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Vol. 52.
Páginas 134-137 (julio - diciembre 2016)
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Erika Pani, Para pertenecer a la gran familia mexicana: procesos de naturalización en el siglo XIX, México, El Colegio de México, 2015
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José David Cortés Guerrero
Departamento de Historia, Universidad Nacional de Colombia, sede Bogotá, Colombia
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En su libro Erika Pani nos muestra la historia de la naturalización en México en el siglo xix. Es decir, los procesos que debían seguir los extranjeros residentes en el país que deseaban convertirse en mexicanos. Para ello divide su obra en tres capítulos, cada uno dedicado a los componentes fundamentales de la naturalización: la legislación (primer capítulo), los burócratas encargados de estudiar las solicitudes (segundo capítulo) y los extranjeros que pedían naturalizarse (tercer capítulo).

A pesar de ser un tema poco atractivo en el siglo xix, como la autora lo reconoce, pues en el pico más alto, al final del período estudiado, menos del 0.8% de la población residente en México era extranjera, y del total de extranjeros en el país el porcentaje de naturalizados no superó el 10%, la misma autora asegura que a partir del estudio de la naturalización pueden observarse temas más complejos en la sociedad mexicana. Por ejemplo, ver las diversas concepciones de nación elaboradas por quienes querían convertirse en mexicanos como por quienes querían construir el estado-nación (p.13); estudiar las leyes y la normatividad elaboradas con el propósito de darle sentido real, concreto y práctico a la comunidad política (p.17). El aspecto de la ley es muy importante porque vigilar las fronteras de la comunidad política para distinguir lo que era propio de lo ajeno, es decir, lo mexicano de lo que no lo era, resultó ser una labor más compleja de lo que fue durante la Colonia (p.19). En este punto Pani resalta no solo la importancia del estudio de la legislación sino el abandono que los historiadores han hecho de ese estudio, siendo que la ley da pistas importantes no solo de los ideales de sociedad sino también de cómo ella funcionaba.

En esta reseña no abordaré capítulo por capítulo. Me centraré en los puntos que considero relevantes de la obra pues creo, con la autora, que la naturalización permite ver otros elementos de la sociedad mexicana del siglo xix. Comenzaré por los extranjeros en México. A lo largo del siglo xix los diferentes proyectos de colonización propuestos mostraban la necesidad de la presencia de extranjeros en el país. A ellos se les relacionaba con el progreso material por lo que la inmigración era vista como la solución a muchos problemas. En ese sentido se construyeron varios ideales de lo que debía ser el extranjero. Y digo varios ideales porque de acuerdo a la ideología y filiación política de quienes hablaban de inmigración y colonización dependía lo que se deseaba ver en el extranjero. Así, la Iglesia católica y los conservadores pretendían que los inmigrantes fueran católicos, requisito fundamental hasta 1857, mientras que sectores liberales propugnaban por la tolerancia religiosa pues suponían que los mejores migrantes provendrían de países protestantes. Aparte del matiz religioso los inmigrantes deberían ser de buenas costumbres, laboriosos, respetuosos y obedientes de las leyes mexicanas (p.110).

A pesar de los ideales que debían cumplir los extranjeros en México, como lo advierte Pani, a ellos se les vigilaba con sumo detalle. Es decir, primó la “desconfianza profunda” hacia los extranjeros por su posible participación en política como por sus “perturbadoras” actividades económicas (pp.38-39). Tanto así que en los procesos de naturalización los encargados de revisar las solicitudes tomaban muy en cuenta lo que los vecinos de los solicitantes decían de ellos (pp.58-59). Esto, a mi entender, es lógico pues en un país joven, con instituciones débiles y sometido a continuas presiones por parte de potencias, el miedo al extranjero no se hacía esperar.

