A pesar de que las enfermedades profesionales constituyen un conjunto de entidades clínicas específicas y como tales están recogidas en las normativas nacionales e internacionales, las enfermedades laborales aún continúan siendo una realidad mal conocida en España. Además de las características propias de estas enfermedades (largo período de latencia, inespecificidad de los cuadros clínicos, concomitancia entre factores laborales y no laborales, etc.), contribuyen a esta situación, entre otras razones, las deficiencias en su detección y en su declaración, por lo que los datos de los que se dispone son limitados y la información que manejamos es muy precaria1. Es obvio que disponer de una información fiable no sólo es necesario para dimensionar la magnitud de los trastornos de salud, sino que también resulta básica para poder elaborar estrategias preventivas, asistenciales y de gestión de recursos.
Por ello resulta muy relevante que podamos disponer de información rigurosa para conocer el estado de la cuestión, como la que se presenta en el artículo al que acompaña este comentario2. Hay que obtener la información necesaria para analizar el impacto de las enfermedades del trabajo, evaluar la carga que suponen para los servicios sanitarios y desarrollar actuaciones preventivas adecuadas y coherentes con la naturaleza y la magnitud de los problemas de salud identificados.
A pesar de las limitaciones que señalan los autores, el estudio aporta una cuantificación del impacto de las enfermedades laborales en términos de prevalencia e incidencia, y entre ellas destacan las enfermedades osteomusculares y los trastornos mentales. También ponen de relieve la magnitud del subregistro que existe al comparar las enfermedades profesionales declaradas oficialmente y las estimadas, que establecen en un 75%, y que para determinados grupos de enfermedades como, por ejemplo, las enfermedades tumorales o las respiratorias se sitúa por encima del 99 y del 95%, respectivamente. De acuerdo con los datos que se presentan, las enfermedades laborales con mayores incidencia y prevalencia estimadas son también los problemas prevalentes atendidos por el médico de familia, y son, a la vez, las primeras causas de incapacidad temporal3.
Si, como los datos indican, la población activa presenta trastornos relacionados con el trabajo y éstos no son atribuidos a las condiciones laborales, la asistencia y el seguimiento de estos pacientes recaen sobre la asistencia sanitaria pública y especialmente sobre la atención primaria de salud. En este sentido, el estudio realizado por el Servei Català de la Salut sobre los problemas de salud laboral y atención primaria en Cataluña puso de relieve que un 49% de los médicos de atención primaria encuestados había aten-dido algún caso de enfermedades laborales en los últimos 15 días y el 68% se había puesto en contacto con unidades específicas de salud laboral como consecuencia de problemas de salud observados en sus pacientes4.
Este artículo2 sugiere que, si bien en España se ha publicado el nuevo cuadro de enfermedades profesionales5, actualizando la normativa a los conocimientos de los que se dispone, también es cierto que habrá que desarrollar aspectos operativos para conseguir que la norma sea un instrumento realmente eficaz ante la magnitud de las enfermedades profesionales.
En relación con el médico del sistema público de salud se establece, por primera vez, que cuando éste detecta una enfermedad profesional pueda declararla al organismo competente de su comunidad autónoma. Desarrollar aplicaciones específicas en el entorno de la historia clínica informatizada, agilizar los procedimientos de determinación de contingencia profesional de los procesos de incapacidad temporal o establecer consultas con servicios especializados mediante dispositivos ágiles y que no comporten una sobrecarga en la actividad asistencial, pueden ser instrumentos válidos para hacer operativos los objetivos de la normativa.
Por otro lado, la magnitud de las enfermedades profesionales hace necesario establecer, donde no existan, y consolidar, donde ya funcionen, dispositivos de salud laboral que tengan como objetivo apoyar a la atención primaria para la identificación y confirmación de las enfermedades profesionales, y facilitar la comunicación y las actuaciones entre el sistema universal de atención primaria de salud y el subsistema específico, constituido por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, encargado de declarar, atender y proporcionar las prestaciones sanitarias y sociales asociadas con las contingencias profesionales.
Si hasta la entrada en vigor de la actual normativa sobre enfermedades profesionales el empresario era el que debía declarar la enfermedad profesional, a partir del decreto mencionado esta función recae en la mutua con la que la empresa tiene suscrita la cobertura de las contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), lo que conlleva, como se ha señalado, adecuar los dispositivos de estas entidades a las necesidades derivadas del nuevo contexto legal6.
La necesidad de cuantificar de forma adecuada el impacto de las enfermedades laborales, la magnitud del subregistro de estos trastornos y la consiguiente atención sanitaria de éstos en el ámbito de la atención primaria ponen de relieve también la necesidad de tener programas de formación en salud laboral que, como ya se ha indicado recientemente en esta publicación7, han de facilitar la gestión de las enfermedades laborales tanto como un problema asistencial como un problema de salud pública.
En este sentido, mejorar los sistemas de notificación o elaborar de forma sistemática indicadores como la esperanza de vida libre de incapacidad o la mortalidad evitable respecto a determinadas categorías profesionales o en determinados ámbitos geográficos, son algunas de las propuestas que se pueden desprender del estudio que comentamos. Porque desde el conocimiento que puedan proporcionar estas líneas de trabajo se podrá avanzar en la mejora de las condiciones laborales, en reducir los riesgos que éstas puedan generar sobre la comunidad, y en conseguir una mayor eficiencia de nuestro sistema sanitario respecto a los trastornos de salud relacionados con el trabajo.
Puntos clave
• La estimación de las enfermedades profesionales a partir de diversos sistemas de notificación pone de relieve la magnitud del impacto de estos trastornos en la población activa y la magnitud del subregistro de estas enfermedades en relación con las estadísticas oficiales de enfermedades profesionales.
• Las enfermedades laborales con mayores incidencia y prevalencia estimadas son también los principales problemas de salud atendidos por el médico de atención primaria.
•Es necesario desarrollar dispositivos de salud laboral para facilitar, en el ámbito de la atención primaria, la identificación de estas enfermedades y la coordinación de las actuaciones de los diferentes sistemas asistenciales que atienden las enfermedades laborales.