INFORME
Rev Esp Geriatr Gerontol 1998;33(5):306-308
Conclusiones de las Jornadas «Envejecer viviendo en casa». Valencia: 7-9 mayo de 1998
Dirigidas por Pilar Rodríguez Rodríguez, Vocal de Ciencias Sociales y del Comportamiento de la SEG, dentro del marco de actos del L Aniversario de la SEGG, se realizaron en Valencia los días 7 a 19 de mayo de 1998, unas jornadas interdisciplinarias sobre «Envejecer viviendo en casa» en colaboración con IMSERSO, Consellería de Sanidad y Bienestar Social de la Generalitat de Valenciana, Ayuntamiento de Valencia, FEMP y Sociedad Levantina de Gerontología y Geriatría. Asistieron a las mismas más de 300 jornalistas, que participaron activamente y con gran interés en los cuatro seminarios que se desarrollaron en ellas, en las que se presentaron y comentaron los resultados de unas encuestas previas. Estas fueron las conclusiones y recomendaciones de los seminarios.
Definición y Estatuto del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
Coordinado por Carmen Domínguez García y Miguel Ángel Millán.
1. Hubo consenso en la necesidad de una regulación normativa de ámbito estatal, en la que se haga constar que el SAD es un servicio universalista y que los criterios de acceso al mismo estarán fundados en el grado de dependencia de las personas a atender. También lo hubo en cuanto a que el SAD no debe ser sustitutivo, sino complementario del apoyo informal de la familia u otras redes sociales y a que las tareas de atención deben planificarse de manera individual, a partir de la necesidad detectada y de las ayudas recibidas.
2. En cuanto al perfil del/la auxiliar de SAD hubo acuerdo en que debe ser profesional polivalente, capaz de dar respuestas a las necesidades socio-sanitarias de las personas que atiende, mediante la realización de las tareas que se le encomiendan, que deben estar planificadas y pautadas debidamente por el profesional que coordine el programa. Dichas/os auxiliares deben de recibir una formación específica y reglada, tanto inicialmente, como de forma continuada después. Sus conocimientos deben ser sobre: materias domésticas, ayuda personal, cuidados especiales y apoyos en los ámbitos relacionales, educativos y aspectos psicosociales. Ahora bien, el trabajo en el SAD no debe implicar tareas o funciones de otros profesionales, pues tienen que existir personas de referencia de carácter técnico, tanto al planificar el servicio, como en el seguimiento de los casos y la evaluación de los individuos usuarios y sus circunstancias (profesionales de trabajo social, enfermería, médico, psicólogo, terapia ocupacional, fisioterapeuta, podólogo, etc).
3. Respecto a la intensidad y límites del SAD, se acordó que no puede descansar todo el peso de la atención de un caso en el SAD, siendo precisa la existencia de otros recursos de apoyo de carácter complementario; así es preciso incluir el papel de la familia y otras redes sociales, como el voluntariado en la planificación de las ayudas.
4. En cuanto al voluntariado en el SAD debe estar enmarcado en una acción solidaria organizada, comprometida y responsable. No debe ser gravosa la actividad voluntaria, implicando deberes a la vez que derechos. No sustituirá puestos de trabajo, asumirá responsabilidades que corresponden a la familia o a los servicios públicos.
5. Sobre la elaboración de un Estatuto del SAD, hubo acuerdo unánime en que es urgente una regulación normativa del mismo, ya a través de una Ley Básica para el SAD, ya a través de una Ley General de Protección a la Dependencia.
Continuidad de cuidados y criterios de acceso a los servicios
Coordinado por Miguel Gil Montalbo y Teresa Sancho Castiello.
1. Se debe superar el concepto de asistencia social discrecional, haciendo una introducción progresiva de la idea de un derecho subjetivo y universal de protección a la dependencia.
2. Es necesario superar la dicotomía existente entre lo social y lo sanitario, que en ocasiones oculta intereses económicos sectorizados, que entorpecen y encarecen la asunción de responsabilidades que competen al sector público.
3. La Ayuda a Domicilio social y la Atención Domiciliaria sanitaria, son dispositivos de atención primaria socio-sanitaria que constituyen el primer escalón y normalmente la puerta de acceso a los diferentes niveles de atención socio-sanitaria integral, interdisciplinar, progresiva y continuada que evita la formulación de nuevas solicitudes en demanda de diferentes recursos.
4. El umbral de acceso al sistema de atención socio-sanitaria, cuyo recurso primario es el SAD, debe estar determinado por la situación objetiva de dependencia, como «situación causante» del derecho a la protección de esta contingencia. El apoyo familiar, así como otras circunstancias, como las condiciones de la vivienda o el nivel de renta, han de ser consideradas no como criterios de acceso, sino como factores a tener en cuenta para establecer la necesaria aportación del usuario.
5. La continuidad de cuidados consistirá en la garantía de que disfrutarán las personas dependientes, que habiendo ingresado en el circuito socio-sanitario de atención, podrán ir utilizando los diversos programas y servicios que mejor se adecúen a la evolución de su dependencia. Esta garantía solo será efectiva cuando se arbitren las medidas necesarias en orden a lograr la imprescindible diversificación y suficiencia de recursos, tanto en el ámbito rural, como en el urbano.
6. Las decisiones relativas a la atención que se vaya a prestar a las personas dependientes, deben ser tomadas al nivel más descentralizado y con la menor burocracia posible, para lo que se dispondrá de sistemas y protocolos de derivación que, a nivel local, significarán la prestación automática de la asistencia que proceda.