El segundo punto, y relacionado con el anterior, es el de la religión de los inmigrantes. Desde 1824 hasta 1857 México fue un país que, constitucionalmente hablando, profesaba la religión católica como la única. De esta forma, los extranjeros que, en ese período, desearan naturalizarse debían ser católicos. Como lo indica Pani, los eclesiásticos se convirtieron en agentes políticos en asuntos de naturalización (p.51). El solicitante debía demostrar que era católico, que provenía de un país católico y que por ello podía contraer matrimonio con una mexicana. En este orden de ideas, la Iglesia era celosa de que los contrayentes fueran católicos, por eso es llamativo el único caso de matrimonio mixto que resalta el libro: para poder contraer nupcias el novio protestante tuvo que acceder a la primacía de la religión católica en el matrimonio en cuanto a asuntos como la educación de los futuros hijos (p.57). De esta forma los extranjeros no católicos deberían renunciar a su religión, aplicando la máxima expuesta por el rey Enrique de Navarra, “París bien vale una misa”, acomodada, claro está, a sus propias realidades: “México bien vale una misa”. De este tópico surge la inquietud de a qué tanto tenían que renunciar los solicitantes de la naturalización1. Porque si bien desde 1860 se aprobó la libertad religiosa esto, de ninguna forma, garantizaba que los extranjeros no fueran molestados por no ser católicos.

El tercer punto es el de la legislación y su aplicación. Pani advierte que la naturalización era la “materialización del contrato entre dos entidades abstractas” (p.50). Era un trámite administrativo que creaba vínculos entre el individuo y el Estado (p.161). La autora indica que desde el 14 de abril de 1828 hasta 1886 fueron promulgadas seis leyes sobre el tema, aunque la legislación, en sí, no varió mucho (p.26). Así las cosas el tema era muy serio: aplicar la ley de la mejor manera posible para salvaguardar el pacto que se creaba entre el Estado y el nuevo ciudadano. Sin embargo, los matices ayudan a hacer más rica la historia. La aplicación de las leyes de naturalización no era a rajatabla y dependía, en buena medida, de factores como la subjetividad y el estado de ánimo de los burócratas encargados de supervisar y efectuar los trámites, como de la influencia y el poder que pudiese tener el solicitante. Así, para dos procesos similares en uno el funcionario podía hacerse el de la vista gorda y aprobar el trámite sin mayores dilaciones mientras que para el otro podía convertirse en un obstáculo casi insalvable poniendo reparos a detalles como al tamaño de la fotografía o a los comprobantes adjuntados en la solicitud.

En cuanto a la legislación no basta con conformarnos con la elaboración de la misma. Detrás de ella hay discusiones filosóficas y teóricas que permiten ver no solo puntos de vista disímiles, algunos antagónicos, sino también las tensiones entre lo que se considera caduco y lo nuevo. Ejemplo de ello son las discusiones promovidas por Vallarta y que condujeron a la ley de naturalización de 1886. Allí es palpable la confrontación entre dos formas de ver la naturalización: el jus sanguini, defendido por Vallarta, y el jus soli. El primero hace referencia a que la nacionalidad se adquiere por sangre y lazos de familia, mientras que en el segundo se defendía el lugar de nacimiento como fundamental para adquirir la nacionalidad. Más allá de este recuento, Pani invita a reflexionar sobre cómo Vallarta dejaba pasar, en aras de defender un “moderno” principio, adelantos sustanciales sobre los derechos de nacionalidad en países como Francia y Estados Unidos (pp.46-49). De esta forma, y leyendo entre líneas, hay una invitación a profundizar sobre el espíritu de la época y los intereses que Vallarta podía defender con la propuesta de su proyecto de ley. Intereses que no necesariamente tenían que ver con la naturalización, aunque esta era el pretexto para defenderlos.

