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Vol. 37. Núm. 4.
Páginas 243 (marzo 2006)
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Importancia de la información que reciben los pacientes de todo acto médico-quirúrgico que se les proponga
Importance of the Information that Patients Receive on any Proposed Medical/Surgical
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JA. Romero-Santanaa
a Hospital Povisa, S.A. Vigo. España.
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Sr. Director: La nueva Ley General de Sanidad 41/2002 (LGS) de 14 de noviembre refuerza y consolida la necesidad de informar al paciente sobre las consecuencias y las alternativas de su proceso. Dar información no sólo es una cuestión ética, sino también legal1. La información debe ser oral y escrita. El consentimiento informado, al igual que todo documento escrito médico, da testimonio de la información recibida. Para nosotros, el consentimiento informado es legalmente obligatorio desde 1986 para todos los procedimientos médico-quirúrgicos, como puede ser el acto anestésico, pero queremos ir más allá y creemos conveniente que ya el enfermo conozca la base de todo su proceso patológico, así como sus implicaciones, al recibir cualquier actitud terapéutica desde la propia atención primaria, puesto que para los pacientes todos estos documentos han sido percibidos como un documento exculpatorio donde el profesional no sería responsable de las complicaciones descritas en él cuando, en realidad, le garantiza información sobre su proceso. Pero la información que consta en cualquier consentimiento informado, informe clínico, prescripción facultativa, etc., ¿es la adecuada? y además, ¿logramos comunicarla? Informar no es comunicar. Somos conscientes que el qué y el cómo dar información al paciente no es tarea fácil, pero la comunicación es una técnica susceptible de ser aprendida.

Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Granada con fecha del 22 de noviembre de 2003 condenó al facultativo responsable por no adecuar la información a la cultura del paciente. Citamos textualmente: «... la madre del pequeño, como representante legal suyo, tampoco fue informada de una manera personalizada, seria y rigurosa, pues se limitó a firmar un impreso 2 meses antes». El Juez anuló también el consentimiento informado porque «la progenitora del chico es casi analfabeta y con limitaciones culturales y de conocimiento para comprender lo que significaba la firma de dicho documento, o de cualquier otro documento que implicara un acto terapéutico sobre el chico». Comprenderán nuestra preocupación al leerla si tenemos en cuenta un trabajo realizado en el hospital de San Boi por Sala Blanch et al2. Los autores demostraron que un 3,4% de los pacientes encuestados tenía dificultades para leer y escribir, y según un estudio propio, un 2,7% de los pacientes entrevistados en nuestro entorno sanitario resultó ser analfabeto y el 49,5% tenía estudios básicos.

Las sentencias judiciales actuales ratifican la importancia de dejar constancia escrita de nuestro trabajo y plantean 2 cuestiones no resueltas: ¿cuánto tiempo debe establecerse entre la firma del consentimiento informado y el proceso médico-quirúrgico? Y, ¿cómo demostrar si la información ha sido comprendida por el paciente?

La incorporación a la sanidad pública de inmigrantes de muy diversas nacionalidades y culturas con un marcado desconocimiento de nuestros idiomas oficiales ha planteado nuevos desafíos. A las dificultades idiomáticas se añade el respeto a sus identidades culturales, el cual se contempla en el marco de la Constitución Española.

Los problemas idiomáticos los intentamos solucionar mediante la traducción del folleto explicativo y con la ayuda de intérpretes. Los problemas culturales, de intrincada solución, suelen derivarse del hecho de cuestionar nuestro trabajo simplemente por razón de sexo. Pero en todo esta acumulación de consideraciones, ¿estamos seguros de respetar sus ideas al aceptarles en nuestros centros de trabajo?, ¿aceptan a un intérprete como una persona ajena a su entorno que se está enterando de su consulta?, ¿estamos vulnerando su derecho a la privacidad?, ¿se traduce de forma adecuada la información que queremos expresar? Son reflexiones que nos hacemos en alto y de momento nos sentimos algo vacíos respecto a todo esto.

Creemos que los médicos debemos hacer un esfuerzo para que la información que se le ofrece a un enfermo no se convierta en una práctica burocratizada y deshumanizada que no tenga en cuenta la diversidad de nuestros pacientes. La ley nos ha marcado el camino, las instituciones deben poner los medios.

Bibliografía
[1]
BOE, n.º 274, viernes 15 de noviembre de 2002. p. 40126-32.
[2]
Sala Blanch X, Moya Ruiz C, Edo Cebolleda L..
Utilidad de una hoja informativa ambulatoria informativa anterior a la visita médica preoperatorio..
Rev Esp Anestesiol Reanim, 47 (2000), pp. 10-4
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