20446 - CONSENSO DE EXPERTOS PARA EL TRATAMIENTO DE UNA CRISIS EPILÉPTICA EN EL ÁMBITO NO SANITARIO: TIEMPO DE TRATAR
1Servicio de Neurología. Hospital Universitari Vall d’Hebron; 2Unidad de Epilepsia. Hospital Clínic i Provincial de Barcelona; 3Unidad de Epilepsia. Hospital Ruber Internacional; 4Unidad de Epilepsia. Hospital San Rafael; 5Programa de Epilepsia. Hospital Ruber Internacional; 6Unidad de Neurociencias. Hospital Regional Universitario de Málaga; 7Unidad de Epilepsia. Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz; 8Programa de Epilepsia Infantil. Hospital Universitari i Politècnic La Fe; 9Sección de Neurología Pediátrica. Hospital Infantil Universitario Niño Jesús; 10Unidad de Epilepsia Refractaria. Hospital Universitari i Politècnic La Fe; 11Unidad de Epilepsia. Centro de Neurología Avanzada.
Objetivos: Determinar el tiempo en el que se deben administrar medicamentos de acción rápida para la finalización precoz de crisis epilépticas (CE) (REST) en ámbitos no sanitarios.
Material y métodos: Once epileptólogos revisaron y discutieron la literatura científica en reuniones de trabajo presenciales, seguidas de trabajo individual. Se establecieron recomendaciones para tratar CE prolongadas y en racimo en ámbitos no sanitarios.
Resultados: Salvo contraindicaciones, los pacientes con epilepsia son susceptibles de REST, incluyendo epilepsia refractaria y presencia de factores de riesgo de crisis complicadas. Respecto a las CE prolongadas, las CE con componente motor (CM) y las tónico-clónicas generalizadas deben tratarse a los 2 minutos desde su inicio, pudiéndose tratar antes según su frecuencia y duración habitual. Las CE sin CM, con o sin pérdida de consciencia, deben tratarse individualmente según la duración y evolución habitual. Respecto a las crisis en racimo, las CE con CM, y sin CM y alteración de consciencia, deben tratarse si duplican su frecuencia habitual en 8 horas. Las CE tónico-clónicas generalizadas deben tratarse en la segunda en 24 horas. Las CE sin CM ni alteración de consciencia deben tratarse individualmente según la progresión habitual.
Conclusión: La administración de REST por personal no sanitario debe seguir estas recomendaciones, que establecen administrarlos en CE de 2 minutos de duración o ante un incremento del doble de la frecuencia habitual como crucial en la mayoría de casos. La intervención precoz sobre CE prolongadas y en racimo puede evitar graves consecuencias y la evolución a status epilepticus.