7. La valoración y planificación de cada caso, en el SAD, compete a un equipo multidisciplinar que, estando formado por profesionales sanitarios y psicosociales designados al efecto, analizarán cada situación y posteriormente realizarán el oportuno seguimiento, una vez aplicado el recurso.
La formación de todos los profesionales del SAD
Coordinado por Carmen Valdivieso, Lourdes Bermejo y Carmen Cabellos.
1. La formación inicial y permanente, para responder día a día a las antiguas y nuevas necesidades del servicio, es necesaria para todos los profesionales del SAD, siendo su objetivo en cuanto a la formación permanente: optimizar el desempeño de las tareas conocidas, adiestrar en nuevas tareas, desarrollar habilidades para mejorar actividades de promoción de salud y autonomía personal del usuario y así mismo dotar de las habilidades necesarias para llevar a cabo el trabajo.
2. En cuanto a su formación inicial del o la auxiliar del SAD debe ser reglada, vinculada a la formación profesional y no un módulo de educación compensatoria. El acceso al certificado de profesionalidad debería tener una doble vía:
a) Formación inicial que regula el Real Decreto 331/1997 de 7 de marzo, por el que se establece el certificado de profesionalidad de la ocupación de ayuda a domicilio.
b) Una norma de homologación para auxiliares que ya estén trabajando, que debe contemplar requisitos previos de formación y experiencia profesionales, así como una prueba de capacitación.
3. En base a cumplir criterios de calidad, la responsabilidad de la formación continua debe ser compartida por la Administración contratante y la empresa prestadora del Servicio.
4. Para la formación continuada se deben utilizar los mismos mecanismos que para la formación permanente de otros profesionales. Es conveniente que la formación continuada de los/las auxiliares del SAD sea impartida de forma estable por equipos de profesionales que se ocupan de la atención a las personas mayores, contando con expertos para temas concretos.
5. La formación continuada de los/las auxiliares del SAD debe constar de los siguientes módulos:
a) Profundización en la definición del rol y tareas del auxiliar, derechos, deberes, código deontológico, etc.
b) Actualización en técnicas y nuevas tecnologías para las tareas domésticas, aplicación de los nuevos conocimientos, especialización en cuidados a dementes, parkinsonianos, terminales, etc., así como conocimiento de formas y su aplicación para mejorar la salud y la autonomía de los usuarios.
c) Mejora de la coordinación y trabajo en equipo, para ser aplicada a las relaciones con el usuario, su familia, el voluntariado y otros profesionales, profundizando el conocimiento de las habilidades en comunicación.
d) El autocuidado, protección y seguridad del auxiliar es fundamental (Cuidado del cuidador), por lo que este deberá conocer y evitar el estrés, los riesgos de accidentes, tratará de solucionar conflictos, tendrá conocimientos de ergonomía, etc.
6. Al hablar de formación continua, tan importante como sus contenidos es la metodología de su exposición y el logro de la motivación de los alumnos/as. La primera debe partir de las experiencias y conocimientos previos, debiendo reunir las características de la formación de persona adulta, siendo al mismo tiempo modular, secuenciada a lo largo del año en al menos de dos o tres módulos, cada uno con una duración aproximada de 20 horas. La relación teoría-práctica debe estar previamente definida y adaptada a cada módulo, con predominio de aprendizajes prácticos.
Atención domiciliaria y coordinación sociosanitaria
Coordinado por José Manuel Marín (Carmona y José Ramón Campos Dompedro.
1. La coordinación socio-sanitaria es elemento clave en la atención a personas mayores.
2. Las Comisiones socio-sanitarias aparecen como órgano fundamental para llevar a la práctica el desarrollo de los programas.
3. Debe existir una regulación jurídica que garantice el compromiso de coordinación de manera fehaciente entre las distintas instituciones, no quedando a expensas de «acuerdos de intenciones» o de «relaciones interprofesionales».
4. Pueden haber comisiones formadas por los responsables de las Instituciones y políticas con capacidad de análisis, planificación y gestión de recursos y sub-comisiones en las que se trabajaría sobre la gestión de casos compuesta por técnicos y representantes de los sectores social y sanitario. En cuanto a la influencia esta última, la subcomisión debe estar cercana a las necesidades (locales o de distritos), mientras que las comisiones antes mencionadas podían tener responsabilidad provincial o autonómica. En consecuencia, es necesario la creación de un mapa sociosanitario con la identificación de recursos sociales y sanitarios que clarifique la actual situación. Las comisiones o sub-comisiones deben consensuar y establecer perfiles de usuarios de cada uno de los recursos del sistema, protocolos, instrumentos de trabajo, de transmisión de información de los diferentes niveles profesionales, etc.
5. Es necesario coordinar los cuidados domiciliarios en su relación con el resto de niveles sociosanitarios, sin considerarlos como un recurso aislado.
6. Por lo que respecta a los cuidados domiciliarios se entiende que deben existir diversas formas de entradas a los mismos, con carácter operativo, que confluyan en el momento de la planificación y gestión de los casos.
7. En cuanto al establecimiento de los diagnósticos, evaluación de los casos y tareas de atención, se resalta la importancia de su realización de forma conjunta y coordinada, siendo elemento clave para poder llevar a cabo dichas tareas la creación de canales de derivación e información lo mas ágiles y operativos posibles.