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Vol. 46. Núm. 136.
Páginas 413-416 (enero - abril 2013)
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Palabras de Agradecimiento de Óscar Cruz barney* Con Motivo de la Develación de su Retrato en el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México
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Señor presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, licenciado Rafael Ramírez Moreno Santamarina

Señores ex presidentes, licenciado Bernardo Fernández del Castillo y licenciado Fernando Yllanes Martínez

Distinguido señor vicepresidente don Julio Hernández Pliego

Señores miembros de la Junta Menor

Señores invitados

Amigos todos:

Es este un momento muy especial para todo ex presidente de este Colegio de Abogados, significa en buena medida el cierre de un ciclo iniciado con la toma de posesión del cargo, ahora coronado con la develación del retrato que se incorpora a la galería de ex presidentes.

Muchas gracias Rafael y muchas gracias Alejandro por sus palabras, no tengo palabras para agradecer su generosidad.

Las tareas y actividades colegiales se construyen sobre los esfuerzos y éxitos de las juntas Menor y de Honor a lo largo de su historia. Hoy en día no podríamos concebir a este Colegio si no es por la actuación de figuras como Baltasar Ladrón de Guevara, Ignacio Beye de Cisneros, Manuel de la Peña y Peña, Bernardo Couto, Sebastián Lerdo de Tejada, Francisco Javier Gaxiola Ochoa, Bernardo Fernández del Castillo, Fernando Yllanes, Gabriel Larrea y su presidente actual Rafael Ramírez Moreno Santamarina.

Muchas son las tareas emprendidas por el Colegio. El Ilustre y Nacional Colegio de Abogados se ha preocupado por fortalecer sus lazos institucionales con los colegios y asociaciones de abogados no sólo de México sino también de Iberoamérica y España. Ha construido puentes de comunicación en donde no los había, ha reforzado los existentes.

Se puede afirmar sin rubor que este Colegio de Abogados mantiene desde México la más importante red de relaciones intercolegiales con Europa, Centro y Sudamérica, al servicio toda ella de la abogacía mexicana.

Este Colegio ha sido parte esencial de la historia de México, desde su fundación en 1760 hasta los avatares sufidos en el siglo XIX, pasando por el primer intento de Independencia en 1808 protagonizado por dos de nuestros colegiados hasta la resistencia a los avances del segundo Imperio Mexicano y de las modificaciones legislativas que llevaron a un intento por desaparecer a la institución en el siglo XIX, confundiéndolo con una escuela de derecho.

Nuestra abogacía, colegiada desde el 21 de junio de 1760, fecha de fundación de este Colegio, ha debido sufrir y ha sabido resistir los embates de la desaparición de la obligatoriedad en la incorporación y del abandono de la regulación y organización de las profesiones por el Estado.

Nuestra profesión, como muchas otras, se encuentra prácticamente desregulada, tengamos presente que el abogado debe ejercer sus funciones con independencia y libertad: libertad de expresión y libertad de defensa. La independencia es indispensable para el ejercicio de la abogacía y requiere de un estatuto jurídico privilegiado, de la confianza en una profesión normada éticamente y el reconocimiento y respaldo social por la trascendencia de la función. Si los abogados no pueden expresar libremente y sin sufrir persecución por ello, ante cualquier foro y por cualquier medio lícito cuanto estimen oportuno para la defensa del interés que tienen encomendado, resulta imposible alcanzar la justicia, ya que cualquier limitación a la libertad e independencia del abogado atenta contra el derecho de defensa y tutela judicial efectiva de los jueces y tribunales.

La misión del abogado no se limita a ejecutar fielmente un mandato en el marco del derecho. En un Estado de derecho, el abogado es indispensable para lograr el respeto y el cumplimiento de la justicia y de los justiciables, pues tiene la obligación de defender sus derechos y libertades; es, por lo tanto, el asesor y defensor de su cliente, y en todo momento deberá buscar la prevalencia de la justicia, en el marco de un ejercicio ético de la profesión.

La defensa es un derecho reconocido que alcanza y ampara a todas las partes en un proceso. Cuando el derecho de defensa se aplica al proceso penal cobra especial relevancia al ejercerse frente a la acusación formulada.

Independencia y libertad que solamente un régimen de colegiación obligatoria puede garantizar pues corresponde a los colegios como el nuestro velar para que a ninguna persona se le niegue la asistencia de un abogado para la defensa de sus derechos e intereses y que ese abogado pueda garantizar el derecho de defensa de quienes acuden a solicitar los servicios de un profesional.

Hoy en día, cuando algunos estados de la República carecen de ley de profesiones, cuando muchos de los que la tienen no le exigen a los colegios profesionales contar con un código de ética profesional, cuando ni siquiera sabemos el número de colegios y asociaciones de abogados y mucho menos el número de abogados en ejercicio en el país, el Estado mexicano está en falta con sus habitantes y le corresponde a los colegios de abogados como éste tomar las riendas a fin de lograr las reformas a la legislación de profesiones que se requiere.

La abogacía mexicana carece de un núcleo de normas deontológicas que rija su ejercicio, pues sólo cuenta con los códigos de ética profesional de los tres colegios nacionales ANADE, BMA E INCAM.

Es necesario asegurarle a quienes acuden con un abogado, que éste es competente, leal, independiente, libre y respetuoso del secreto profesional. Debe ser del interés publico que el derecho de defensa de los ciudadanos sea real y efectivo, para lo cual la profesión de abogado debe tener características especiales y estar sujeta a condicionantes que aseguren su ejercicio adecuado.

Es necesaria una revisión profunda del papel que se le debe reconocer al ejercicio profesional en el buen funcionamiento del Estado, para proceder a regular dicho ejercicio en los términos de dignidad y respeto que profesiones como la abogacía merecen y requieren.

Específicamente, los cambios deben darse en el papel que se les confiere a los colegios de abogados en el control ético y desarrollo profesional y de actualización de sus agremiados. Una uniformización de la legislación de profesiones o en su caso la expedición de una Ley General de Profesiones es necesaria, más aún, de una Ley General de la Abogacía Mexicana es urgente.

Las condiciones generales de admisión al ejercicio de una profesión jurídica deben atender a condiciones tanto de ética, honorabilidad y probidad como de aptitud técnica para su desempeño.

Este Colegio a través de su Junta Menor y de Honor ha luchado incansablemente por recuperar la colegiación obligatoria, un resultado de gran trascendencia se obtuvo en octubre de 2010 cuando los tres colegios nacionales, trabajando coordinadamente, elaboraron y presentaron la propuesta de reforma constitucional para restablecer la colegiación obligatoria. Nunca tan cerca de recuperarla como en ese momento.

Ahora se abren nuevas ventanas de oportunidad para restaurar la colegiación obligatoria que estamos ciertos que la abogacía colegiada mexicana sabrá aprovechar bajo la guía prudente de esta Junta Menor.

México necesita a un Ilustre y Nacional Colegio de Abogados fuerte y vigoroso, como lo es hoy en día.

Presidir el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México es una grave carga por la enorme responsabilidad que implica: frente al Colegio y frente a la abogacía en general.

Fue para mí un gran honor poder servirle a este Colegio durante cuatro años, fue un honor continuar la tarea de mis predecesores, pero es un honor aún mayor, contar con la amistad, el apoyo y la confianza de todos ustedes, ¡muchas gracias!

Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y ex presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México.

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