Hemos leído con gran interés el artículo de revisión «Guía para el tratamiento del infarto cerebral agudo» publicado recientemente1.
Creemos que la atención de calidad a esta enfermedad es un tema multidisciplinar que engloba a numerosos intervinientes entre ellos los servicios de urgencias hospitalarios y los servicios de emergencias2. El infarto cerebral agudo es una enfermedad tiempo dependiente3, y como tal el papel de los servicios de emergencias en la detección precoz, transporte y acceso a pruebas de imagen es clave para iniciar el proceso terapéutico posterior. Si bien, en su artículo se ha señalado este papel, lo cierto es que no se ha recalcado el valor angular de estos servicios y del desarrollo de códigos compartidos de activación (código ictus) tanto a nivel extrahospitalario como hospitalario. Diferentes artículos reseñan el enorme valor de tener bien desarrollado estos procesos, en términos de morbimortalidad de los pacientes aquejados de esta enfermedad4, factor sin duda determinado por el menor tiempo trascurrido desde el inicio de los síntomas hasta el tratamiento definitivo lo que condiciona el pronóstico «el tiempo es cerebro»1. El desarrollo de procedimientos compartidos entre las especialidades implicadas en el tratamiento de enfermedades tiempo-dependiente ha supuesto un enorme salto cualitativo en el manejo de estos procesos. Ejemplos como los códigos «SCA» muy bien desarrollados en algunas comunidades han condicionado definitivamente el resultado final en el tratamiento del SCACEST3,5. Compartimos por tanto su conclusión final de que el tratamiento del infarto cerebral debe dispensarse en unidades de ictus (UI), cuando estén disponibles; pero no menos cierto es que la existencia de códigos de activación «ictus» habilita esta primera premisa.
En su artículo de revisión cita también el papel de la telemedicina, pero limitándolo exclusivamente a una pequeña referencia. Ni decir tiene el papel que puede representar en zonas de difícil acceso o en comunidades con insularidad6. Por otra parte es preciso conocer que en algunas comunidades autónomas de nuestro país hasta un 40% de las urgencias atendidas tiene como centro hospitalario de atención inicial un hospital comarcal7. En muchas de estas áreas comarcales, la población mayor de 65 años es porcentaje mayor que en otras áreas sanitarias metropolitanas8. En España2 existen varias zonas trabajando con sistemas de telemedicina para atención al ictus con resultados similares a los descritos en la bibliografía9,10 y con resultados parejos a los obtenidos cuando la terapia fibrinolítica endovenosa es administrada en las UI. Por otra parte, los médicos de urgencias tienen experiencia habitual en el manejo de los fármacos fibrinolíticos11–13. Adicionalmente citar que los sistemas de telemedicina actuales, no solo permiten la videoconferencia y exploración compartida entre el centro emisor y el receptor, sino también el uso compartido (en tiempo real) de toda la información relevante del paciente disponible en historia clínica o la visualización compartida de las imágenes de TAC entre los diferentes centros ejerciendo «el control» sobre las características de la imagen en cualquiera de los centros conectados14.
Nuestra experiencia en este sentido en los resultados preliminares es muy similar con Rankin a los 3 meses entre los pacientes tratados en centros comarcales por telemedicina y los tratados en UI del hospital de referencia, es más en los resultados preliminares observamos incluso tiempos inicio de los síntomas-TAC; inicio de los síntomas-tratamiento; y también puerta-aguja menores en los centros comarcales con sistema de telemedicina que en el hospital de referencia15. Una vez finalizado el estudio se comunicarán estas referencias.
Queda por dilucidar en la telemedicina si la administración de fibrinolítico intravenoso (1h) debe completarse en el centro comarcal o iniciar el transporte secundario del paciente, con el paciente recibiendo dicho tratamiento16.
Queríamos, por tanto, insistir en el papel destacado que puede representar las nuevas tecnologías en términos de accesibilidad y equidad para toda la población en esta enfermedad tan prevalente.
Conflicto de interesesLos autores manifiestan ningún conflicto de intereses.