Al reconocer que el tabaco es una sustancia tóxica y adictiva, y que la epidemia del tabaco es uno de los mayores desafíos de la salud pública que tiene la región europea perteneciente a la Organiación Mundial de la Salud (OMS), lo que, por tanto, necesita una respuesta conjunta.
Al subrayar que existe una laguna creciente acerca del control del tabaco entre los estados miembros de diferentes partes de Europa.
Al observar que, a pesar de ejemplos con éxito en el continente europeo, un gran número de estados miembros tienen aún que establecer amplios controles políticos sobre el tabaco.
Al reconocer que las presentes y futuras generaciones se merecen un aire sin humo de tabaco y protección a la exposición involuntaria al humo de tabaco ambiental, así como de los impactos negativos sociales, económicos y de salud que conllevan su consumo.
Al destacar que dejar de fumar contribuye fuertemente a la disminución en la prevalencia de fumar;
al construir sobre las fundaciones de la primera Conferencia Europea sobre Políticas del Tabaco (Madrid, 1988) y de los tres Planes de Acción consecutivos para una Europa libre de tabaco durante el período 1987-2001.
Al respaldar el papel básico de los gobiernos en ponerse de acuerdo, revisar y fortalecer sus Planes de Acción, agrupando las contribuciones del gobierno, de las organizaciones no gubernamentales y de los profesionales de la salud.
Al destacar la competencia y liderazgo de la OMS dentro del sistema de las Naciones Unidas en el campo del control del tabaco.
Al elogiar el valor significativo de fortalecer la asociación y solidaridad continental para una eficiente acción contra el consumo de tabaco.
Nosotros, los Ministros y Delegados de los Estados participantes en la Conferencia Ministerial Europea de la OMS para una Europa Libre de Tabaco, nos sentimos seriamente preocupados por la continua amenaza a la salud mundial planteada por el tabaco. Por ello, nosotros:
1) Nos comprometemos en la adopción y desarrollo de una Estrategia Europea para el Control del Tabaco (Cuarto Plan de Acción) y para una Europa Libre de Tabaco en concordancia con los siguientes principios directrices: a) el control del tabaco está en primer lugar en nuestras prioridades sobre salud pública; b) el combatir la epidemia del tabaco es de gran importancia en la protección de la salud de los individuos, en especial los niños y jóvenes, que serán adecuadamente informados acerca de la naturaleza adictiva y mortal del consumo de tabaco, así como, de las tácticas de las tabaqueras para ganarse adeptos al tabaco; c) se pondrán en práctica de manera eficaz en todo el continente políticas amplias, con impactos medibles sobre la reducción del uso de tabaco. Los componentes más importantes de tales políticas de actuación son: altos impuestos, prohibiciones de la publicidad, patronazgo y promoción del tabaco, protección contra la exposición involuntaria al ambiente al humo del tabaco en lugares públicos y puestos de trabajo, acceso a las medidas de cese y control estricto sobre el contrabando; d) la nueva estrategia basada en los resultados de anteriores Planes de acción debe establecer objetivos claros y específicos para ser alcanzados en el continente para el 2007; e) se debe centrar la atención como prioritaria en la tendencia alarmante del consumo de tabaco entre la juventud, las mujeres, personas socioeconómicamente vulnerables y de grupos minoritarios; f) la protección de la salud pública tiene prioridad sobre la producción del tabaco, por lo tanto se deben promocionar las actividades económicas viables alternativas a la producción de tabaco, así como de una transferencia gradual de las ayudas a la producción del tabaco a otras actividades; y g) las políticas sobre el tabaco incluirían preocupaciones específicas al sexo y de perspectivas en todos los aspectos sobre el control del tabaco.
2) Declaramos nuestro fuerte apoyo para la preparación de una amplia Convención Estructural del Control del Tabaco (CECT) de la OMS e instamos a todos los Estados Miembros en el continente europeo y en la Comisión Europea para: a) destacar la prioridad en la protección de la salud pública, contribuyendo de modo activo en el desarrollo, adopción y ejecución de un fuerte y eficiente CECT, y b) trabajar hacia el establecimiento de un grupo de medidas integradas de respuestas internacionales de consenso contra la epidemia del tabaco.
