La carencia de pediatras en España y en concreto en atención primaria (AP) nos hace plantear posibles líneas de atención en la etapa infantojuvenil.
Las proyecciones del Ministerio de Sanidad en España son que en 2025 faltarán hasta 28.031 médicos especialistas, representando el −18,6% en la profesión médica, siendo la AP pediátrica y del adulto una de las áreas con mayor desajuste1.
En nuestro país la población infantojuvenil (0-14 años) es atendida por el pediatra, en colaboración con enfermería; la carencia de pediatras hace que en algunas zonas sea atendida por médicos de familia, o pediatras con título no homologado en España.
En Cataluña, en los últimos años, equipos de salud pediátricos apuestan por la redistribución de competencias y potenciar la autonomía de la enfermera en las revisiones de salud en esta etapa.
La optimización de la enfermería podría ser una posible solución a la acusada carencia de pediatras. Aumentar las competencias de la enfermera es una estrategia efectiva que mejora los servicios de salud2.
La redistribución de roles en pediatría con enfermeras de práctica avanzada y formadas, capacitadas para realizar actividades preventivas y de promoción de la salud, permite que el pediatra pueda dar atención a la patología que requiera de una mayor formación y atención.
No podemos olvidar el carácter prioritario de la prevención y promoción de la salud en la edad pediátrica. La pediatría de AP proporciona una asistencia sanitaria próxima a los niños y sus familias, cuyo objeto fundamental no es la enfermedad sino la población infantil en todas sus etapas3.
En cuanto a las competencias de la enfermera, están descritas y recogidas en diversas leyes e instituciones oficiales.
El Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España4, en el artículo 53.1 recoge: «Los servicios de enfermería tienen como misión prestar atención de salud a los individuos, las familias y las comunidades en todas las etapas del ciclo vital y en sus procesos de desarrollo (…)».
El artículo 53.2 recoge: «El enfermero generalista, (…), responsable de sus actos profesionales de enfermero que ha adquirido los conocimientos y aptitudes suficientes acerca del ser humano, de sus órganos, de sus funciones biopsicosociales en estado de bienestar y de enfermedad, (…)». De ambos artículos de ley se deduce que la enfermera formada en pediatría sería el profesional con las competencias propias en la atención del niño, capacitada para la detección de alteraciones de salud, del individuo y de su entorno.
El Plan estratégico de Ordenación de la Atención de Pediatría en la AP (PE) elaborado por el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña en 2007, con el fin de dar respuesta a los problemas organizativos y a la carencia de pediatras en Cataluña, señala: «La enfermera del equipo de AP de Pediatría trabajará en coordinación con el pediatra, compartiendo competencias y dando soporte para poder dar una atención integral al niño, así como la distribución de funciones de enfermeras y pediatras»5.
Las conclusiones de una revisión sistemática en Cochrane Library (18 ensayos aleatorios) que evalúa el impacto de las enfermeras que trabajan en reemplazo de médicos se obtuvo como mínimo la igualdad en diversas acciones de la enfermera versus el médico (no en el área de pediatría)6.
Como reflexión final, no hay literatura que evidencie ausencia de competencias de la enfermera como el profesional de referencia en las revisiones de salud para el niño-adolescente y sus familias.
La redistribución de roles en el equipo pediátrico, siendo la enfermera el referente en salud, genera en muchos casos controversia/rechazo en el colectivo médico; como argumento se expone la falta de competencias, el cual es infundado dado que estas están claramente descritas y recogidas, y son inherentes a la profesión. La literatura existente y comparativa con el colectivo médico corrobora la buena práctica de la enfermera.