El siguiente punto se relaciona con el anterior. Tiene que ver con las facilidades o dificultades que, eventualmente, el Estado y las circunstancias históricas brindaron para la naturalización. Las bases orgánicas de 1843 pretendieron facilitar la naturalización pero también dificultaron los trámites que debían cumplir los extranjeros residentes en México que no querían nacionalizarse (p.42). Ese mismo año, por medio del decreto de 23 de septiembre, fue prohibido el comercio al menudeo por parte de extranjeros lo que trajo como consecuencia el incremento de las solicitudes de naturalización. Ambos ejemplos son muestra de cómo el Estado, débil y en formación, pretendió verse fuerte ante el foráneo haciéndole sentir que dependía de ese Estado facilitar o dificultar la naturalización. Sin embargo, y como lo muestra la autora, ni los beneficios para naturalizarse ni las dificultades ocasionadas por los conflictos bélicos, para mencionar solo un ejemplo, elevaron o redujeron considerablemente las solicitudes de naturalización. De esta forma puede demostrarse que México ni era atractivo para los extranjeros ni dejaba de serlo de un momento a otro. En esencia, muy pocos extranjeros residentes en el país optaban por convertirse en mexicanos. ¿Por qué? Es una pregunta que no responde el libro, porque no es su intención hacerlo, pero queda en el ambiente la necesidad de darle solución.

El último punto que deseo tratar es el que le da título al libro: pertenecer a la gran familia mexicana. En esta expresión se pueden ver tres elementos: la decisión del solicitante; la legislación que definía las características políticas y los límites de la gran familia; y los ideales que debían cumplir los que querían pertenecer a la comunidad imaginada, es decir, la gran familia. Así, pertenecer a la gran familia mexicana además de ser una decisión propia, resultante de la voluntad, significaba cumplir con la legislación sobre el tema e integrarse culturalmente al país. Ahora bien, la expresión era común en la época y nos deja ver que, en efecto, la idea de una gran familia a la que podían pertenecer quienes cumpliesen con ciertos requisitos estaba calando no solo en los constructores de la legislación y en los que tenían que hacerla cumplir, sino también, y eso es lo relevante, en la sociedad en general. Lo anterior puede verse cuando en 1848 se propusieron varios proyectos de colonización que permitirían el eventual arribo de no católicos a México. Varias representaciones que fueron escritas y circularon en la época nos permiten respaldar el argumento. En una de ellas se pedía castigo severo a quien atentase contra la religión nacional, “que están obligados a guardar y venerar todos los que quieran pertenecer a la gran familia”2. En otra se indicaba que para pertenecer a “la gran familia mexicana”3 debería profesarse exclusivamente una religión, la católica.

Para finalizar debo enfatizar que el libro es mucho más que un recuento de la historia de la naturalización en México en el siglo xix. Es un texto que sugiere varias aristas de investigación para entender la complejidad del país en esa centuria, pues como la autora lo muestra en su texto, y en la lectura detallada del mismo puede observarse, la naturalización toca varios aspectos y tópicos de la sociedad mexicana. De igual forma el libro es tanto una invitación sugerente para que los historiadores no abandonemos el estudio de la legislación –y de quienes la elaboran y la aplican– como tema fundamental, así como para que nos aproximemos a los archivos tradicionales que albergan aún, como en este caso, el Archivo Genaro Estrada de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, vetas documentales casi inexploradas. De igual manera, y viendo el libro como un referente de investigación, me llama profundamente la atención que en Colombia, país menos atractivo que México para los extranjeros, este tipo de esfuerzo investigativo no se haya realizado. Eso sí, entendiendo el estudio de la naturalización como puerta de entrada a otros temas del siglo xix, tal como Erika Pani lo ha realizado en su obra.

Me refiero no solo a la religión. Están además del idioma, la nacionalidad de origen, las costumbres, el pasado en común, las tradiciones, la familia, entre otros.

Representación que el ayuntamiento y pueblo de Teocuitatlan hace al Excmo. Sr. Presidente de la República para que se oponga a la admisión de tolerancia de cultos, Guadalajara: Imprenta de Manuel Brambilla, 1849, p.7.

Exposición del ilustre ayuntamiento y vecinos de Cordova, contra la tolerancia de cultos, Puebla: Imprenta de J. N. Valle, 1848, p.1.

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