3) Instamos a los Estados Miembros y a las organizaciones intergubernamentales que fortalezcan la asociación y solidaridad de Europa en el control del tabaco por medio de: a) la creación de un mecanismo intergubernamental adecuado para el intercambio habitual de información en los campos técnicos, científicos y legales sobre el control del tabaco; b) cerrar las lagunas que existan en las políticas sobre el control del tabaco entre las diferentes partes de Europa utilizando las experiencias de los programas que han tenido éxito; c) facilitar la ayuda para el desarrollo nacional de políticas de control del tabaco a los países en circunstancias especiales, tales como aquellos en economías de transición; d) reforzar el papel de homólogos nacionales para la Estrategia Europea en el Control del Tabaco y para una Europa Libre de Tabaco como una red importante que redunde en una eficiente política de control del tabaco en Europa, y e) hacer esfuerzos para involucrar a todos los segmentos de la sociedad en combatir el consumo de tabaco.
4) Pedimos al Director Regional para Europa de la OMS que: a) dé alta prioridad a proporcionar orientación y apoyo a los Estados Miembros en sus actividades para desarrollar y llevar a cabo las políticas sobre el control del tabaco; b) continúe desarrollando la Estrategia Europea para el Control del Tabaco con el fin de obtener una Europa Libre de Tabaco, y para someterla a decisión por el Comité Regional europeo de la OMS en el año 2002; c) ayude a los Estados Miembros del Este de Europa, a la luz de la seriedad especial del problema, para obtener apoyo de las agencias donantes y de desarrollo para desarrollar y poner en práctica las políticas sobre control de tabaco; d) facilite la asociación entre los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales para acciones coordinadas contra la epidemia del tabaco en el continente europeo, y e) establezca y fortalezca los sistemas para una vigilancia estandarizada de los modelos, determinantes y consecuencias del uso del tabaco
y movilizar los recursos operacionales y financieros para este fin, especialmente para los países en vías de transición económica.
Adoptado por unanimidad el 19 de febrero 2002.
NOTICIAS
LA FUNDACIÓN HISPANA DE OSTEOPOROSIS Y ENFERMEDADES METABÓLICAS ÓSEAS (FHOEMO)
Convoca el VI BECAS FHOEMO PARA JÓVENES INVESTIGADORES 2003
de acuerdo con las siguientes
BASES
1. La Beca permitirá la realización de un período de aprendizaje y formación, sobre aspectos experimentales y/o clínicos en el campo de la Osteoporosis y Enfermedades Metabólicas Óseas, en un centro clínico especializado de ámbito nacional.
2. Las Becas estarán dotadas con 2.409,64 e.
3. Los candidatos serán posgraduados, menores de 40 años, interesados en el estudio de estas enfermedades.
4. La fecha límite de recepción será el 1 de junio de 2003.
5. La Beca será concedida por un Jurado que estará compuesto por cuatro miembros del Comité Científico de la FHOEMO, actuando como secretaria del Jurado, con voz pero sin voto, la Secretaria de la Fundación.
6. La propuesta consistirá en una concisa explicación sobre el proyecto, el Curriculum Vitae del solicitante y la aceptación del jefe de Servicio donde vaya a desarrollar su labor.
7. La documentación se remitirá a la Secretaría de la FHOEMO (Gil de Santivañes, 6, Bajo Int. D. 28001 Madrid. Tel/Fax: 91 578 35 10).
8. La decisión del Jurado será inapelable y las Becas podrán ser declaradas desiertas si, a juicio del jurado, se estimase que los proyectos presentados no reúnen los méritos suficientes.
9. Los aspirantes aceptarán las presentes bases por el mero hecho de concurrir a esta convocatoria.