La atribución de la condición de autoridad a efectos penales a los profesionales de la sanidad pública es un error que viene repitiéndose desde antes de la reforma del ordenamiento penal español del año 2015 (LO 1/2015, de 30 de marzo).
Este trabajo recoge esta problemática y, en particular, cómo se repite en la actualidad en resoluciones judiciales, literatura científica, manifestaciones de colegios profesionales y medios de comunicación, generando una situación confusa, sobre todo por la diferencia en las consecuencias punitivas que esta apreciación supone.
Incluso se reclama la posibilidad de que la consideración de autoridad se extienda al ámbito privado. Esto resulta inviable, puesto que ni es aplicable a la sanidad pública ni los profesionales de la sanidad privada detentan tan siquiera la condición de funcionario público.
The attribution of the status of authority in Criminal Law to public health professionals is a mistake that is been repeated even before the reform of the Spanish penal system in 2015 (Organic Law 1/2015 of 30 March).
This work describes this problem and, in particular, how it is repeated today in judgments, scientific literature, and demonstrations from professional associations and media. This creates a confusing situation, particularly due to the differences in the punitive consequences.
The attribution of the status of authority is even expected to be extended to the private healthcare. This is unworkable, since it does not apply to public health workers, and private health professionals do not even have the status of public servants.
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