Sres. Directores: La protocolización del tratamiento y control de enfermedades crónicas como la diabetes supone multitud de registros que, día a día, van engrosando la historia clínica del paciente. Si éstos no son sistematizados adecuadamente, el paciente puede ser infra o supracontrolado; pero, además, cuando acude para consultar por un problema distinto al de la enfermedad referida, es difícil aprovechar la ocasión para «ojear» el correcto seguimiento de los protocolos, si no es a costa de un excesivo «hojeo» de lo realizado con el paciente a lo largo de meses. Para evitar este extremo, hemos elaborado una hoja registro que ayude a sintetizar los mínimos que debe cumplir un diabético a lo largo de un año. Conceptualmente, tiene la principal misión de facilitar la visión instantánea del diabético para asumir que cumple los requisitos protocolizados en cada medio de trabajo, evitando así la excesiva desviación del motivo inicial de la consulta, la ampliación de tiempo añadido y la repetición de solicitudes analíticas o de pruebas que ya estaban realizadas pero que han pasado inadvertidas.
Ha sido elaborada incluyendo las directrices del grupo de expertos (GEDAPS) de la semFYC, y se estructura en un anverso «dinámico» para registro evolutivo-temporal y un reverso «estático» de almacenamiento de datos (terapia de ese diabético, problemas detectados, incidentes...) (figs. 1 y 2). En el anverso se anotan los controles mínimos que debe seguir el diabético iniciándolos desde una fecha acordada en la consulta de enfermería (CE). Este registro inicial incluye glucemia capilar, peso, tensión arterial y pulso. Si estos parámetros se adecuan a las cifras convenidas, se cita al paciente para un segundo control a los 3 meses del inicial (también en CE). Esta vez se valoran de nuevo los mismos parámetros, pero la enfermera extiende ya la solicitud de HbA1C para su determinación. El resultado se valora en la consulta médica (CM) 3 meses después del último control de CE. Tras este último registro, se vuelve a citar de nuevo al paciente a los 6 meses, facilitando los impresos para nueva determinación de HbA1C, analítica de orina (incluyendo cetonuria y microalbuminuria), lipidograma, fondo de ojo y ECG. Cuando el paciente acuda para revisión de resultados, se realiza y registra la exploración de los pies. La validez de esta hoja es anual, debiéndose reiniciar en CE indefinidamente. En cualquier momento, cuando el paciente no cumpla los criterios establecidos, puede ser remitido a CM bien por premisas implícitas en la hoja o bien por incidencias intercurrentes que lo aconsejen.
Transcurridos 12 meses, la hoja puede ser almacenada reflejando el adecuado o incorrecto control durante ese año, pero en todo caso, y durante el mismo, nos servirá de ayuda rápida para cerciorarnos de que el paciente está controlado adecuadamente aunque la solicitud de consulta sea debida a otro motivo. Finalmente, es nuestro deseo someterla a la consideración de otros profesionales de AP para que puedan apuntarnos sus comentarios y/o experiencias.