuestos de microftalmos o nanoftalmos, catarata negra brunescente, hipermadura o membranosa, catarata blanca intumescente con riesgo de desgarro capsular en «bandera argentina», catarata polar posterior, subluxación o luxación del cristalino, opacidad corneal significativa o severa que considerablemente dificulte la visualización del cristalino, y finalmente pupilas estrechas o sinequiadas que requieran el empleo de retractores u otros dispositivos de dilatación mecánica. También en el grupo IQ7, el autotrasplante limbo-conjuntival (CLAU) y autotrasplante simple del epitelio limbar (SLET). En el grupo IQ8 se han añadido procedimientos de alta complejidad, como son el trasplante de células madre limbares o mesenquimales a la superficie ocular por el síndrome de insuficiencia limbar, la vitrectomía pars plana complicada por desprendimiento traccional con proliferación vítreo-retiniana, traumatismos o cuerpos extraños intraoculares, o la fenestración de la vaina del nervio óptico en hipertensión intracraneal.

Cambios de grupo

En la tabla 3 se especifican todos los cambios. Algunos de los más representativos son: «estrabismo con toxina botulínica» y «crioterapia» suben al grupo IQ3, «ectropión y entropión» ascienden al IQ4, se eleva «ectropión y entropión con colgajo» al IQ5, «técnicas de reconstrucción del iris» sube al IQ5, «tumor de órbita por vía anterior» al IQ6, vitrectomía por pars plana simple» al IQ7 y «vitrectomía por pars plana compleja» al IQ8. Los «tumores de coroides, retina y cuerpo ciliar» pasan al IQ8, y la «queratoplastia laminar» al IQ8.

Supresión de procedimientos

La tabla 4 muestra todos los procesos eliminados. La mayoría obedece a motivos de desuso clínico y obsolescencia, descripciones inapropiadas, duplicidades, cirugía de implantes, cirugía refractiva con láser o causas mixtas.

Para finalizar, conviene reseñar que en función de las URV obtenidas para cada procedimiento, para algunos cuyos valores eran discordantes con los restantes del grupo original al que pertenecían, fue necesario efectuar un traslado de grupo, ya fuera al alza o a la baja.

En conclusión, el nuevo nomenclátor resulta una herramienta muy útil para utilizar una terminología común, ofertar la cartera de servicios, medir y conocer el valor relativo de nuestra actividad y de los costes aproximados de los procedimientos, y adicionalmente, para realizar estudios comparativos longitudinales. Esencialmente porque el catálogo ha surgido del consenso, debe constituir un instrumento básico para progresar y enriquecer nuestra práctica asistencial.

Financiación

Este trabajo no ha recibido ningún tipo de financiación.

Conflicto de intereses

Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses.

Agradecimientos

La Junta Directiva de la SEO desea expresar su agradecimiento a todos aquellos socios colaboradores que han participado en la revisión o elaboración de propuestas y enmiendas a este documento (listados por orden alfabético de apellidos): Jesús Araiz Iribarren, Félix Armadá Maresca, Francisco Arnalich Montiel, Pedro Beneyto Martín, Alvaro Bengoa González, Carmelina Brito Muguerza, Margarita Calonge Cano, Juan Antonio Cárceles Cárceles, Alfredo Castillo Gómez, Manel Dolcet Cort, Susana Duch Tuesta, Carlos Fernández Cid, Antonio Duch Samper, Gonzaga Garay Aramburu, Salvador García Delpech, Carmina García Franco, Marcos Gómez García, María Rosario Gómez de Liaño, Juan Jacobo González Guijarro, Julio González López, María Mar González Manrique, Carlos Grande Baos, Ignacio Guerrero Ramírez, Miguel Harto Castaño, Iñigo Jiménez Alfaro, Jerónimo Lajara Blesa, Carlos Laria Ochaita, Fernando Llovet Osuna, Consuelo López Abad, Félix Martín Oses, José María Martínez de la Casa, Gorka Martínez Grau, Jesús Merayo Lloves, Pilar Merino Sanz, Amparo Návea Tejerina, Susana Noval Martín, Julio Ortega Usobiaga, Marco Sales Sanz, Bernardo Sánchez Dalmau, Ramón Torres Imaz, José Luis Urcelay Segura, Alicia Valverde Megías, Joaquín Vázquez de la Torre.

Bibliografía
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