Desde el año 2006, pero sobre todo a partir del año 2008, se ha incrementado notablemente la cantidad de monografías, estudios y compilaciones sobre la temática de las empresas y los derechos humanos. Esto, desde luego, se da a la postre de la creación del mandato del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas por la otrora Comisión de Derechos Humanos de la ONU, de la buena recepción de su informe del 2008 y la extensión de su mandato por otros tres años, que dio como resultado el respaldo unánime por el Consejo de Derechos Humanos de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Es a partir de este contexto que la frase empresas y derechos humanos entra realmente a la jerga del derecho internacional, y que se expande en numerosas direcciones y ámbitos para consolidar su posición como uno de los temas actuales de esta rama jurídica. Lo mismo ocurre con la bibliografía, desde 2011, numerosas publicaciones han existido al respecto, particularmente en lengua inglesa.
La obra que aquí se reseña aparece a cinco años de distancia del respaldo de los Principios Rectores, lo cual es un lapso que se podría considerar suficiente para hacer una evaluación inicial sobre su trayecto en el escenario tanto nacional como internacional. Es justamente lo que las directoras de esta obra, procedentes de la Universidad de Nueva York y de la Universidad de New South Wales, respectivamente, intentan hacer, a través de capítulos cortos que permiten una exposición sucinta y clara de los principales argumentos expuestos por los autores —académicos y profesionistas— de los 35 capítulos que componen esta obra. De forma general, la obra está dividida en siete grandes temáticas, relativas a la relación entre derechos humanos y empresas; el marco regulatorio y los Principios Rectores de la ONU; los retos en la implementación de estrategias, mecanismos y herramientas relativas a las empresas y los derechos humanos; la definición e implementación de estándares de derechos humanos en las diferentes industrias; los principales actores que están impulsando esta agenda; la rendición de cuentas y el acceso a mecanismos de reparación, y finalmente, con algunas reflexiones sobre los retos futuros para esta agenda.
En torno a la primera sección del capítulo, las directoras de la obra, junto con Michael Posner y Surya Deva, reflexionan sobre el contexto de la temática, el interés empresarial (business case, en inglés) por respetar los derechos humanos, y dos casos emblemáticos (Bhopal y Rana Plaza) que muestran tanto la asimetría de poder entre víctimas y empresas, como la influencia de las empresas en los Estados, y los obstáculos para que las víctimas puedan tener un acceso efectivo a la justicia.
La segunda sección se centra en el marco regulatorio existente, marcado por una importante bifurcación entre la implementación de los Principios Rectores, por una parte, y los potenciales obstáculos y beneficios de adoptar un tratado en la materia. Justine Nolan, Chip Pitts, Arving Ganesan y John Ruggie escriben al respecto, evaluando tanto los retos y ventajas de cada uno de los modelos regulatorios que se están desarrollando en la actualidad en esta temática. Dos aspectos transversales aparecen aquí: primero, el hecho de que para lograr avances en la implementación de estándares de derechos humanos por las empresas, es necesario pasar de un modelo centrado en el Estado, a un modelo abierto, en el que participan numerosos actores, tanto estatales como no estatales. Y segundo, que es necesario utilizar numerosas herramientas, tanto jurídicamente vinculantes como soft law, y mecanismos estatales y no estatales, para poder lograr el efecto deseado en torno al respeto empresarial de los derechos humanos.
La tercera sección, dedicada a los retos en la implementación de los estándares internacionales en esta materia, cuenta con la participación de Florian Wettstein, Ben Heineman, Christine Bader, John Morrison, Caroline Rees y Rachel Davis, quienes abordan el papel preponderante del tema en la coyuntura global actual, el reto de sostener un alto rendimiento en las empresas con una alta integridad moral, la licencia social para operar en el ámbito empresarial, y finalmente, la manera en que las empresas deben abordar los riesgos a derechos humanos cuando estos suponen riesgos para la empresa también. Este último caso es particularmente común en las zonas o regiones de conflicto, donde las empresas se encuentran en situaciones particularmente dedicadas debido a la ampliación de su protagonismo económico y de potenciales impactos a los derechos humanos.
La cuarta sección, relativa a los estándares industriales según el ramo, efectivamente aborda un aspecto que ha sido notorio en los últimos cinco años: la subespecialización de la cuestión de los derechos humanos y las empresas según el ramo, lo cual indudablemente dificulta un seguimiento completo de los distintos desarrollos que tienen lugar alrededor del mundo en las diferentes industrias. Los capítulos presentados tratan las iniciativas multiactor y su papel en la definición y aplicación de estándares de derechos humanos en las distintas industrias; los derechos laborales en las cadenas de valor; los derechos humanos en la industria de la tecnología de información y comunicación; las industrias extractivas; las empresas de seguridad privada, la agricultura y la alimentación adecuada. Con la participación de renombrados especialistas, como Sarah Labowitz, Auret van Heerden, Michael Samway, Scott Jerbi, Michael Posner o Joanna Bauer, la diversidad de este capítulo sin duda es útil para cerrar —o por lo menos reducir— la brecha de conocimiento especializado respecto a la realidad de las distintas industrias.
