Introducción. El tratamiento del tabaquismo es de relevancia debido al hecho de ser un acusado factor de riesgo en múltiples enfermedades que consumen numerosos recursos sanitarios. Disponemos de diversas terapias, farmacológicas y no farmacológicas. Entre las primeras se ha comercializado con esta indicación un antiguo producto no nicotínico, el bupropión1. El posible riesgo de presentar crisis convulsivas ya viene descrito en la monografía del producto, que lo considera el principal efecto indeseable2. En la citada monografía se reseñaban los factores que facilitarían la predisposición a experimentar ataques epilépticos. Por haber tenido la ocasión de atender a un paciente que no estaba incluido en los grupos de riesgo indicados, consideramos interesante su publicación.
Caso clínico. Se trata de un varón de 34 años que, mientras se encontraba tomando un baño en su domicilio, presentó un episodio de instauración brusca caracterizado por una pérdida de conciencia asociado a convulsiones generalizadas de miembros, motivo por el que sufrió quemaduras de segundo grado en las piernas. En marzo de 1992 fue intervenido de un absceso cerebral de localización frontal izquierda. Se recuperó de dicha lesión sin secuelas. Previamente nunca había presentado crisis convulsivas. No consumía de forma habitual medicamentos ni drogas de ningún tipo. Por indicación de un médico, 9 días antes de su ingreso inicia tratamiento con bupropión para dejar de fumar, con la pauta ascendente indicada por el laboratorio; los primeros 7 días tomó un comprimido al día y los dos últimos 2 comprimidos.
La exploración neurológica, el hemograma, la bioquímica y el ECG fueron normales. La TAC craneal puso de manifiesto la existencia de un área porencefálica frontal izquierda secuelar.
Ocho meses después del episodio, no ha vuelto a repetirse.
Comentario. El bupropión es un fármaco de propiedades antidepresivas que actúa farmacológicamente produciendo una inhibición selectiva de la recaptación de noradrenalina, dopamina y serotonina3. Se sabía que el principal riesgo de su utilización es la presentación de crisis convulsivas (1/1.000). El fármaco disminuiría el umbral convulsivo. Por este motivo deben tenerse en cuenta las situaciones que pueden actuar a este nivel, caso de las insuficiencias renal o hepática, el abuso de alcohol o estar en período de deshabituación, el uso de ciertos fármacos (antimaláricos, tramadol, quinolonas, antihistamínicos, IMAO) o su supresión (benzodiacepinas). Otros aspectos indicados en la aparición de convulsiones, reconocidos como importantes por los laboratorios que lo comercializan y han llevado a una reforma en la ficha técnica, son la dosis empleada y el ritmo de su incremento, la existencia de un traumatismo craneal de cualquier tipo y presentar un tumor del sistema nervioso central. En cuanto a la dosis, no deben superarse 300 mg. El incremento de la dosis, de 150 mg a 300 mg, debe hacerse en 6 días; anteriormente eran 3 días. Nuestro paciente no se encontraba incluido en ninguno de los epígrafes anteriores e incluso el incremento de la dosis se hizo a un ritmo inferior a lo prescrito.
De este caso podría inferirse que, cuando se hable de factores predisponentes a experimentar crisis convulsivas, quizá el apartado de tumores del sistema nervioso central4 deba ampliarse a lesiones ocupantes de espacio intracerebrales, incluso pretéritas.