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Vol. 17. Núm. 4.
Páginas 303-304 (marzo 1996)
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Sobre la denominación de «médico de familia»
On the denomination of "family doctor"
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J. Villar Gila
a Ciudad Real.
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Sres. Directores: Como socio de la semFYC, asisto con ilusión, pero también con preocupación, a las manifestaciones «expansionistas» que últimamente se vienen debatiendo en el seno de la Sociedad. En este sentido, el editorial de M. Soler Torroja publicado en el número del pasado 15 de octubre, desarrolla este debate en unos términos que pueden llevar más a confusión que a la normalización del colectivo de atención primaria.

Propone M. Soler la denominación única de médico de familia para todos los profesionales que ejercen como médicos de atención primaria. Pero esa propuesta ecuménica no puede venir del generoso cambio de denominación sin más, sino de la real especialización del colectivo. En España, hasta ahora, por médico de familia se entiende el médico general con formación específica en atención primaria y, por tanto, especialista. Si esta especialización ha llevado consigo un aumento creciente del prestigio de estos profesionales, habrá que concluir que esta formación (MIR) ha resultado satisfactoria. No existe ningún agravio comparativo en llamar al especialista «especialista» y al que no lo es «médico general». Y no existe tal agravio porque todos los médicos generales que quieran acceder a la especialización tienen abiertas las puertas por el mismo camino que siguieron los que hoy son especialistas: presentarse al examen MIR. Las vías de especialización están abiertas a todos y no son elitistas. Quizás, y ese es otro debate, a esos médicos que llevan trabajando X tiempo en atención primaria, se les debería reconocer ese tiempo trabajado como mérito para el baremo final del MIR, pero de ninguna manera puede pretenderse el acceso directo a la especialidad (o encubierto por unos dudosos «reciclajes»). El sistema de formación como residentes de ninguna manera puede ser equiparado a la autoformación, la cual no está regulada, ni tutelada, ni se garantiza que se realice en los centros adecuados. Por tanto, no es médico de familia todo el que se coloca una bata en un centro de salud, aunque lleve X años sin quitársela. Por otra parte, a los «pre-95» no se les exige la especialidad para poder optar a las plazas de los centros de salud, lo cual supone por sí mismo una medida integradora y abierta.

En una sociedad competitiva existen necesariamente mecanismos de control y de reconocimiento de los méritos profesionales, y el enmascaramiento de estos méritos con una única denominación resultaría una estafa a la sociedad que servimos y a los propios profesionales.

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