La quinta sección, sobre los actores que participan y lideran esta temática a nivel global, dedica capítulos al análisis del papel de la sociedad civil en este ámbito, así como a los trabajadores, a los consumidores y a los inversionistas, escritos por autores como Chris Jochnick, Mary Dowell-Jones, Bennet Freeman o Barbara Shailor, entre otros. En una época en que el desarrollo y el consumo sostenibles son desafíos importantes en la ideología empresarial y gubernamental, la participación de estos grupos genera una presión importante que orilla a las empresas a adoptar estrategias que dejen de tener en cuenta exclusivamente los intereses a corto plazo de los accionistas, para dar paso a la noción del valor compartido y de la existencia de un mayor rendimiento a largo plazo como resultado de la adopción de políticas sustentables. Sobre estos aspectos gira la sección, que indudablemente será atractiva para aquellos interesados en la interrelación entre estos distintos —pero interconectados— temas y ámbitos.
Una sexta sección está dedicada a uno de los aspectos que más ha tardado en concretarse, en el marco de los Principios Rectores: la rendición de cuentas y la reparación. Tras definirse lo que se entiende por rendición de cuentas, diversos autores —como el juez de circuito William S. Dodge, Christine Kauffman, Amol Mehra y Sara Blackwell de ICAR, o Anthony P. Ewing— abordan el litigio tanto en Estados Unidos (bajo el Alien Tort Statute que fue utilizado en casos emblemáticos, como Kiobel, Filártiga, Sosa o Wiwa) como fuera de él (en especial de Canadá, Países Bajos y Reino Unido), así como los mecanismos no judiciales y el deber (en algunos casos ya obligación jurídica) de presentar informes públicos sobre las acciones que están tomando las empresas para respetar los derechos humanos. Esta sección, indudablemente orientada a un público familiarizado con los procedimientos judiciales y no judiciales, ilustra los numerosos desafíos que aún existen para garantizar a las víctimas el acceso a un recurso efectivo ante violaciones de derechos humanos cometidas por empresas. Sin duda, acompañar la lectura de esta sección con los recientes reportes de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, preparados por Jennifer Zerk y su equipo en el marco del Proyecto sobre Rendición de Cuentas y Acceso a Mecanismos de Reparación, permitirán al lector tener una idea clara y precisa de los importantes retos en la materia.
Una última sección, con sólo dos capítulos, aborda brevemente algunos de los futuros retos en la discusión sobre las empresas y los derechos humanos. En primer lugar, Richard Locke aborda una de las cuestiones que ya se ha mencionado, y que ha sido uno de los ejes sobre los que gira el Grupo de Trabajo de la ONU sobre las empresas y los derechos humanos: las cadenas de valor, mismas que representan un verdadero rompecabezas en términos de encontrar la forma de garantizar no sólo un comportamiento responsable de todas las empresas que forman la cadena, sino la verdadera erradicación del trabajo esclavo o forzado y del trabajo infantil, además de otras violaciones laborales como la denegación de la negociación y asociación colectivas. El último capítulo, escrito por las directoras de la obra y Michael Posner, también de NYU, señalan tres retos específicos: el desarrollo de estándares de medición especializados según la industria, de indicadores que permitan medir el nivel de respeto de derechos humanos de las empresas, y una mayor integración entre los reguladores públicos y privados, a fin de generar una mayor sinergia y coordinación entre ellos. Como señalan los autores, el campo de las empresas y los derechos humanos permite crear modelos de gobernanza global basados en una responsabilidad compartida; en efecto, el derecho internacional clásico parece —por lo menos en ciertas ramas— alejarse de sus postulados originales, para adentrarse en una dinámica de mayor interacción multipartita y multidireccional, abandonando la clásica tendencia vertical descendente para dar paso a una nueva configuración que permite la participación de numerosos actores en el escenario internacional.
Tras los capítulos, el libro compilado por Baumann-Pauly y Nolan incluye una serie de preguntas de discusión, diseñadas justamente para aquellos cursos universitarios o de posgrado que ya abordan esta temática, y que sin duda, a la brevedad estarán llegando a América Latina (y a México a partir de 2017, con un curso impartido en la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de Nuevo León), por su relevancia y pertinencia para la región. De forma general, esta obra sirve como un excelente retrato de la discusión, oportunidades, retos y desafíos actuales en este tema. La velocidad a la que transita esta discusión hará que su material pierda lentamente su carácter innovador, aunque no así su enfoque central: por qué las empresas deben tener responsabilidades, cómo pueden ponerlas en práctica en las diferentes industrias, qué modelos de gobernanza global se están desarrollando a nivel internacional, y de qué manera influyen los distintos actores globales en este tema.
Hay dos aspectos que desafortunadamente están ausentes: el papel de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos en este tema, y una mayor participación de autores del Sur Global. Sin duda, su ausencia se debe a la poca práctica de las primeras en este ámbito (debido a que muchas de ellas aún están adaptándose a la realidad de tener que supervisar también a las empresas), y en el segundo caso, al monopolio pedagógico que de forma general se ha concentrado en las instituciones educativas y de análisis de Europa y Estados Unidos. Independientemente de lo anterior, esta obra será sumamente interesante para todo aquel o aquella que tenga interés en conocer de cerca los importantes desafíos que existen en este ámbito, así como las principales líneas de investigación y reflexión que, a cinco años de la adopción de los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos, continúan multiplicándose y girando alrededor de ellos.