Agradecemos los comentarios a nuestro artículo1 realizados por los autores de la réplica y coincidimos en que no es posible generalizar sobre la estructura o el funcionamiento de las Unidades de Corta Estancia (UCE) en España. Por ello, en nuestro trabajo únicamente describimos algunas de sus características, entre las que se incluye que en muchas ocasiones tienen asignados recursos de forma prioritaria. Esta afirmación también ha sido realizada por otros autores de gran experiencia2 y se menciona además en la reciente revisión sistemática citada en la réplica, con la frase: «y si el paciente tuviera que ingresar [en una UCE], el ingreso debe tener prioridad sobre otros pacientes»3. En cualquier caso, esta asignación favorable de recursos no es negativa per se, sino que puede tener efectos positivos, siempre sujeta a un análisis de coste efectividad.
Discrepamos también de los autores de la réplica en la afirmación de que «las unidades de corta estancia han demostrado ser una alternativa coste-efectiva a la hospitalización convencional». Tanto nuestro trabajo como la interesante revisión sistemática comentada3 coinciden en que las UCE pueden ser coste-efectivas en determinados grupos de pacientes y enfermedades concretas. Pero, lamentablemente, no existe evidencia suficiente dadas la escasez y la heterogeneidad en el diseño y la calidad de los estudios que permita afirmar que las UCE, de forma general, sean coste-efectivas.
Tal y como concluimos nuestro artículo1, existen datos que apuntan a que las UCE pueden ser una herramienta de mejora de la asistencia sanitaria, pero se precisa realizar investigaciones para encontrar el modelo óptimo de funcionamiento.
Por último, el uso del término «observation unit» o «unidad de observación» dentro de los criterios de búsqueda consideramos que nos permite identificar mejor aquellas estructuras compatibles o similares con una UCE, metodología compartida con otras revisiones3. Aunque exista la distinción teórica entre unidad de observación y la UCE mencionada en la réplica, tenemos dudas de que su aplicación práctica sea tan estricta, particularmente en España. En este sentido, los propios autores de la réplica citan, como apoyo a la afirmación de que las UCE son coste efectivas, un artículo cuyo título y contenido incluye específicamente las unidades de observación4.