Me satisface enormemente que nuestra revisión sobre competencia en demencia1 despierte interés y comentarios como el que antecede2. Al reconocerse en él la trascendencia del asunto y llamar a la colaboración, no solo médica y neurológica, sino interdisciplinar, se resaltan precisamente aspectos fundamentales que intentamos transmitir en nuestro trabajo. En concreto, el papel de la neurología, al lado de otras especialidades, y también la necesidad de profundizar en el reconocimiento de la competencia en situaciones específicas.
La demencia impone limitaciones funcionales, que son precisamente las que la definen, y limita la comprensión de decisiones con sus consecuencias, entre ellas las diagnósticas y terapéuticas. Es aquí donde nos corresponde establecer niveles de competencia y perfilar protocolos y normas de consenso: deberían incluir situaciones clínicas tan comunes y delicadas como la contención física o química, o la capacidad para entender las ventajas y los riesgos de la participación en ensayos clínicos, situaciones estas muy oportunamente mencionadas en el comentario previo2.
La incapacitación es una figura legal que se contempla como un instrumento de protección al enfermo, aunque las consecuencias que derivan de la pérdida de autonomía nos lleven a huir de ella. Corresponde a la Justicia, y no a las especialidades médicas, el establecerla. No obstante, el peritaje, basado en evaluación de expertos, es un elemento crucial de la misma. De aquí que sean adecuadas las llamadas a la colaboración interdisciplinar, que incluyan a expertos clínicos y a juristas de diversos campos. Sería muy deseable establecer campos de discusión específicos y priorizarlos para progresar algo más allá de documentos tan válidos como el de Sitges y otros, reconocidos por el autor de la carta2. En esta tarea hay que tener además muy presente que la demencia es un proceso evolutivo, con necesidades específicas dependiendo de fases y situaciones que discurren en períodos muy amplios, que pueden ser superiores a una década si el diagnóstico es lo suficientemente precoz. Si no se definen el momento, la situación y el nivel concreto de competencia de la misma, la aplicabilidad práctica será muy limitada.
Si en la búsqueda de consensos precisamos un diagnóstico preciso del momento evolutivo y la situación, a los que la colaboración pluridisciplinar tanto puede aportar con consenso y con investigación3, en escenarios de la vida diaria que no sean clínicos queda aún más por hacer: sirvan como ejemplos la capacidad para votar en distintas fases de demencia en unas poblaciones cada vez más seniles, o la validez de decisiones económicas de riesgo. De modo que el tema posee implicaciones sociológicas evidentes, que debemos reconocer. Es muy posible que una sociedad informada y asesorada también tenga que opinar y decidir4.
El interés compartido en materia tan compleja e impactante es un avance que nos va a beneficiar a todos, expertos clínicos y juristas, pero especialmente a los enfermos con demencia y sus familias. Agradezco a Neurología que sirva de vehículo para ello.