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Vol. 50. Núm. 3.
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Novedades del código de deontología médica español
Innovations of Spanish code of medical deontology
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M.A. Lasheras-Pérez, M. Rodríguez-Serna, I. Torres-Navarro, B. Unamuno Bustos
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blancaunamuno@yahoo.es

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Servicio de Dermatología y Venereología, Hospital Universitario y Politécnico la Fe, Valencia, España
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Sr. Director,

La deontología médica es el conjunto de normas y principios éticos que deben regir la conducta del médico1. La Organización Médica Colegial (OMC) ha velado por el desarrollo de la ética y deontología por más de un siglo, siendo encargada de actualizar el código de deontología médica (CDM)1,2. La última versión del CDM se aprobó en 2022 y sustituye a la de 20111,2. El objetivo del presente escrito es recopilar sus novedades y contrastarlas con los cambios legislativos.

El CDM2 incluye tres capítulos nuevos relativos a la seguridad del paciente, telemedicina y redes sociales, e inteligencia artificial (IA). La OMC toma conciencia de la cultura de seguridad del paciente y del COVID-19. Se incluye la necesidad de notificar incidentes y eventos adversos y crear mecanismos frente a ellos. Además, se recomienda seguir los protocolos y guías clínicas, dejando constancia en la historia clínica en caso de actuar fuera de ellos. Es de especial relevancia su énfasis en la vacunación y uso de medidas de prevención contra la transmisión de enfermedades.

En cuanto a la telemedicina, se considera adecuado su uso siempre que se verifique la identidad del paciente y se cumplan con los mismos estándares éticos y científicos que en una consulta presencial2. La IA y las bases de datos son un tema de preocupación; se pone el foco en su desarrollo como una herramienta de apoyo destinada al beneficio de toda la sociedad, preservando en todo momento la confidencialidad y seguridad del paciente. Asimismo, es adecuado el uso de redes sociales para educación y marketing sanitario si se respetan las normas deontológicas2.

Por último, son resaltables los artículos que aluden a la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia3 y el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo4. En relación con la eutanasia, el CDM mantiene que «el médico no deberá provocar ni colaborar intencionadamente en la muerte del paciente». No obstante, el médico no puede ser sancionado deontológicamente si actúa amparado por las leyes del Estado2. Dado que la ley de la eutanasia permite la misma en mayores de edad con el adecuado contexto eutanásico3, no es motivo de sanción su práctica. Además, tanto la ley como el CDM reconocen el derecho del médico a la objeción de conciencia. Ésta implica que, si el médico manifiesta de manera individual, anticipada y por escrito su rechazo a realizar la eutanasia por motivos éticos, religiosos o morales, está eximido legal y deontológicamente de su cumplimiento2,3.

Respecto a las técnicas de reproducción asistida, se introduce un artículo en contra de la gestación subrogada con contraprestación económica, ya que vulnera la dignidad de la mujer2. De igual manera, el proyecto de ley sobre salud reproductiva califica la gestación subrogada como una forma de violencia contra las mujeres4.

En conclusión, el CDM se adapta a los retos sociales y tecnológicos de la coyuntura española actual. Se vuelve vital la seguridad del paciente, la vacunación y empleo de medidas preventivas pertinentes. Por otro lado, el uso de nuevas tecnologías puede ser adecuado si se cumplen con las normas deontológicas. Su actitud frente a la eutanasia y gestación subrogada por motivos económicos es crítica.

Consideraciones éticas

El trabajo no incluye investigación con seres humanos.

Inteligencia artificial

No se ha utilizado.

Financiación

No se ha recibido financiación para la realización del trabajo.

Conflicto de intereses

El autor declara no presentar conflicto de interés.

Bibliografía
[1]
Organización Médica Colegial de España. Código de Deontología Médica: guía de Ética Médica. Madrid: Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos; 2011. Disponible en: https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&ved=2ahUKEwj53qXB_uiAAxVqVqQEHfIWASMQFnoECB0QAQ&url=https%3A%2F%2Fwww.cgcom.es%2Fsites%2Fmain%2Ffiles%2Ffiles%2F2022-03%2Fcodigo_deontologia_medica.pdf&usg=AOvVaw2_2LvDw0A2CrC9EzBZttvs&opi=89978449.
[2]
Organización Médica Colegial de España. Código de Deontología Médica: guía de Ética Médica. Madrid: Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos; 2022. Disponible en: https://www.cgcom.es/sites/main/files/minisite/static/828cd1f8-2109-4fe3-acba-1a778abd89b7/codigo_deontologia/index.html.
[3]
Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Boletín Oficial del Estado, núm. 72 (25 de marzo de 2021). Disponible en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-4628.
[4]
Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Boletín Oficial de las Cortes Generales, núm. 122-1 (12 de septiembre de 2022). Disponible en: https://www.igualdad.gob.es/servicios/participacion/audienciapublica/Paginas/anteproyecto-lo-salud-sexual-reproductiva-interrup.aspx.
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