Sres. Directores: Agradecemos la carta de M. Mas, S. Poudevida y M. Farré en la que hacen referencia a un trabajo nuestro publicado recientemente en la sección de «Cartas al Director» de la revista Atención Primaria1.
Tras leer con detenimiento las matizaciones y comentarios al respecto, queremos aclarar una serie de puntos:
1. En la «Carta al Director» firmada por nosotros se realiza la siguiente aseveración: «Las drogas de diseño son derivados de las feniletilaminas». Esta afirmación es del todo errónea. Como acertadamente corrigen M. Mas et al en su réplica, existen varios grupos dentro de las denominadas drogas de diseño o síntesis:
a) Opioides de síntesis derivados de la meperidina o del fentanilo. Entre ellos destaca el MPTP y su metabolito MPPP. Han tenido cierta importancia en Estados Unidos como sustitutos de la heroína, con una potencia hasta 1.600 veces superior2 y alto riesgo de sobredosis y síndrome parkinsoniano3. Su vía de administración es intravenosa, lo cual destruye el falso binomio de droga de síntesis = «pastilla».
b) Arilciclohexilaminas: entre ellas destaca la fenciclidina o «polvo de ángel» o «peace pill» o «love pill». En algunas ocasiones se ha confundido con el MDA, al compartir en argot el nombre de «love pill» o «píldora del amor».
c) Metacualona «quaaludes» en argot: comercializada como hipnótico, y posteriormente retirada del mercado por sus efectos adversos ataxia, letargia y riesgo de depresión respiratoria4. Su utilización fue muy extendida en Estados Unidos y se llegó a comercializar en nuestro país, aunque no existen datos sobre su consumo lúdico.
d) Feniletilaminas: es el grupo más numeroso más de 250 derivados, aunque no todos ellos probados en humanos y el más consumido dentro de las drogas de síntesis. Aunque se trate del grupo más importante, no se puede identificar con el concepto de drogas de síntesis o diseño.
2. La propia definición de las drogas de síntesis nos permite ser en extremo puristas. Si aplicamos de manera estricta este concepto, algunas de las moléculas incluidas dentro de este grupo deberían ser excluidas, ya que no fueron concebidas para su uso lúdico. Este puede ser el caso de algunos de los derivados de la meperidina sintetizados en investigaciones sobre nuevos anestésicos; la metacualona, que incluso se llegó a comercializar como medicamento, o el propio MDMA, sintetizado a principios de siglo por un laboratorio farmacéutico, investigado por sus efectos anorexígenos en la década de los sesenta y actualmente patentado por una multinacional farmacéutica aunque no se puede comercializar al ser una sustancia prohibida (lista III de la FDA).
3. Un problema terminológico es el de la palabra «éxtasis». En un principio se utilizó para denominar al MDMA, pero posteriormente se ha generalizado para identificar a otro tipo de sustancias de abuso de síntesis que no son MDMA. De esta forma, han aparecido en el mercado el «éxtasis líquido» o los numerosos compuestos denominados «herbal ecstasy». En ambos casos se pretende utilizar el atractivo de la palabra «éxtasis» o XTC en argot anglosajón con fines atrayentes para el público consumidor, en su mayoría jóvenes y adolescentes.
Es de destacar que, a través de los foros de discusión o debate de internet alt.drugs.designer drugs, se pueden conseguir numerosos tipos de «herbal ectasy» a precios muy asequibles contra reembolso.
Estos compuestos no contienen MDMA, y ni siquiera son derivados de las feniletilaminas, aunque la denominación «éxtasis» nos puede conducir a engaño. Aunque no pertenecen a esta familia de sustancias, no por ello dejan de ser inocuos, como se pretende hacer creer en su propaganda.
4. Para seguir complicando el problema terminológico-conceptual, no es lo mismo hablar de éxtasis compuesto químico - MDMA que de éxtasis producto que llega al consumidor final, ya que este último puede contener cantidades muy pequeñas de feniletilamina en favor de cantidades cada vez mayores de otros compuestos fundamentalmente efedrina, cafeína o anfetamina.
5. Tras la lectura de nuestro artículo original, detectamos dos errores de transcripción presentes en los manuscritos remitidos a la revista Atención Primaria y por lo tanto sólo achacables a los autores. Por un lado, como bien corrigen M. Mas, S. Poudevida y M. Farré, el nombre de «Eva» corresponde al MDE, en lugar de al MDA, como erróneamente se afirma en nuestra «Carta al Director». En segundo lugar, existe otro error de transcripción en la referencia bibliográfica número 4 de nuestra colaboración, y donde dice MDMA debería decir MDEA.
Queremos pedir disculpas por los errores cometidos y agradecer de nuevo las puntualizaciones y correcciones de M. Mas et al y el dinamismo de la sección de «Cartas al Director» de esta revista que permite la discusión y el enriquecimiento continuo entre profesionales.