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Vol. 25. Núm. 6.
Páginas 440 (enero 1999)
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Vol. 25. Núm. 6.
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Confidencialidad y secreto médico
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M.T. Delgado Marroquín
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Bibliografía y comentarios
[1.]
Para más información sobre las causas, objeto, extensión y fundamentos del secreto médico es interesante el capítulo de Gisbert Calabuig J. El secreto médico.
Manual de bioética general, pp. 298-310
[2.]
Dentro de los derechos fundamentales de todas las personas, también de las que son atendidas en centros sanitarios, está el derecho a la intimidad, que supone la posibilidad de saber qué datos sobre uno mismo, quién y a quién pueden ser desvelados, incluyendo familiares, amigos y personal sanitario y parasanitario. Algunas Cartas de Derechos del Paciente elaboradas por escrito y proporcionadas en centros hospitalarios extranjeros recogen explícitamente este derecho. No acostumbra ser el caso en España, aunque sí se considera de forma implícita en la normativa administrativa y legal, fundamentada en disposiciones deontológicas. Para más información, es interesante la ponencia de los profesores Moya Pueyo V, Abenza Rojo J, Ladrón de Guevara L. Los derechos del enfermo. Libro de ponencias de las XI Jornadas Médico-Forenses Españolas. Badajoz, noviembre 1983
[3.]
La atención primaria de salud (APS) constituye un ámbito de trabajo con perpersonalidad propia. Los profesionales de APS nos preocupamos de la salud de las personas ya antes de que se encuentren enfermas (en este sentido el registro de hábitos y estilos de vida puede ser imprescindible), si bien los cuidados al enfermo crónico y al paciente en situación terminal recaen igualmente bajo nuestra responsabilidad. Tampoco debemos olvidar la dimensión comunitaria de nuestra actividad. Por otra parte, se ofrece una atención integral e integradora. Las personas que acuden a la consulta viven en su familia, con sus condiciones socioeconómicas y relatan vivencias y conflictos a la largo de sus múltiples visitas en el tiempo. Precisamente este tipo de relación prolongada en el tiempo constituye uno de los elementos específicos de la relación médico de cabecera-individuo, permitiendo el manejo de los valores, más importantes que los hechos a la hora de tomar decisiones. Estas características distintivas de la APS van a determinar algunas de las situaciones conflictivas que se plantean respecto al secreto médico. Por esta razón, se ha propuesto la formación de un grupo de trabajo sobre cuestiones de confidencialidad en APS
[4.]
Constitución Española de 1978: arts. 18, 20 y 36. Ley Organica de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, de 5 de mayo de 1982. Ley General de Sanidad de 1986: arts. 10.3 y 61. – Normativas especiales: RD 426/80 sobre Extracción y Transplante de Órganos. RD 1910/84 sobre Receta Médica. Ley 35/88 sobre Técnicas de Reproducción Asistida. RD 944/78 sobre Ensayos Clínicos. Ley 5/1992 sobre Regulación del Tratamiento Informatizado de los Datos de Carácter Personal. Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social
[5.]
Nuevo Código Penal: Título X, Capítulo primero: Delitos contra la intimidad, el aderecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. En concreto el art. 199 punto 2 regula el secreto profesional
[6.]
a) Derecho Penal: arts. 259, 262, 410, 417, 421 y 445 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. b) Enfermedades de declaración obligatoria: anexo de la Resolución de la Dirección de Salud Pública de 22 de diciembre de 1981
[7.]
Art. 716 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal – arts. 326 a 332 y 576 del Código Penal.
Para más información, acúdase a los textos legales y/o a los artículos: García Miró F. Legislación y secreto médico. Jano 1992; 43: 1567-1570 Secreto en la esfera médica.
Secreto profesional y libertad de expresión del funcionario, pp. 94-123
[8.]
En el artículo de Gutiérrez Maldonado J.
La deontología. Jano, 43 (1992), pp. 1573-1577
[9.]
Presentación del nuevo Código de Ética y Deontología Médica.
Jano, 38 (1990), pp. 2020-2028
[10.]
En el artículo de Gutiérrez Maldonado J. La deontología. Jano 1992; 43: 1573-1577, se recogen y comentan los diferentes códigos deontológicos en lo referente al secreto médico
[11.]
Bioética.
Bol Sanit Panam, 108 (1990), pp. 605
[12.]
A.R. Jonsen, M. Siegler, W.J. Winslade.
Clinical ethics.
[13.]
Muy interesantes al respecto las aportaciones de D.a María Castellano Arroyo en la sección Comisión Deontológica de la revista.
Aragón Médico, (1996), pp. 26-29
[14.]
A. Pérez Vicente, C. Bueso Magriña, S.H. Jabbour Neemi.
El secreto profesional y la informática.
Jano, 43 (1992), pp. 1561-1564
[15.]
Confidentiality of information on NHS network must be addressed.
BMJ, 312 (1996), pp. 579
[16.]
Aporta consideraciones interesantes el artículo: Silber TJ.
Consideraciones éticas en el tratamiento médico del paciente adolescente.
Jano, 37 (1989), pp. 839-840
[17.]
Existe mucha bibliografía al respecto. En castellano son interesantes, entre otros, los artículos: Gracia D. Los médicos y el sida.
Problemas éticos de la asistencia médica a enfermos de sida. Jano, 36 (1989), pp. 2261-2266
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